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Jueces; que el peso mayor en ver sus méritos lo tenga la sociedad civil

Con respecto a las elecciones judiciales que se avecinan, si hay algo en que oficialistas y opositores coinciden es que la “cuestión de fondo” sigue siendo la meritocracia, que los candidatos en verdad sean elegidos por sus méritos (profesionales, éticos, laborales, etcétera). La diferencia empieza en la forma en que se ha de calificar esos méritos. Esto es tan importante que de la credibilidad que tenga el sistema de selección de candidatos dependerá la mayor o menor participación ciudadana en el acto electoral. En esta línea de reflexión acerca del método de selección de los candidatos es que se inscribe el abogado constitucionalista Carlos Alarcón.

Él propone un tanto sacar de la Asamblea Legislativa la selección de los postulantes (que en esta etapa son ‘concursantes’) y depositar esta primera tarea en 11 tribunales de mérito, cinco estatales y seis de instituciones de la sociedad civil. Tribunales de mérito que serían convocados y conformados por: (los estatales) el Presidente; los nueve gobernadores; los alcaldes de las nueve capitales de departamento más El Alto; los alcaldes de ciudades intermedias; y, por el Defensor del Pueblo. Del lado de la sociedad civil, conformarían sus tribunales: los decanos de las facultades de Derecho de las universidades públicas y privadas; los colegios de abogados; la Confederación de Empresarios Privados; la Central Obrera Boliviana; instituciones de defensa de los derechos humanos; y las asociaciones de periodistas. Serían estos tribunales (conformados por tres miembros cada uno) los que efectuarían la selección de los concursantes; luego, la Asamblea Legislativa elaboraría la lista de candidatos con base en la nómina elaborada por dichos tribunales de mérito. Con esto, afirma Alarcón, se estaría asegurando la mayor probidad, independencia y calidad profesional de los futuros altos jueces del país.

— El primer problema para su propuesta es el artículo 158 de la Constitución, que le da la atribución de la preselección a la Asamblea y no a otra entidad.

— Eso no es problema, porque yo no estoy quitándole ninguna atribución constitucional a la Asamblea Legislativa Plurinacional. Si lee detenidamente ese artículo de la Constitución, la atribución que tiene la Asamblea es la de preseleccionar ‘postulantes candidatos’; lo que yo estoy haciendo con esta ley (proyecto) es reglamentar un paso previo, que es la evaluación de méritos de concursantes, no de postulantes candidatos. De esa manera no habría ese óbice de inconstitucionalidad, porque no se les está restando ninguna atribución ni potestad a la Asamblea; pero sí la Asamblea con su propia ley se estará obligando a respetar la lista que manden esos tribunales de mérito. Ella va a hacer sus nóminas de postulantes candidatos, pero tomando como base de selección esa lista de concursantes mejor calificados. No se cercena ni restringe ninguna atribución de la Asamblea porque mantiene la potestad de seleccionar a los postulantes candidatos por dos tercios de votos.

— ¿Se necesitará una ley específica interpretativa para esto?

— Claro, una de desarrollo, como todas las leyes de desarrollo que hasta ahora se han sacado de la Constitución. La única variante es que yo propongo que sea por iniciativa legislativa ciudadana, porque obviamente el oficialismo no va a tener ninguna voluntad política para promover esta ley. En lugar de que sea un legislador el que presente mi propuesta, seamos un grupo de ciudadanos. Es una ley de desarrollo o de reglamentación.

— Del lado del Ejecutivo también hay esta idea de que una o varias  comisiones externas a la Asamblea hagan el trabajo de preselección que usted propone.

— No soy optimista con eso, porque usted sabe que esos son sectores corporativos y sociales digitados por el propio Gobierno; siempre le van haciendo el juego al Ejecutivo so pretexto de que le están dando legitimidad, cuando en realidad es el Gobierno el que decide algo y los lleva para que sean notarios validadores. Yo lo que estoy planteando es una cosa más de fondo: que el peso mayor en la calificación de méritos, que obligue a la Asamblea, tenga la mayor y mejor representatividad de toda la sociedad boliviana, y que en esa representatividad el peso mayor lo tenga la sociedad civil sobre el Estado, porque planteo que la mayoría de estos tribunales de mérito, de los once, seis emerjan de la sociedad civil.

— ¿Cuál es la ventaja específica, el plus de su propuesta?

— Estos seis tribunales de mérito de la sociedad civil organizada tendrían un peso decisivo y contundente para que no actúen como figuras decorativas o como notarios validadores, sino como verdaderos calificadores de méritos, para que nos garanticen dos cosas: primero, que se va a elegir a los mejores profesionales del derecho, en todo tipo de trayectoria, profesional, social y laboral; y segundo, nos va a garantizar que los profesionales del derecho, los mejores, se animen a participar en este proceso; porque si no se da esta garantía fuerte y categórica, qué va a suceder; va a suceder que nadie que sea serio, que se respete profesionalmente, va a querer entrar a la trituradora del oficialismo en la Asamblea; y es eso lo que no queremos. El otro efecto importante es que la propia Asamblea se obliga a respetar a estos tribunales de mérito, mediante una ley emanada de ella misma.

— Ahora, ¿no será problema esto de los criterios de calificación de los méritos, la definición del mérito?; finalmente, la Asamblea tiene toda una metodología para calificar. ¿Las instituciones que usted propone no deberían tener un reglamento único?

— Lo he previsto. Establecí que estos once tribunales de mérito van a trabajar en los méritos; la ley va a dar esos conceptos generales de cuáles son los pilares y los cimientos de los méritos, pero ya el reglamento minucioso de eso va a ser un texto elaborado por la Comisión mixta de Constitución; ahí no le quito eso a la Asamblea. Va a ser dicha comisión —propongo— la que establezca, pero por dos tercios (del voto) de los legisladores; con eso la minoría va a tener un peso importante para hacer ese reglamento, no como ahora que se lo hace por simple mayoría y la minoría queda colgada. Estos tribunales de mérito van a tener que hacer su trabajo sobre ese reglamento que es único y uniforme. Estos comisionados (del tribunal de mérito), además, trabajarían de manera honoraria, no cobrarían, no costaría ningún peso al Estado, porque sería una función honorífica, de honor hacia la sociedad boliviana, histórica, además, para hacer un trabajo que nunca se ha hecho; ellos mismos definirían su propia organización y modalidad de trabajo; pero se establece en la ley que con la simple mayoría de ellos ya pueden funcionar y tomar decisiones.

— ¿Cómo hacer para que no se caiga en que los nominados al final sean o se sientan ‘representantes’ o de los tribunales o de las instituciones? Digamos la COB o empresarios y sus elegidos.

— Ahí tiene dos cosas que han fallado en la anterior elección. Primero, que será la Asamblea Legislativa la que los va a poner en la papeleta de votación; no es que de los tribunales de mérito van a saltar automáticamente a la papeleta de votación. La Asamblea Legislativa va a ser el segundo filtro y va a incorporar los nombres que van al voto, pero la Asamblea está obligada a poner en la lista al voto uno que sea mayoritariamente calificado de forma favorable por la mayoría de los tribunales de mérito. Digamos que de los once tribunales de mérito, ocho dicen que usted, si fuera abogado, es el mejor y está bien calificado; quiere decir que este profesional tiene una aceptación amplia en todo ámbito de la sociedad y del Estado; en este caso, la Asamblea no puede hacerse de la vista gorda, tiene que incluir a ese profesional mejor calificado en la lista para el voto. Además, para que el Legislativo no priorice a los del Estado y deje de lado a los de la sociedad civil, se dice que tiene que poner en esas listas para el voto por lo menos a nueve mejor calificados por cada uno de los tribunales de mérito. Con todo eso, hay un sano equilibrio entre los once tribunales. Pero los que deciden la lista para el voto no son los tribunales de mérito; decide la Asamblea.

Entonces, estos que sean elegidos por voto popular no se van a considerar ni atados a los tribunales de mérito ni atados a la Asamblea, cosa que no ha habido en la anterior elección; en ésta solo se debían al manejo totalmente defectuoso que hizo la Asamblea. Pero más importante que eso es que quien tiene el sartén por el mango es el ciudadano; porque si el ciudadano ve, por ejemplo, que la COB ha hecho un pésimo trabajo en mandar a ese calificado por mérito y la Asamblea ha hecho otro peor trabajo al ponerlo en la lista, el que puede anular ese proceso electoral con su voto es el ciudadano; lo que no ha ocurrido en la anterior elección, porque si los votos nulos y blancos son mayores a los válidos, yo planteo que se haga un nuevo proceso electoral. Por tanto, el que salga elegido con esa regla, ¿a quién se va a deber? Al voto popular; ahí sí va a ser el voto popular cien por cien de garantía de representatividad de ese juez. Ese juez va a decir: ‘yo he sido investido por el voto popular; si el ciudadano no me hubiera querido, habría votado nulo o blanco; como no ha votado nulo o blanco, yo me debo al ciudadano, no me debo ni al legislador ni al comisionado del tribunal de mérito’.

— ¿No se está dejando de lado al partido político, a los partidos, en su expresión de legisladores?

— No, ni la representación de los legisladores, porque ellos son el segundo filtro decisivo para estar en la papeleta de votación; o sea, no es que los tribunales de mérito mandan las listas y la Asamblea actúa de mensajero; la Asamblea es la que define, como un segundo filtro, quiénes van a ser sujetos a votación, que esa es su atribución que no se puede restringir ni suprimir, y ahí hace valer la representatividad de cada legislador hacia su electorado; pero, se obliga para que no haga el desastre que ha hecho en la anterior elección, se obliga a tres cosas: primero, a que ya no va a hacer dibujo libre por la sola influencia del partido oficialista, que tiene los dos tercios; va a hacer la lista que irá a votación, pero la base no es ilimitada, la base es la que le manden los tribunales de mérito; ese es un primer límite a la discrecionalidad absoluta de la Asamblea. El segundo límite es que los mejor calificados por los tribunales de mérito, y que la mayoría de ellos coincida en un nombre, está obligada (la Asamblea) a poner ese nombre en la boleta, porque quiere decir que para todo el mundo ese tipo es el mejor abogado, no lo puedes obviar; ahora, si el ciudadano no vota por él, ya es problema del ciudadano. Y la tercera limitación es que tienes que tomar en cuenta en tus listas de votación equilibradamente a los once tribunales de mérito, no puedes incluir solo los que te manden los tribunales del Estado y te olvides de la sociedad civil o a la inversa.

— ¿Cómo se traduce esta su propuesta en mejorar la justicia? Finalmente estamos en la fase de votación.

— En la medida en que tienes un juez cuyo puesto no se lo debe a nadie, sino que se lo debe a todos, por decirlo así; o sea, porque muchos han intervenido para que él pueda ser juez, y el más importante al final ha sido el ciudadano con su voto, pero un voto real y que pesa; y además para llegar a ese cargo realmente se ha tenido que pasar por un análisis a profundidad de sus méritos, no solo profesionales, sino de trayectoria, hasta de vida privada, social, personal, etcétera. Con este trabajo profundo, bien ponderado que van a hacer estos tribunales de mérito, realmente va a haber una garantía, óptima yo diría, de que los meritocráticos van a entrar a estos puestos. Entonces, si usted tiene un juez de esa calidad, lo que está en juego en su trabajo es su prestigio y su imagen de vida, una imagen que se la forma uno durante cuarenta años. Entonces, ese profesional del derecho no va a rifar esa imagen por influencias políticas, influencias económicas; se puede dar eso, pero va a ser la excepción, no como ahora, la regla. No se olvide que esos jueces van a designar a quienes vienen por debajo; esa calidad va a hacer que todo vaya subiendo de calidad en el sistema de justicia; que vaya hacia arriba y no hacia abajo. Y, como todo en la vida, después hay que evaluar todo esto, pero yo estoy seguro de que a lo que estamos ahora, no puede haber nada que sea peor.

Datos

Nombre: Carlos Silvestre Alarcón Mondonio

Profesión: Abogado constitucionalista

Cargo:  Ejercicio de la profesión libre

Perfil

Carlos Alarcón fue viceministro de Justicia durante la presidencia de Carlos Mesa (2003-2005); en mayo de 2013 fue designado Jurado de Imprenta por el Concejo Municipal de La Paz. En diciembre de 2015 presentó la “Iniciativa Popular Constituyente”, una propuesta de reforma parcial de la Constitución enfocada al “rediseño estructural del sistema judicial”; en abril de 2016 introdujo a la Asamblea, como iniciativa legislativa ciudadana, el proyecto de la “Ley de garantía de los derechos a la libertad de expresión, opinión e información en las redes sociales”.