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La ‘República Plurinacional’ o el anhelado retorno al gonismo

En las últimas semanas, Juan del Granado, líder del Movimiento Sin Miedo (MSM), ha formulado una propuesta abstracta de reorganización estatal hacia una “República Plurinacional”. Sin duda, la pretensión discursiva busca alcanzar notoriedad y creatividad propositiva aunque en su substratum subyace un anhelado sueño gonista de desalojo de los movimientos sociales de la organización estatal.

El planteamiento no es nada novedoso y tiene como antecedente la declaración constitucional de 1994, cuando los neoliberales tenían el control absoluto de las decisiones políticas. Ese año, una modificación parcial en la Constitución Política del Estado (CPE) había incorporado la categoría “Pluricultural y Multiétnico” a la caracterización del Estado boliviano en el artículo primero.

La limitación de una reforma parcial era que no afectaba la estructura organizativa estatal porque no transversalizaba la pluriculturalidad al poder público y al modelo de desarrollo económico-social. Esta limitación derivaba del aprisionamiento de lo cultural al ámbito folklórico, que es una construcción conceptual típicamente colonial. La dominación colonial española había impuesto relaciones económicas de explotación, relaciones políticas de exclusión y relaciones culturales de opresión, las que fueron reproducidas en el régimen republicano, de donde se desprendía una extensión colonial bajo el yugo de élites locales subordinadas al capital transnacional.

La fundación de la Republica de Bolivia, siguiendo la interpretación de René Zavaleta Mercado, no representó precisamente un momento constitutivo estatal, sino más bien una prolongación de la estructura económica colonial a la que yuxtapuso una superestructura liberal, para decirlo en términos marxistas.

La institucionalidad política-jurídica de corte liberal adoptó la categoría “República” interpretándola desde una visión conservadora como verdadero modelo estatal, a diferencia de la Constitución vigente, emergente de la Asamblea Constituyente, que le asigna la condición de sistema de gobierno.

Repasemos algunos conceptos. El término “República” deriva etimológicamente de los vocablos romanos res publicum o “cosa pública”, commonwealth o “riqueza común” para los ingleses; se refiere a los asuntos de la colectividad. El modelo republicano consistía en reconocer formalmente la soberanía al pueblo y definir su modalidad de ejercicio en un sistema de gobierno de “democracia representativa”, en la que el pueblo restringía su accionar a “elegir” a una representación política que instituyó un monopolio de control del poder público sustentado en pactos clientelares, que eufemísticamente denominaban “democracia pactada”.

De esa manera la República concentraba el ejercicio del poder público en un sistema de gobierno partidocrático, excluyente y clientelar, aprisionando a la población en la reivindicación de demandas gremiales que no afectaban la estructura del poder económico y político estatal. A los indígenas les confería el rol de discutir asuntos agrarios, su única política era el azadón y el machete y sus “asuntos” se atendían a través de un Ministerio de Asuntos Campesinos o Indígenas, respectivamente.

El modelo de Estado era de gendarmería, porque debería salvaguardar los intereses del capital para garantizar el saqueo de los recursos naturales a través de un modelo de desarrollo primario-exportador que, además, aseguraba la extranjerización de la riqueza, su privatización en pocas familias en el ámbito interno, socializando a su vez la pobreza y el atraso de la gran mayoría de la población. En otras palabras, la República como tipo estatal estructurado en una institucionalidad liberal, monocultural y monocivilizatoria, de acuerdo con la interpretación de Álvaro García Linera.

La gran transformación impuesta por el constitucionalismo plurinacional contenido en la CPE, tal como interpreta Boaventura de Sousa, es que reconoce a los indígenas campesinos, no solo como titulares de derechos individuales, sino también como titulares de derechos colectivos; no son ya poblaciones “en abstracto”, sino pueblos o naciones que tienen una comunidad de historia, lengua y cultura. Además, y esto es lo más importante, el Estado Plurinacional bajo el liderazgo de Evo Morales los convierte en núcleo organizativo de la sociedad y el Estado. Lo plurinacional se transversaliza a la estructuración del poder público estatal tanto en términos funcionales a través de la representación política diversa, como en términos territoriales en una estructura multinivel que articula sus entidades territoriales a la organización estatal. Éste es el principal fundamento del proceso de cambio.

Por extensión, los derechos colectivos alcanzan al conjunto de la población y se convierten en fundamentales. Recordemos que para el constitucionalismo liberal los derechos fundamentales eran solamente los individuales. Así es que los servicios básicos, por ejemplo, ya no constituyen objeto de lucro y negocio, sino más bien valores que deben asegurar el bienestar colectivo para “vivir bien”.

De esa manera la democracia del Estado Plurinacional es integral, supera la concepción republicana de democracia formal porque también transversaliza la misma a los ámbitos económico y social, lo que explica mecanismos redistributivos de la riqueza nacional mediante los bonos y rentas y las distintas modalidades de regulación de la economía, hasta eliminar las asimetrías en el intercambio y la acumulación de riqueza.

La República proyectaba un sistema democrático que separaba la política de la economía, restringía la participación ciudadana al voto, asignaba al Estado la tarea de supervigilar que no se afecte la incorporación orgánica de los sectores estratégicos de la economía nacional al capital transnacional, aprisionando al mismo tiempo el reconocimiento de la “diversidad cultural” al ámbito folklórico.

El Estado Plurinacional supera ampliamente la democracia formal republicana, incluyendo a los sectores históricamente excluidos en su representación y en sus políticas públicas de desarrollo económico de bien social. El Estado Plurinacional reconoce además a la República como parte del sistema de gobierno y permite que sus instituciones (separación de poderes, voto ciudadano, etc.) cohabiten con las instituciones de la democracia participativa (referéndum, iniciativa legislativa ciudadana) y con la democracia comunitaria  (consulta, deliberación, jurisdicción indígena, etc.).

Así, de forma inédita se concretiza la ecuación Estado-Sociedad para fundar este proceso de cambio que es lo más importante que nos ha tocado vivir a lo largo de nuestra historia. Pretender retornar al modelo estatal republicano, aprisionando lo “Plurinacional” en el ámbito declarativo, substrayéndolo de la estructura organizativa estatal, explica la pretensión de los resabios del gonismo de desalojar a los movimientos sociales del Estado o de que “vayan alistando sus maletas para abandonar el Palacio de Gobierno”, es decir, igual que lo que sucedía antes, cuando imperaba la exclusión, la intolerancia y la enajenación de la nación.