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En defensa del Fondo Indígena

Valoramos positivamente la denuncia presentada por la Contraloría sobre presuntos hechos de corrupción y malversación de recursos en el Fondo de Desarrollo para los Pueblos Indígenas Originarios y Comunidades Campesinas, FDPPIOYCC, hecho que logró que autoridades e instancias estatales hayan puesto atención al tema e intervenido administrativamente. Esperamos que al concluir las investigaciones se cumpla y se haga cumplir la ley, sancionando a todos quienes hubieren cometido actos de corrupción y utilizado los recursos con fines distintos a los establecidos en la norma que creó dicho Fondo.

Pero conviene tomar en cuenta otros aspectos que en estos días, al calor de motivaciones políticas, se están dejando de lado.

Es necesario recordar que el decreto de creación del Fondo es una conquista del pueblo guaraní, de la Asamblea del Pueblo Guaraní (APG), de cuyo territorio histórico el país ha recibido ingentes beneficios, pero sin o con muy escasa atención a ese pueblo. Pero la APG no solo reivindicó esta demanda para sí, sino para todos los pueblos y comunidades indígena originario campesinos del país. En la etapa final de la larga lucha, a partir del 12 de septiembre de 2005 y durante diez días los guaraníes bloquearon la carretera Santa Cruz-Camiri en la Comunidad Tatarenda y fueron reprimidos por el Ejército de forma brutal y violenta, y muchos dirigentes fueron apresados.  Solicitaban “la reglamentación del artículo 57 de la Ley de Hidrocarburos en lo que respecta a la distribución del Impuesto Directo a los Hidrocarburos y particularmente el inciso d) del referido artículo, que establece que el 32% del IDH debe repartirse entre departamentos productores y no productores en un total de 14%, y el saldo de 18% debe repartirse entre el TGN, municipios, universidades, pueblos indígenas, originarios, comunidades campesinas, Fuerzas Armadas, Policía Nacional y otros”.

Producto de esta reivindicación, el 21 de octubre de 2005 se aprueba el decreto 28421, que modifica el artículo 8 (distribución del IDH y asignación de competencias) de la Ley de Hidrocarburos 3058 y se asigna el “5% del total de las recaudaciones del IDH, monto que será deducido del saldo correspondiente al TGN, el cual será asignado a un Fondo de Desarrollo de Pueblos Indígenas y Originarios y Comunidades Campesinas”.  

Decreto. Con base en lo dicho, el 22 de diciembre de 2005 y durante el gobierno de Eduardo Rodríguez Veltzé fue aprobado el decreto 28571, que crea “el Fondo de Desarrollo para los Pueblos Indígenas Originarios y Comunidades Campesinas – FDPPIOYCC con la finalidad de financiar proyectos de desarrollo productivo y social que beneficien de manera directa a los Pueblos Indígenas, Originarios y Comunidades Campesinas”. (Artículo 1)

Tal cual establece el artículo 9 de este decreto, el Fondo “tendrá como fuente de financiamiento regular el flujo de recursos provenientes del 5% de las recaudaciones del IDH (32%), monto que será deducido del saldo correspondiente al TGN, conforme a lo previsto en el decreto 28421 de 21 de octubre de 2005, que serán abonados (los recursos) por el Tesoro General de la Nación a una cuenta fiscal que será habilitada para el efecto…”.

Después de tres años y medio, finalmente el Fondo entró en funcionamiento en julio de 2009.

Para la puesta en marcha del Fondo, en la composición de la Asamblea y sobre todo en la de su directorio —en el que participa el Poder Ejecutivo— las organizaciones enfrentaron varios factores externos e internos al propio Fondo: pugnas políticas, tensiones entre y al interior de las propias organizaciones y conflictos de liderazgo. Incluso, a raíz de esto, se pretendió modificar el decreto que creó el Fondo, aspecto que no prosperó. En ese marco empezó el financiamiento de proyectos productivos y sociales, desde el año 2010.

Con relación a las denuncias de corrupción en el Fondo, hace tiempo  surgieron desde el seno mismo de las organizaciones sociales pedidos de auditoría al Fondo, por indicios de que muchas cosas no andaban bien. Uno de los momentos en que más fuerte se escuchó la voz de la CSUTCB fue en septiembre de 2013, que pidió auditoría por sospechas de corrupción. El problema es que el Estado no escucha a la sociedad civil, solo se escucha a sí mismo: solo cuando la Contraloría sacó a la luz la información se tomó atención en el tema. También habrá que analizar la responsabilidad, por acción u omisión, de otras instancias del Estado en el manejo de estos recursos.

Es imperioso establecer mecanismos auténticos de control social con participación de la sociedad civil, no solo en este caso, sino en otros. Ojalá el Estado pueda escuchar más a las organizaciones de la sociedad civil.

Igualmente, la demora en el cumplimiento de normas y leyes ya promulgadas no está contribuyendo a evitar este tipo de hechos. Por ejemplo, la Ley 144 del año 2011 en su artículo 45 establece que el Fondo constituya un Sistema de Apoyo Técnico para cualificar no solo la gestión, sino también la ejecución de los proyectos, pero no se cumple.

También hay que tomar en cuenta que el Gobierno, mediante decretos, hizo uso de los recursos del Fondo para pagar la Renta Dignidad, asignar al INRA y para las Universidades Indígenas; siendo que la Constitución en su artículo 77, parágrafo I, establece que “La educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla”. Asimismo, se asignó recursos para un plan interministerial que beneficie al pueblo guaraní con la “Erradicación de la servidumbre, el trabajo forzoso y formas análogas”. Entonces, las investigaciones mostrarán cuánto finalmente fue utilizado por el Fondo en el cumplimiento del objeto del decreto que lo creó.

Análisis. Pero no todo es corrupción, valdría la pena conocer y analizar detenidamente, y libre de motivaciones políticas, en qué medida el Fondo responde a las necesidades de productoras y productores indígena originario campesinos de base. Según el último Censo de Población y Vivienda, la población rural sigue creciendo en cifras absolutas: más de 3,2 millones de hombres y mujeres; la primera actividad económica del 70% de esta población es la agropecuaria, pero es una labor en general estancada y con baja productividad. Datos preliminares del Censo Agropecuario indican que habría más de 18.000 comunidades indígenas originario campesinas que se dedican a la producción agropecuaria y agroforestal, y para apoyar el trabajo y la producción de alimentos —que son consumidos en el país— fue creado precisamente el Fondo.

Es más, si se quiere cumplir con la meta de la Agenda Patriótica del año 2025, de que al menos el 50% de la producción agropecuaria esté en manos de este sector indígena originario campesino (Pilar 6), es importante seguir invirtiendo en el mundo rural y en las actividades agropecuarias y agroforestales y responder así a las necesidades de este sector.

Es necesario institucionalizar y profesionalizar el funcionamiento del Fondo, fortaleciendo las capacidades de las comunidades y sus representantes para gestionar y ejecutar los proyectos.

En las condiciones actuales, consideramos que el peor camino sería eliminar el Fondo como fuente de recursos para los pueblos y comunidades indígena originario campesinas, o intervenir e inmiscuirse hasta dejarlas sin esta conquista.