El TCP rechaza recurso de Matkovic y ratifica la suplencia de Camacho
El 29 de diciembre, un fallo del TCP ordenó se active la “suplencia temporal” del gobernador de Santa Cruz Luis Fernando Camacho, detenido preventivo en la cárcel de Chonchocoro por el caso golpe de Estado I y asuma "inmediatamente" como primara autoridad departamental, el vicegobernador Mario Aguilera.
Los magistrados del TCP.
Imagen: Archivo
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declara “no ha lugar” las solicitudes de complementación y enmienda de complementación que habían presentado la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz y la Gobernación de Santa Cruz para que se rectifique la sentencia constitucional referida a la suplencia del gobernador Luis Fernando Camacho.
“Resolviendo únicamente enmendar, el noveno párrafo del análisis del caso concreto de la SCP 1021/2023-S4 de 29 de diciembre, donde por error involuntario se consignó: ‘suplencia temporal que además debe materializarse, en el ejercicio de las atribuciones del Presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz…’ ; aclarándose que dicha enmienda no constituye de modo alguno, la modificación del fondo de lo resuelto en el referido fallo constitucional, menos un impedimento para su cumplimiento y ejecución”, señala la parte resolutiva.
También el órgano jurisdiccional, en relación a las observaciones sobre la competencia del TCP para la resolución de las solitudes de aclaración, complementación y enmienda analizadas, señala que está determinado en la “DCP 0049/2023 del 11 de diciembre” que ordena “la prórroga de mandato de las autoridades del Órgano Judicial y Tribunal Constitucional Plurinacional en actual ejercicio, de manera excepcional y temporal, hasta que se elijan y posesionen a las nuevas autoridades”.
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El 29 de diciembre, un fallo del TCP ordenó se active la “suplencia temporal” del gobernador de Santa Cruz Luis Fernando Camacho, detenido preventivo en la cárcel de Chonchocoro por el caso golpe de Estado I. y asuma «inmediatamente» como primara autoridad departamental, el vicegobernador Mario Aguilera.
Creemos descartó tratar el tema de la suplencia y reivindica la Ley Departamental 293, que blindó a Camacho en su cargo al indicar las causas de la suplencia temporal, entre las que no figura el encarcelamiento. El fallo del TCP se basa en la Constitución Política y el Estatuto Autonómico cruceño.
Hugo Valencia, asambleísta departamental por el Movimiento Al Socialismo (MAS), señaló que, tras la ratificación del fallo, la Asamblea Departamental debe de dar cumplimiento a esta sentencia constitucional que manda a cumplir el artículo 25 del Estatuto Autonómico de Santa Cruz.