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Elecciones sacan a luz tensión entre democracia comunitaria y representativa

Con la cercanía de las elecciones de octubre se han ido visibilizando diferentes tensiones entre la democracia comunitaria y la representativa.  Primero, sucedió que al Movimiento Al Socialismo (MAS) le resultó complicado cumplir con el requisito de que el 50% de sus postulantes titulares en sus listas sean mujeres. Las organizaciones indígenas que son parte del MAS no querían poner a mujeres como candidatas titulares. La norma de paridad y alternancia de género en las listas de candidatos está relacionada con una democracia liberal y dista de las formas de la democracia comunitaria. Finalmente, Evo Morales exhortó a sus militantes a cumplir el requisito y se saldó el problema, aunque naturalmente no la tensión develada.

Después, se dijo que algunos grupos del MAS habían consensuado a sus candidatos mediante sus formas de democracia comunitaria, mas luego otros se quejaron de que en las listas no figuraba su postulante. Por ejemplo, en la provincia Ingavi del departamento de La Paz, la dirigente del MAS Lidia Apaza denunció que dos candidatos preseleccionados en el Suyu Ingavi Markas Comunidades Originarias fueron cambiados (diario Página Siete).

Por último, la tensión más reciente que para unos es producto de una mala interpretación y para otros es un delito electoral que viola el derecho al voto individual y secreto: organizaciones como la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB) y la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia Bartolina Sisa (Bartolinas) prohibieron a sus afiliados el voto cruzado, y anunciaron controlar el voto en las comunidades a favor del MAS.

Al día siguiente de este anuncio, fue el propio vicepresidente Álvaro García quien justificó la medida. “(Es) democracia comunitaria, tiene que ver con el control y autocontrol colectivo comunitario que tienen las organizaciones sociales indígenas, que se basa en un control moral; son decisiones que se toman orgánicamente y son controles que se hacen orgánicamente; (eso se) lo viene haciendo desde 3.000 años atrás y seguramente lo van a venir haciendo 3.000 años por delante; es un tipo de democracia que nuestra Constitución reconoce”, dijo el Vicepresidente según el registro de la agencia de noticias ANF.

Si bien la Constitución Política del Estado (CPE) pone al mismo nivel las tres formas de democracia: participativa, representativa y comunitaria (Artículo 11. I.), la Ley de Régimen Electoral es clara sobre la coacción en el voto:

“Artículo 238. Constituyen delitos electorales (…): c) Coacción electoral. La servidora pública o el servidor público electoral, policial, militar o persona particular que coaccione, atemorice o ejerza violencia en contra de subalternos de su dependencia o de cualquier ciudadana o ciudadano, para que se afilien a determinada organización política o voten por determinada candidatura en un proceso electoral u opción en un referendo o revocatoria de mandato, será sancionada o sancionado con pena privativa de libertad de uno (1) a tres (3) años (…)”.

Desde su experiencia como testigo presencial de los modos de postulación y elección de sus autoridades y las decisiones que adoptan los campesinos y los indígenas, Iván Bascopé, especialista en autonomías indígenas, explica: “Para muchas organizaciones la elección se hace por voto nominal, es decir todos se paran y por aclamación designan a un candidato o lo vuelven autoridad”.

En la CSUTCB “hay una forma mixta”, liberal por una parte, “es decir se individualiza candidatos” y, por otra, la elección final “es por votación colectiva” mediante aclamación.  La democracia campesina es “más radical” —juzga— porque el voto se hace “en bloque”. “Hay una cuestión vertical a veces de arriba para abajo y otras de abajo para arriba en la que una premisa, a título de democracia, se consolida. Me imagino que es lo que está pasando con el caso de la CSUTCB”.

La consulta que hacen para la preselección “es cercana a la del sindicalismo; en lo campesino es la forma mixta” sindical; mientras que en la indígena hay “ritualidades más complejas, aunque la decisión colectiva es la que prevalece”.

Bascopé relata que en estas reuniones el disenso —noción fundamental para la democracia liberal— “no existe desde antes de 1952”. “Para muchos esto está mal, pero tiene que ver con un sentido mucho más histórico; en cambio, entender el voto liberal es más sencillo porque tiene que ver con un pensamiento individual”, argumenta Bascopé.

La otra manera de leer el caso particular de la CSUTCB y las Bartolinas, que prohibieron el voto cruzado a sus afiliados, la hace el analista Carlos Hugo Molina, para quien el veto anula la categoría de lo no estatal, es decir de la “sociedad civil”.

Para llegar a esa conclusión, este analista explica que Bolivia tiene un carácter corporativo con determinadas formas organizativas que mediatizan la categoría de lo individual, de la ciudadanía, e intentan superar las diferencias por medio del consenso.

“El que es diferente se somete al consenso. Eso puede funcionar en lo comunitario, pero se problematiza cuando se lo eleva a lo estatal”. Para las sociedades complejas se crea la democracia representativa, señala, porque lo contrario sería “reunir en la plaza a cinco millones de personas para resolver en un cabildo los problemas”.

Entonces, estamos frente a un comportamiento corporativo que se manifiesta imponiendo conductas que “anulan, por esta expresión, la diferencia y (a) las minorías”. Este sistema corporativo, además, “se ha apoderado del Estado”, entonces “no sorprende que sus formas se multipliquen en las elecciones”.

“Si estamos en una sociedad que se expresa por el voto y hay mecanismos que lo limitan, se está ante una democracia capturada que impide la categoría de lo no estatal, es decir de la sociedad civil. Cuando se anula a la sociedad civil, se anula a la misma democracia”, concluye Molina.

Con la argumentación de Bascopé y Molina se pone en escena una de las varias tensiones de la nueva constitucionalidad. La tirantez sigue. Una muestra clara de eso es la interpretación de Juan Carlos Pinto, director del  Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde), parte del Tribunal Supremo Electoral (TSE), para quien el tema sale a la superficie en cada elección.

El contexto boliviano es el de “un país con diversidad intercultural”, por lo que las reglas “tienen una suerte de interpretación propia” desde esa diversidad. En ese sentido, muchas comunidades toman una “decisión colectiva dentro de la democracia comunitaria” en contraposición a la individual del voto secreto. En la Constitución —sigue— existe también el derecho colectivo, por lo que “todavía estamos emparentando democracias distintas que funcionan con una lógica (diferente) y que existen paralelamente”.

Así, Pinto expresa esa posición de comprensión de la forma comunitaria de democracia, sin embargo, luego señala que la ley electoral, en este caso, les ordena vigilar y promover el voto individual y secreto.

“La ley es clara y nosotros tendremos que sostener el cumplimiento de la ley, el derecho al voto individual, y vamos a intentar de que eso esté en la mente de quien vaya a cumplir con el voto; sin embargo, también hay que tomar en cuenta el contexto de este país intercultural y diverso que tiene otras formas de decidir”.

En esta declaración se sintetiza la tensión entre democracias: por un lado “intentar” que el voto individual y secreto esté “en la mente” de quien vaya a sufragar y, por otro, como explica Bascopé, que esa forma de elegir de las comunidades originarias y campesinas existe “desde antes de 1952”. Entonces, ¿se quiere intentar que en la mente del votante esté el voto individual y secreto cuando para ese votante no existe otra forma que el voto colectivo? Además, ¿por qué no podría existir la posibilidad del disenso en individuos de comunidades campesinas u originarias sin que tengan que sufrir, por ejemplo, la suerte de Víctor Hugo Cárdenas, quien en 2009 por decir “no” a la nueva Constitución fue expulsado de su comunidad, la que había consensuado votar por el “sí”?

“Hasta donde podamos llegar recordaremos que las reglas del voto individual y secreto son las que se deben cumplir, aunque nuestra capacidad de control está rebasada”, admite Pinto.  Visto “desde adentro”, el sociólogo Esteban Ticona, de origen aymara, da más luces sobre las formas de elección comunitarias, si bien es crítico con el Estado por reconocer las formas comunitarias de organizarse y al mismo tiempo “obligar” a que el voto universal sea “la única manera de elegir a los representantes nacionales”.

“Los cuestionamientos políticos de las organizaciones nacionales como la CSUTCB y otros son a la hegemonía de la democracia representativa y liberal en nuestra vida política nacional”.
Ticona, sobre la prohibición del voto cruzado y la censura a la CSUTCB, señala que para los pueblos andinos “no existen compromisos a medias: estás o no estás”. Esto hace que no se pueda pensar en el voto cruzado, porque esa opción es un mecanismo liberal que en la práctica comunitaria es una traición abierta o un mero oportunismo”.

En cuanto a la tensión que se vio en el MAS por su dificultad de alcanzar el cupo de 50% de candidatas titulares en el área rural (medida eminentemente liberal), Bascopé explica que eso se da por la “poca compatibilidad entre la visión que tienen ellos (los indígenas) y una ley que les lleva el Estado, aprobada por una Asamblea saliente que no era plurinacional”. En el sistema originario, para ser autoridad, se tiene que hacer una serie de trabajos por mucho tiempo y pasar por varios cargos hasta que se llega a autoridad y de ahí recién a candidato.

“Lamentablemente las mujeres, que trabajan la tierra, no pueden ser nunca candidatas porque nunca han tenido el tiempo para dedicarse a seguir los pasos. Es un proceso de raíz. No se puede decir ‘van a ser candidatas y punto’”.

Ticona sugiere que este tema debería ser visto desde la noción andina del chacha-warmi u hombre-mujer, que se refiere a que la pareja asuma la responsabilidad política de representación comunal, como sucede con las autoridades ancestrales (mallkus y mama t’allas, kurakas, etc.) “que obtienen el rol de autoridad y representación en la política comunal”.

Todo eso tendrá que ser articulado desde la educación, el sistema democrático, el Estado y no solo desde instituciones que hacen un taller”, cuestiona Bascopé, quien culmina diciendo que al Estado le “falta trabajar” en esto y por eso se producen estas “tensiones, malas interpretaciones y tergiversaciones”.

¿Coacción o democracia comunitaria? Cada cuál llegará a su conclusión aunque para Bascopé este voto común, no tiene nada que ver con la coacción, “las formas democráticas se tienen que entender también de manera plurinacional”; expresa que el TSE se debería “permitir empezar a registrar las armas propias de la democracia comunitaria e ir desarrollando experiencias piloto”. En el otro lado, Molina, sin hablar de coacción, señala que estas “organizaciones corporativas”, al ser parte del Estado, anulan lo no estatal, que es la sociedad civil, lo que en últimas resulta “un daño” a la democracia.

‘Voto corporativo anula a la sociedad civil’: Carlos Hugo Molina, analista y abogado

La sociedad boliviana tiene una característica corporativa, tiene estructuras que imponen un comportamiento de gremio, de grupo, que mediatiza lo individual. Con el consenso se hace desaparecer las diferencias. Se rompen los valores de identificación de la persona. El MAS fortalece la tendencia corporativa y esa organización anula lo no estatal, es decir a la sociedad civil.

Verlo como coacción es una tergiversación: Iván Bascopé, experto en autonomías indígenas

Las formas democráticas comunitarias son reconocidas por la Constitución. El consenso colectivo en las organizaciones indígena originario campesinas son anteriores a 1952. (El voto colectivo por decisión de consenso) no es coacción al voto. El Tribunal Electoral debería registrar estas experiencias en elecciones generales para evitar estas tergiversaciones.

Asamblea Legislativa es otra forma de tensión: Esteban Ticona, sociólogo y antropólogo

Apesar de que existe una presencia india importante de diputados y senadores en la Asamblea Plurinacional, este órgano no se ha indianizado del todo y aún se cree que los asambleístas tienen que comportarse al viejo estilo de los “padres de la patria”.  La noción de Asamblea debería tener una fuerte relación con las asambleas comunales o las ulaqas andinas.

‘Nuestra capacidad de control está rebasada’: Juan Carlos Pinto, director del Sifde

La regla del voto individual y secreto es la que se debe cumplir, (aunque) nuestra capacidad de control está rebasada por la diversidad democrática del país. Haremos una campaña por el voto individual y secreto, es nuestro deber; sin embargo debo sostener que (lo colectivo) no es un delito, sino una forma de entender la participación de determinadas identidades del país.

‘El voto recto es el voto soberano de la dignidad’: Julia Ramos, dirigente de las Bartolinas

Lo que hacemos es explicar la bonanza del país para defender los derechos. Tenemos que estar juntos. Del voto cruzado algunos dicen no me gusta este candidato, acá no se trata del candidato (uninominal), sino de un proceso de cambio. No queremos que nos estén cruzando el voto, por eso estamos explicando el voto recto, el voto soberano de la dignidad.