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Ante retraso, el TSE amplía por seis meses plazo para que organizaciones políticas renueven directivas

TSE

El frontis del Tribunal Supremo Electoral, en La Paz.

Este sábado se cumplía el plazo para la renovación de las directivas de las organizaciones políticas, empero, ante el retraso, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) lo amplió por seis meses para aquellos frentes que acreditaron acciones para cumplir con esta obligación.

Así lo determina la Resolución TSE-RSP-ADM 328/2023, del jueves 19 de octubre; que “determinó ampliar el plazo para la presentación y consiguiente registro de las directivas renovadas/electas en 180 días calendario”; computables desde la publicación de la decisión.

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La Sala Plena tomó la determinación “en virtud a que distintas organizaciones políticas no efectuaron la renovación/elección de sus directivas y en consideración de que las mismas han acreditado acciones para cumplimiento al objeto”, señala un comunicado del TSE.

TSE y directivas

No obstante, en el documento se advierte que “en el marco de la Ley 1096 el Órgano Electoral Plurinacional aplicará el Reglamento de Procedimiento para la Cancelación de Personalidad Jurídica y Gradación de Sanciones a todas aquellas organizaciones políticas que no comunicaron o acreditaron alguna acción o medida verificable, destinada a dar cumplimiento a la renovación/elección de sus directivas o la adecuación de sus estatutos internos, lo que implica incumplimiento de resoluciones” del TSE.

A comienzos de mes, el Movimiento Al Socialismo (MAS) renovó a su directiva; esto en medio de polémica, en un congreso en Lauca Ñ, en el Trópico de Cochabamba. Evo Morales fue ratificado como presidente del partido oficialista, en medio de una división en sus filas.

Asimismo, en el comunicado, el TSE “exhorta a las organizaciones políticas con personalidad jurídica vigente a realizar los actos exigidos por norma; a fin de evitar la aplicación progresiva de sanciones previstas en el mencionado Reglamento; lo que podría determinar en última instancia la cancelación de la personalidad jurídica, tal como prevé la Ley 1096 de Organizaciones Políticas”.