Justicia ordena la búsqueda y aprehensión de Evo Morales tras la declaratoria en rebeldía
La autoridad judicial libró el mandamiento de aprehensión y se oficie al Organismo de Tránsito, Derechos Reales y la autoridad financiera la retención de sus bienes y el congelamiento de sus cuentas.
La Justicia de Tarija dispuso este viernes la búsqueda y orden de aprehensión contra el expresidente Evo Morales, tras declararle en rebeldía, luego que no se presentara a su audiencia de medidas cautelares.
“El juez de Instrucción Penal Quinto, en virtud de los antecedentes anotados y normas legales citadas, en aplicación de lo que establece el artículo 87 y el 89 del Código de Procedimiento Penal declara rebelde al imputado Juan Evo Morales Ayma”, señaló el juez en su resolución.
Además, indicó que se “dispone” las siguientes medidas para “búsqueda y orden de aprehensión”, como el arraigo nacional que debe ser tramitado ante las autoridades competentes.
La autoridad libró el mandamiento de aprehensión, el cual se deberá ser remitido al Ministerio Público y se oficie al Organismo de Tránsito, Derechos Reales y la autoridad financiera la retención de sus bienes y el congelamiento de sus cuentas.
El juez también designó un abogado de oficio, quien deberá asumir la representación de Morales, con todas las facultades, poderes y recursos conocidos a “dicho ciudadano”.
El líder cocalero es investigado en relación con el presunto embarazo de una adolescente de 15 años cuando era jefe de Estado, en 2016. El Ministerio Público lo imputó en octubre de 2024 por el presunto delito de trata agravada de personas.
El 14 de enero, el juez suspendió la audiencia y la reprogramó para este viernes, debido a que el líder cocalero presentó un certificado médico forense con el cuadro clínico de bronconeumonía y debía realizar reposo.
Entonces, la autoridad le dio 48 horas para que el exmandatario presente las pruebas médicas que certifiquen que está enfermo y también se someta a otros análisis a través de Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), dependiente del Ministerio Público.
Al respecto, la autoridad jurisdiccional indicó este viernes que en la audiencia del 14 se enero se estableció que dentro de las 24 horas se someta a exámenes específicos de sangre y a una radiográfica de tórax que “fueron incumplidas”.
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“No se ha sometido el ahora imputado a estos exámenes que se han solicitado”, aseveró.
El juez dijo que en audiencia se presentó efectivamente un examen de laboratorio de sangre que se dispuso el 12 de enero y se presento el reporte el 13 de enero. “Es decir, fecha anterior donde se hubiese llegado a establecer que este ciudadano pueda ser sometido a exámenes complementarios”, indicó.
En relación a la radiografía de tórax, la autoridad judicial dijo que se presentó una imagen de la placa radiográfica, pero que no se sabe si la placa corresponde a Morales y más aún no se sabe en qué fecha se practicó esa radiografía.
“También se incumple esa disposición asumida por el suscrito juzgador de que se pueda realizar exámenes y estudios complementarios para descartar o ratificar la afectación en este caso, en su momento, fue alegada por una médico general”, mencionó.
El juez afirmó que estas dos circunstancias que dispuso el suscrito juzgador fueron incumplidas por Morales en la forma disputa.
“No podemos dejar de lado que efectivamente existen certificados de una médico internistas que establecen ciertas patologías, pero no olvidemos que en este caso el fundamento principal para suspender la audiencia del 14 de enero ha sido que este ciudadano tenía una bronconeumonía y que esa patología afectaba su salud y que impidió constituirse ante estados judiciales”, recordó.