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El factor OEP

Entre otras innovaciones en torno al modelo estatal y sus órganos de poder, la Constitución Política del Estado (2009) estableció cambios de fondo en la institucionalidad electoral en el país. Transcurridos 12 años, hay algunos avances, pero queda todavía un largo camino por recorrer. Un aspecto crítico tiene que ver con sucesivos cambios de sus máximas autoridades.

Desde la transición a la democracia a fines de la década del 70 del siglo pasado, la institucionalidad electoral se fue construyendo en torno a una entidad responsable de administrar elecciones. En principio dicha entidad estaba bajo control de los partidos políticos. Luego se asumió la necesidad de su autonomía e independencia, con avances y retrocesos. Su misión era clara y única: organizar periódicamente eventos de sufragio para la elección, cada vez más extendida, de gobernantes y representantes.

En el marco del proceso constituyente se produjeron dos cambios sustantivos. El primero referido a la estructura institucional: el otrora organismo con potestad del Estado para administrar los procesos electorales en todo el territorio de la República se transformó en un órgano del poder público, nada menos, con igual jerarquía que los otros órganos (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) del Estado Plurinacional. Hay entonces un cambio de cualidad, que supone también variaciones en su función y competencias.

El segundo cambio constitucional se refiere precisamente al mandato del nuevo Órgano Electoral Plurinacional (OEP). Si antes el organismo electoral se ocupaba en esencia de organizar elecciones (además de administrar el registro civil), desde 2009 el OEP tiene la responsabilidad de garantizar el ejercicio pleno y complementario de las tres formas de democracia reconocidas en la Constitución Política: directa y participativa, representativa y comunitaria. Su horizonte es la democracia intercultural.

Luego de 12 años de camino es evidente que el OEP, si bien ha avanzado en su proceso de edificación institucional, aún no termina de asentarse como un órgano del poder público que asuma a plenitud su jerarquía e independencia. En cuanto a su mandato, el nuevo Órgano continúa privilegiando la democracia de elecciones y organizaciones políticas, distante todavía del horizonte de una democracia intercultural. Tiene también asignaturas pendientes en la modernización del servicio de registro cívico.

Para avanzar y consolidarse como OEP, es fundamental que el Tribunal Supremo Electoral, como máximo nivel de la institucionalidad electoral en el país, garantice la estabilidad de sus autoridades. A la fecha, ninguna de sus sucesivas generaciones de vocales, sea por situaciones de crisis, sea por razones personales, ha concluido el periodo de funciones. Junto con equipos profesionales y técnicos, el ejercicio de la función electoral requiere autoridades con capacidad, autonomía y permanencia.