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Tercera elección del presidente Morales

Tengo la sensación de que la reelección del presidente Evo Morales para un tercer periodo le acarreará algunas dificultades. Superada la limitante constitucional con la Declaración 0003/2013, que reconoce que el primer mandato empezó en enero del 2010 y que, por tanto, estaría habilitado para un nuevo periodo, y en medio de la aprobación de la Ley de Aplicación Normativa en la Asamblea Legislativa Plurinacional, han empezado a aparecer opiniones y críticas no precisamente de la oposición. Ahí estaban las declaraciones del propio Presidente en varios sitios de YouTube en las que reconoce, de imagen y voz propia, su renunciamiento a una nueva elección después de 2015, o el relato con detalles incuestionados que ha realizado Carlos Böhrt, que, en su calidad de senador y redactor del texto, cuenta las condiciones de la negociación y los acuerdos finales con el más alto nivel político del Gobierno para llegar a un documento lo más cercano al consenso.

Esos y otros testimonios que podrían ser superados argumentando habilidad política del Gobierno para lograr sus objetivos y avanzar en el proceso de cambio, y superando sus escollos legalistas, como le gusta repetir al vicepresidente Álvaro García Linera, han tenido en estos días, dos que adquieren particular importancia, por el origen de sus titulares y las dificultades que tendrían los contraargumentos.

El primero es del exvicepresidente del Parlamento Andino y observador internacional en Bolivia en 2008 Wilbert Bendezú, que recordó “que en el análisis y debate de la nueva Constitución Política del Estado (CPE), entre el oficialismo y la oposición, se acordó que se contabilizarían las gestiones anteriores del mandatario Evo Morales para una nueva elección” (Erbol, El Deber). ¿Qué necesidad tendría un observador internacional, como una suerte de garante de los debates, falsear lo que en aquel momento se aprobó? La memoria del señor Bendezú, por otro lado, no ha sido cuestionada; por lo tanto, lo que ha dicho debemos aceptarlo como cierto.

La segunda surge desde dentro del MAS. La expresidenta de la Cámara de Diputados y exconstituyente Rebeca Delgado ha dicho, para sorpresa de propios y extraños, que “para fortalecer la democracia se debe respetar la Constitución, (y) la disposición transitoria primera ni necesita interpretación, (pues) el inciso dos dice cómo se van a computar los mandatos anteriores a esta Constitución Política”. Profundiza su posición con un reto para debatir de dónde surgió la decisión de aprobar el proyecto de ley. Son conocidos los desencuentros que ha tenido Delgado con la cúpula de su partido, pero la calidad de que está investida la hace una interlocutora difícil de atacar subjetivamente, y obligará a reorientar el debate oficialista.

¿Dónde está el nudo de la cuestión? La Disposición Transitoria Primera, II, dice, textualmente: “Los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones.” ¿Existía alguna posibilidad de interpretar este mandato de una manera distinta de como está redactado? El MAS consideró que sí, porque ello impediría que el presidente Morales fuera por una tercera elección, y para curarse en salud, un proyecto de ley que realiza sobre la consulta fue remitido al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), al que demandó su criterio para actuar en consecuencia.

Hasta ese momento, el TCP, que traía sobre sí las dudas sobre la forma de designación de sus integrantes, había emitido algunos fallos que ponían en orden principios universales del derecho conculcados por normativas secundarias, con los que mostró su distancia del centro del poder. Por eso precisamente resultaba tan llamativa la consulta que la Asamblea Legislativa Plurinacional le formuló. Todos esperamos con interés académico, político y doctrinal la voz del TCP.

El resultado de la consulta ya es conocido y está siendo debatido en sus componentes jurídicos en otros espacios. Desde el análisis político, la palabra del TCP modifica el escenario de la legitimidad y lo traslada al escenario de la legalidad. Así lo entiende el senador masista Adolfo Mendoza cuando dice que “negar el fallo del Tribunal Constitucional es negar la democracia”.

Para decirlo en términos coloquiales, lo que se dijo, escribió y convino antes es parte del pasado; hoy, el TCP ha definido que para la Constitución, el presidente Morales está en su primer periodo y por ello está habilitado para volver a presentarse como candidato.

En este momento estamos y de este escenario saldrán muchas definiciones. Las preguntas nos ayudarán a comprender la dimensión de las circunstancias. ¿Qué valor tendrá en lo sucesivo el parágrafo II del artículo 196 de la CPE, que dice: “En su función interpretativa, el Tribunal Constitucional Plurinacional aplicará como criterio de interpretación, con preferencia, la voluntad del constituyente, de acuerdo con sus documentos, actas y resoluciones, así como el tenor literal del texto.”?

Otra. ¿Logrará el MAS convencer al ciudadano común de que la palabra del Presidente puede modificarse, dejando de lado sus compromisos? Otra. ¿Cómo superará el MAS sus dificultades internas respecto a posiciones críticas de alguno de sus parlamentarios? Otra. ¿No habría sido mejor para la democracia cumplir la Constitución y proponer una reforma en los términos y procedimientos que ella establece para habilitar la tercera elección del presidente Morales? Otra. ¿Logrará el TCP superar las críticas a un fallo con las observaciones de fondo y forma que se le están formulando?

La Declaración 0003/2013 es formalmente legal y le tocará al MAS defenderla. Entramos a otra dimensión de la política y nos demandará a todos reflexión y posicionamiento. Tendremos tiempo para ver la evolución de los acontecimientos, pero, sin duda, el Jefe del Estado tendrá que perfeccionar sus argumentos para absolver tantas dudas. Dudas que, por otro lado, no son jurídicas, sino de sentido común.