Ante resolución que da plazo a Arce, Lima reitera que sesión dirigida por Andrónico es nula
El Legislativo, a través de una resolución, ratificó “que son nulos los actos de los ciudadanos que detentan el Tribunal Constitucional Plurinacional y el Órgano Judicial, quienes incurren en usurpación de funciones...".
El ministro de Justicia, Iván Lima, brinda una conferencia de prensa.
Imagen: Archivo La Razón
Ante la resolución aprobada por la Asamblea para que el presidente Luis Arce promulgue la ley para cesar a los magistrados prorrogados, el ministro de Justicia, Iván Lima, reiteró este miércoles que la sesión del 6 de junio, convocada por el titular del Senado, Andrónico Rodríguez (MAS), fue declarado nula por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
“La sesión que convocó Andrónico ha sido declarada nula por el Tribunal Constitucional, no hay manera de promulgar leyes derivadas de una sesión nula, cómo podríamos como juristas recomendar la promulgación de la ley 073 y 075 cuando esa sesión se declaró nula”, añadió.
El 6 de junio, la Asamblea dirigida por Rodríguez, ante la suplencia del presidente nato, el vicepresidente David Choquehuanca, aprobó el proyecto de ley 075, “para restablecer la plena vigencia de los artículos 183, 188 III, 194 III y 200 de la Constitución Política del Estado”, esto referido a la cesación de funciones de los magistrados prorrogados.
Mientras que el 5 de agosto, el Legislativo, a través de una resolución, ratificó “que son nulos los actos de los ciudadanos que detentan el Tribunal Constitucional Plurinacional y el Órgano Judicial, quienes incurren en usurpación de funciones; y que son nulos los actos de los ciudadanos que suscribieron el Auto Constitucional 0041/2024 de 19 de junio de 2024…”. Choquehuanca expresó su disidencia.
Además, la resolución conminó “al presidente de la Asamblea o a quién se encuentre en funciones, a promulgar en el plazo de 24 horas el Proyecto de Ley N° 075/2023-2024, en cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 12 del Artículo 163 de la Constitución”.
Lima indicó que este es un tema cerrado y lamentó que el Legislativo haya emitido una resolución pese a la decisión del TCP. “La ley 073 y 075 son leyes que no pueden tramitarse si no es conforme a la Constitución y le pedimos muy respetuosamente a la Asamblea que de cumplimiento a la acción presentada en la ciudad de La Paz por ellos mismos, que ha ordenado que primero se trate en Diputados esta norma y luego pueda ir a la Asamblea”.
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También, señaló que la sentencia constitucional 400/2024 del 5 de agosto revocó la decisión de la jueza Silvia Zurita de Cochabamba, que ordenó a Choquehuanca convocar a sesión en un plazo de 72 horas para validar las resoluciones de la sesión del 6 de junio.
“El Tribunal Constitucional, revocando la decisión de la juez de Cochabamba y adicionalmente ha dispuesto a remitir antecedentes ante el Consejo de la Magistratura a efectos de que se realice la auditoría jurídica y además ha dispuesto la remisión de antecedentes al Ministerio Público a efectos de que se inicie contra la juez un proceso investigativo por los delitos de prevaricato y resoluciones contrarias a la constitución política del Estado”.
Añadió que “nunca más jueces arbitrarios, jueces que mediante acciones de libertad permitan o traten de distorsionar nuestra Constitución”.