Necesaria enmienda
‘No más impunidad, no más jueces prevaricadores’, remarcó el Mandatario en su discurso.
La Ley 1443, de Protección a las Víctimas de Feminicidio, Infanticidio y Violación de Infante, Niña, Niño o Adolescente, es una enmienda al sistema penal y en su espíritu busca castigar la revictimización de mujeres, niñas, niños y adolescentes que sufren violencia; endurece las condiciones y acorta los plazos para sancionar a los violentos, y también amenaza a los prevaricadores.
La ley, promulgada el lunes por el presidente Luis Arce luego de un veloz trámite en el Legislativo, éste sí libre de estériles polémicas entre oficialismo y oposición, modifica seis leyes del sistema penal y dispone la elaboración de una “Guía de Actuación para la Aplicación de la Colaboración Eficaz” y un “Programa de Justicia Restaurativa para Casos de Corrupción”; sin embargo, el peso está en la parte penal. “No más impunidad, no más jueces prevaricadores”, remarcó el Mandatario en su discurso de ocasión.
El Ministro de Justicia reconoció en el acto de promulgación que “se ha visto que la revictimización era una regla” y que ahora se está “estableciendo expresamente que va a tener duras sanciones cualquier forma de revictimización”, en referencia al conjunto de modificaciones referidas a las sanciones contra servidoras y servidores del sistema penal, que incluye a jueces, fiscales, policías y el resto de agentes involucrados en el tema. También dijo que se trata del inicio “de cosas que debemos hacer en la Justicia”.
Las enmiendas principales establecen que: los delitos de violencia contra mujeres, adolescentes, niñas y niños son imprescriptibles; se agrava la pena por prevaricato; se amplía y aclara el delito de consorcio entre jueces y abogados; se prohíbe que acusados de violencia obtengan detención domiciliaria y que obtengan medidas cautelares; finalmente, que las medidas cautelares por enfermedad terminal solo procederán con evidencia aportada por el IDIF.
El endurecimiento evidente de la norma, que también establece sanciones por retardación, ha preocupado a las y los jueces, que a través de su portavoz se declararon en emergencia, pues su actuación deberá ser impecable o ser objeto de sanción. La Directora General de Prevención y Eliminación de Toda Forma de Violencia en Razón de Género y Generacional, dependiente del Ministerio de Justicia, les respondió que se trata de una cuestión de corresponsabilidad y conciencia de las y los operadores de justicia.
En los hechos, la Ley 1443 protege a las víctimas a través de la amenaza de nuevas o más duras sanciones contra quienes violan y abusan, sea en el momento del delito o en el de investigarlo y juzgarlo. Es previsible que interpretaciones creativas de la norma a la hora de aplicarla aminoren la amenaza, pero también que poco servirá para detener la creciente violencia contra mujeres, adolescentes, niñas y niños, pues está demostrado que la sola amenaza del castigo no detiene a violadores y abusadores de toda clase.
Hace falta más y mejor compromiso con la posibilidad de un cambio estructural en la sociedad, pues de otra manera lo más que se logrará es poner a más personas en la cárcel.