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El origen está en la estructura orgánica

Después de conocidos los embarazosos hechos de corrupción en la gestión de proyectos de “desarrollo” del Fondo de Desarrollo para los Pueblos Indígenas Originarios y Comunidades Campesinas (FDPIOCC), que datan ya de varias denuncias realizadas años anteriores, sin la atención necesaria por parte de las autoridades competentes, nos llama la atención que tales hechos sean únicamente imputados a personas, líderes, autoridades y dirigentes indígena originario campesinos, y no así a las propias estructuras orgánicas u organizativas que los aglutinan, las cuales representan legalmente en el caso de los proyectos, a las comunidades y a los propios pueblos indígena originario campesinos.

Según Arturo Villanueva, los resultados de la indagación realizada por la Contraloría solo dan cuenta de 71 millones de bolivianos que se desembolsaron a 153 proyectos, cuando en realidad entre fines del 2010 y el primer semestre de 2011 se aprobaron más de 1.100 proyectos por un monto que supera los 1.260 millones de bolivianos. Se calcula que en 8 años se han asignado alrededor de 3.500 millones de bolivianos, alrededor de 500 millones de dólares, sin contar otros 2.100 millones de bolivianos que quedaron en caja y bancos.

Al parecer, el tema también pasa por considerar las formas por las que se conforman y organizan las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos (NyPIOC), es decir cómo se fundan y funcionan los diversos niveles de mando de las organizaciones, siendo estas instancias por las cuales pasa la formulación de los proyectos a diseño final, mismos que posteriormente son presentados para su aprobación al FDPIOCC.   

Entre las organizaciones beneficiares están: la Asamblea del Pueblo Guaraní (APG), la Confederación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Bolivia (CSUTCB), la Confederación Nacional de Mujeres Campesinas Indígenas Originarias de Bolivia Bartolina Sisa (CNMCIOB-BS), la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia (CIDOB), la Confederación Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia (CSCIB), el Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq), la Coordinadora de Pueblos Étnicos de Santa Cruz (CPESC) y la Coordinadora de Pueblos Étnicos y Mojeños del Beni (CPEM-B).

Organización. Toda forma de organización, por tanto, se rige según sus normas estatutarias y reglamentarias, en donde están incorporadas o desde donde devienen las competencias por las cuales se define quién o quiénes son los que deciden en la formación y presentación de un proyecto, quién o quiénes canalizan los proyectos que provienen de instancias locales o de comunidades, y finalmente quién o quiénes realizan el seguimiento de los mismos, para la gestión y cumplimiento de los objetivos incorporados en tales proyectos.

Evaluación y seguimiento permanente que debería estar ligada a la estructura institucional del Fondo para realizar una coordinación permanente con las estructuras o instancias de las organizaciones indígenas originarias campesinas.

Con la identificación de los mandatos y responsabilidades, que recaen en cada dirigente y autoridad, evidentemente hablamos de los responsables, quienes en caso de demostrarse negligencia, incumplimiento o actos por fuera del interés de las comunidades (y, por tanto del Estado, pues se trata de recursos públicos que solicitaron recursos del FDPIOCC para su desarrollo) deberán someterse a la justicia ordinaria y también a la justicia indígena originaria campesina, pues hablamos de posibles delitos contra el Estado y contra los intereses de las propias NyPIOC.

No obstante, si hablamos de problemas de transparencia y corrupción, los casos del Fondo que recientemente se han destapado solamente se podrán encarar si se consideran también a las estructuras orgánicas en todos sus niveles de las NyPIOC.

Decimos esto no solo porque es necesario que cada caso sea individualizado en la investigación que realiza la Contraloría y la Comisión ad hoc que conformó el Ministerio de Transparencia, y las instancias que se conformen en lo posterior; sino porque es necesario que las propias organizaciones desde sus entidades matrices realicen también una investigación sobre sus  instancias regionales y locales, de forma de indagar y precisar cada contexto y cada tipo de responsabilidad en los dirigentes y autoridades involucradas.

Por otra parte, la intervención al FDPIOCC que ha realizado el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, con el nombramiento de una interventora, debiera no solo prever mecanismos para indagar sobre los presuntos responsables, internamente para el seguimiento de la ejecución de los proyectos; sino también en los niveles de las estructuras orgánicas donde supuestamente se conoció de los proyectos para la canalización de recursos económicos.

Se habla de proyectos fantasma, es decir, que no fueron aprobados legalmente; pero también de proyectos inconclusos. Para ambos casos, y otros que aparezcan producto de las investigaciones, seguramente se abrirán causas en la vía jurisdiccional; de esta forma, el Ministerio Público de oficio debería haber ya iniciado sus actuaciones.   

Respecto a las estructuras orgánicas, de donde se originan estos hechos lamentables, serán las instituciones estatales ahora encargadas de aclarar estos hechos, quienes deberán también analizar cuán efectivas son las instancias políticas y operativas de las organizaciones indígena originario campesinas para hacer seguimiento al cumplimiento de los proyectos, en su ejecución e informes, aportando con recomendaciones para mejorar su diseño interno y funcionalidad en el marco de sus estatutos y reglamentos.

Sin duda un tema que en lo posterior debe ser atendido y coadyuvado por el Estado, de forma de mejorar la gestión de los proyectos y que éstossean aprobados siempre que cumplan con la condición del desarrollo sostenible.

Por tanto, sin mencionar cifras, los proyectos en su amplia diversidad debían contemplar intereses y necesidades de los pueblos indígena originario campesinos. Una tarea que ahora inicialmente deben demostrar las propias organizaciones beneficiarias del FDPIOCC.