Detención preventiva es la causa mayor del 147% de hacinamiento
Solo el 35,6% de los privados de libertad en Bolivia tiene sentencia
Imagen: archivo
La población privada de libertad en Bolivia alcanzó a las 25.940 personas, entre varones y mujeres, hasta abril de este año. La detención preventiva es la causa mayor del 147% de hacinamiento
Sin embargo, la capacidad de los recintos carcelarios tan solo llega a 10.521, según los datos a los que accedió La Razón.
La información fue proporcionada por el director de Régimen Penitenciario, Juan Carlos Limpias.
Los datos muestran que de los 25.940 reclusos, el 64,4%, o sea 16.705, tiene detención preventiva. Frente a un 35,6%, 9.235, que cuenta con sentencia en sus procesos. Son, en total, 46 centros de reclusión en el país, de los cuales 20 urbanos y 26 provinciales.
Limpias atribuyó el hacinamiento del 147% “al tema de la justicia” y dijo que ese asunto “no pasa por falta de infraestructura. Sino porque los procesos judiciales no terminan”.
“El tema de fondo del hacinamiento es un tema de justicia, porque tenemos cerca de 17.000 privados de libertad. De los que no se conoce su situación jurídica, si es culpable o inocente”, dijo.
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Hacinamiento
El departamento que más hacinamiento presenta es Santa Cruz, que tiene una capacidad para albergar a 2.878 reos; sin embargo, existe una población de 9.619. Le sigue La Paz, cuyas cárceles debieran tener 2.115 personas recluidas, pero hay 5.387.
El tercer departamento en la lista es Cochabamba, que tiene 3.709 reclusos, pero la capacidad solo llega a 1.446. Mientras, Tarija presenta una población de 1.593, en recintos que, juntos, albergan a 907. En Beni, donde el límite de espacio es de 308, hay 1.181.
Con menor cantidad, Oruro muestra 1.586 privados de libertad, pero su capacidad es de 800. Luego, los datos muestran que los privados de libertad en Potosí suman 1.275 y su límite es de 980.
Chuquisaca tiene 1.017 reclusos y su capacidad es de 467.
El único departamento en el que los recintos penitenciarios no están hacinados es Pando, cuya población privada de libertad es de 573, en ambientes que reciben hasta 600 personas.
Una comparación anual de la cantidad de privados de libertad en los últimos cuatro años muestra que, a diciembre 2019, hubo un total de 18.208 reos; 17.035 en 2020, ; en 2021, 18.703; en 2022, 24.824, y en los primeros cuatro meses de este año, llegó a 25.940.
Del 100% de la población privada de libertad, el 93,33%, es decir 24.211, son varones, mientras que el 6,67%, 1.729, son mujeres.
El reporte muestra que el delito en el que más incurrieron los privados es “la violación de niñas, niño o adolescente”, motivo por el que ingresaron 3.988 personas a los recintos carcelarios.
Le siguen los delitos en relación con la Ley 1008, del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, por los que 3.3613 personas fueron privadas de su libertad.
El tercer delito con mayor incidencia es el robo y robo agravado, con una cantidad de 3.458 personas que supuestamente incurrieron en ese delito.
Limpias también habló del cumplimiento de Penitenciarías en torno a los derechos de los privados de libertad. Indicó que cumplen actividades destinadas a la educación, al trabajo y a la salud. También se impulsa actividades de cultura y deportes.
Incluso, mencionó que la capacitación, en cuanto a educación, está a cargo de más de 30 personas, que responden al Ministerio de Educación. Los capacitadores cumplen tareas específicas, aparte del personal de Penitenciarías, que alcanza los 185 funcionarios.
A poco de haber sido posesionado en el cargo, el 8 de noviembre de 2022, el presidente Luis Arce aprobó el Decreto Supremo 4461, de Concesión de Amnistía e Indulto por Razones Humanitarias y Perseguidos Políticos.
Sin embargo, por recomendación del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), la norma fue abrogada, pues el organismo consideró aquella “una medida asociada a la impunidad”. Pero se conoce que, durante su vigencia, el decreto benefició a 796 privados de libertad.
Datos
Organismos internacionales también se pronunciaron, a su vez, sobre el hacinamiento.
Primero, el GIEI, en su informe final sobre los hechos de violencia y vulneración de derechos en 2019, estableció que autoridades judiciales “no respetan los estándares legales sobre el uso restrictivo de la detención preventiva”.
“Esta situación ha acarreado otros problemas, como el hacinamiento carcelario”, señala una parte del punto 3.2 de ese informe, que lleva por título Abuso de la detención preventiva.
El 22 de febrero de 2022, al emitir 19 observaciones sobre la situación de la Justicia, el relator especial de la Organización de Naciones Unidas (ONU), Diego García-Sayán, observó que “el 64,10% de las personas privadas de libertad (de entonces) estaban bajo detención preventiva”. Llamó a todas las instituciones y sociedad civil a conformar “un gran acuerdo nacional por la justicia”.
En marzo de este año, una comisión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un informe de su visita “in loco” sobre los derechos humanos en recintos carcelarios.
“Existe un empleo excesivo de la prisión preventiva, que, de medida excepcional, se convirtió en una práctica recurrente”, afirmó la primera vicepresidenta de la CIDH, Esmeralda Arosemena, en una conferencia de prensa.