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Los osados objetivos del Proyecto de Ley 319/15

Después de años de pasividad, ambigüedades, propuestas y retrocesos, finalmente el Gobierno decidió presentar un proyecto de ley (PL 319/15) para incentivar las inversiones petroleras. No se sabe si el detonante de esa decisión fue el aparente fracaso del pozo Liquimuni (cuyo anuncio exitoso, previsto para el 20 de octubre, fue reemplazado apuradamente por un saquillo de azúcar) o la caída libre de la producción de crudo (estamos por debajo de los 5.000 barriles diarios) o la declinación acelerada del campo San Alberto (que ha obligado a YPFB y Repsol a “exprimir” el campo Margarita para cumplir con los envíos a Brasil); lo cierto es que ahora el Gobierno tiene un plan para incrementar las reservas y producir más hidrocarburos.

En realidad, desde el momento que el Gobierno eligió el camino de su “nacionalización”, se ensayaron varias medidas para reparar el error de haber descuidado la exploración y privilegiar (Gobierno y empresas) las recaudaciones. Recordemos el fallido gasolinazo, el infructuoso incentivo al petróleo, la polémica de las Áreas Protegidas, las propuestas de incentivos a la exploración y el manoseo de la consulta indígena.

Algunas de esas medidas (como las que afectan al ambiente y los indígenas) son contradictorias con los principios ideológicos del MAS, pero, se sabe, la necesidad tiene cara de hereje al extremo de traicionar consignas como el 50-50, o resucitar la tan criticada nomenclatura gonista de campos existentes y nuevos. Sin embargo, es positivo que se reconozcan errores y se proponga una ley para enmendarlos con el fin de asegurar un futuro mejor para el país, más allá de la permanencia en el poder de los actuales gobernantes.

La filosofía que está a la base del PL 319/15 es la misma que obliga a los enfermos de cáncer a financiar su tratamiento mediante colectas públicas, a pesar de existir instituciones a cargo de la salud pública. Se les dice a las regiones y demás beneficiarios del IDH (Impuesto Directo a los Hidrocarburos): “no es solo cuestión de ‘recibir’ sino de ‘poner’ para que se incremente la extracción de hidrocarburos y así haya crecientes beneficios”.

Lo que se omite decir es que existe una institución, YPFB, que tiene a su cargo esa tarea y que se ha beneficiado, durante los últimos diez años, de miles de millones de dólares por su participación en las jugosas utilidades de las empresas petroleras. Es secundario que YPFB no logre ejecutar ni el 80% de su presupuesto o, para lograrlo, recurra a trucos contables. Es secundario también que el recorte del IDH (que asciende al 3,84% de los ingresos del gas, unos $us 135 millones para  2016) signifique un recorte a salud y educación de las regiones. Es secundario, aunque grotesco, el esfuerzo de las autoridades para promover la empresa YPFB-FINSA: ¡denme un dólar y les devolveré ocho! Como diría mi abuela, no hay que vender la piel del oso antes de haberlo abatido y los megacampos de gas son osos muy esquivos.

La verdadera pregunta es: ¿lograrán esos incentivos lo que ni la Ley 3058 ni diez años de nacionalizaciones lograron? Espero equivocarme, pero lo veo complicado, por problemas de oportunidad, de confianza, de tiempos y de montos. El sentido de oportunidad para lanzar la ley no podía haber sido peor: petróleo por debajo de los $us 50/bbl (barril); capitales de riesgo escasos en todo el mundo petrolero y riesgo exploratorio elevado en el país.

Se me ocurre que el puñado de empresas  que ya están en el país y las subsidiarias de YPFB sí realizarán algún esfuerzo exploratorio, especialmente en estructuras que ya han sido estudiadas, a la espera de los incentivos. De hecho, espero que el PL 319/15 haya sido discutido y consensuado, no solo con las diferentes corrientes ideológicas del MAS, sino con esas empresas. Si así fuera, se tendrá algún éxito.

El tema de confianza no necesita mayores profundizaciones. Todos los indicadores económicos y el sentido común, sitúan a nuestro país al fondo de la escala de países atractivos para las inversiones. Tal vez el hecho de que los incentivos vengan por ley y no por decreto puede incrementar la confianza, aunque cuando se tienen dos tercios de los asambleístas cualquier ley puede ser modificada al antojo del Gobierno. Si no, pregúntele a la Ley de Hidrocarburos y a la misma Constitución.

En cuanto a los tiempos, el PL 319/15 tiene dos objetivos: aumentar las reservas con miras a 2019, año de la renovación del contrato con Brasil (cuyas condiciones dependerán sensiblemente de las reservas y la producción de YPFB) y aumentar ya la extracción de gas y petróleo para enfrentar la emergencia de la declinación del “megacampo” San Alberto y cumplir con la demanda interna  y la industrialización. Moraleja: ¡con o sin nacionalizaciones, el país sigue rehén de las petroleras!

Por último, el Fondo de Promoción de las Inversiones premiará el éxito extractivo y, por tanto, no desembolsará recursos de inmediato, sino que engordará regularmente durante los primeros cinco años, sin retorno para sus aportantes. Un detalle no insignificante para el uso del Fondo  es que la producción “premiada” de petróleo y condensado debe destinarse al mercado interno (termoeléctricas, consumo industrial y doméstico e industrialización). Ahora bien, considero que el mercado interno para esos hidrocarburos está casi saturado: necesitamos más petróleo para refinar diésel, pero el condensado cubre la demanda de gasolina y GLP, y eventualmente habrá excedentes para la exportación (¡sin premio en este caso!). Por tanto, el verdadero objetivo es producir más gas para la exportación.

En todo caso, encuentro en el PL 319/15 un peligroso grado de discrecionalidad de YPFB en cuanto al monto del incentivo y a la definición de la línea base de producción del gas para determinar si el nuevo condensado producido recibe o no el incentivo y en qué proporción.

Un último detalle radica en el abuso de las Notas de Crédito Fiscal (Nocres) para incentivar el petróleo de los campos existentes y del hidrocarburo “nuevo” si no alcanzaren los recursos del Fondo. Es otra manera de cercenar los recursos de los departamentos, debido a que los impuestos pagados con Nocres no son coparticipables.

En este contexto y en la eventualidad de que los incentivos previstos por el PL 319/15 no tengan el éxito esperado, sería aconsejable que las instituciones departamentales objeto del recorte del IDH propongan medidas precautorias, como las siguientes:

Primero, aportar recursos del IDH a cambio de acciones en las subsidiarias de YPFB y en las Plantas Separadoras: de ese modo, el riesgo se vuelve solidario  y, de paso, se ejerce una necesaria fiscalización en esas empresas.

Segundo, exigir que la administración del Fondo de Promoción a la Inversión cuente con representantes de los departamentos para asegurar el correcto uso de esos recursos.
Y, tercero, que el Fondo (y el recorte) tengan una vida limitada, máximo 25 años. Cumplidos sus objetivos, los saldos del Fondo se devolverán a los beneficiarios del IDH en la proporción del recorte sufrido.