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El TCP se declara transfóbico

El colectivo LGBT acudirá a instancias internacionales para denunciar la sentencia del TCP debido a su inconsistencia con los derechos humanos.

/ 22 de noviembre de 2017 / 04:00

El 21 de mayo de 2016 en Bolivia se visualiza un cambio respecto de los derechos de un grupo de la población históricamente vulnerado en sus derechos, ese día y como lo manifiestan personas transexuales y transgéneros de nuestro país volvieron a nacer jurídicamente sus derechos y el ejercicio de su ciudadanía como cualquier otro ciudadano en el territorio boliviano.

A partir de ello, 161 personas transexuales y transgénero hicieron sus trámites administrativos logrando su cambio de nombre, imagen y sexo.

En tanto, otro grupo de personas se encontraba en el proceso de conseguir su documento hasta el 9 de noviembre de 2017.

Sin embargo, ese día el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) del Estado boliviano emitió una sentencia donde da muerte civil y social a los y las compañeras transexuales y transgénero, porque además de quitarles la posibilidad de ejercer su derecho a formar una familia (discurso tristemente utilizado por los grupos antiderechos y fundamentalistas, que no fue el fin en sí mismo de la Ley 807 de Identidad de Género) también se les quita los otros derechos fundamentales como son los derechos económicos, sociales, políticos, civiles y laborales.

No entendemos cómo el TCP, siendo la máxima instancia constitucional respecto de la normativa jurídica legal en nuestro país, ha vulnerado la Constitución Política del Estado (CPE), las normas vigentes sobre los derechos fundamentales, además de pasar por alto todos los tratados ratificados y convenciones suscritas por el Estado boliviano.

Por lo tanto, con base en la sentencia, la población trans en Bolivia ya no podrá gozar de los principios del vivir bien ni de los valores de inclusión, dignidad, libertad, igualdad de oportunidades, equidad social y de género, como cualquier boliviana o boliviano, aclarando que desde el 9 de noviembre de este año ya no son considerados ciudadanos y ciudadanas de este país.

Con la Ley 807 que reconoce el ejercicio de la identidad de género se garantizaba una sociedad justa, descolonizada, sin discriminación y se consolidaba las identidades plurinacionales de un Estado Plurinacional y democrático como el que se vive en el territorio nacional.

Sin embargo, en mérito a la sentencia del TCP y a causa de estos magistrados y magistradas, el Estado boliviano incumple estos fines.

Con esta sentencia se ha negado toda capacidad jurídica para que las personas transexuales y transgénero puedan ejercer sus derechos y obligaciones como cualquier boliviano, perjudicando su proyección de vida, la de sus familias y de la sociedad boliviana en su conjunto. Entendiendo que el parágrafo II de la sentencia no está garantizando a la colectividad trans todos sus derechos fundamentales, enmarcados en la Constitución Política.

Más todavía considerando que los instrumentos internacionales ratificados por el Estado boliviano reconocen, de manera específica, el derecho a la personalidad jurídica, entre ellos: la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 6); el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 16); y la Convención Americana de Derechos Humanos (artículos 3, 11 y 18), que habiendo sido ratificados, se constituyen en leyes de cumplimiento obligatorio por el país.

Cabe recordar que estos instrumentos internacionales aseguran que las personas transexuales y transgénero pueden ejercer el derecho a la personalidad jurídica y todos los demás derechos humanos contemplados en los mismos.

Por todo ello, la Ley 807 de Identidad de Género es absolutamente Constitucional y acudiremos a las instancias internacionales que corresponden para denunciar la sentencia incongruente e inconsistente con los derechos humanos, así como iniciaremos los respectivos procesos legales a quienes interpusieron la acción de inconstitucionalidad abstracta y a los que la resolvieron, con base en el marco jurídico vigente.

  •  Alberto Moscoso es representante de Coalibol LGBT

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El TCP se declara transfóbico

El colectivo LGBT acudirá a instancias internacionales para denunciar la sentencia del TCP debido a su inconsistencia con los derechos humanos.

/ 22 de noviembre de 2017 / 04:00

El 21 de mayo de 2016 en Bolivia se visualiza un cambio respecto de los derechos de un grupo de la población históricamente vulnerado en sus derechos, ese día y como lo manifiestan personas transexuales y transgéneros de nuestro país volvieron a nacer jurídicamente sus derechos y el ejercicio de su ciudadanía como cualquier otro ciudadano en el territorio boliviano.

A partir de ello, 161 personas transexuales y transgénero hicieron sus trámites administrativos logrando su cambio de nombre, imagen y sexo.

En tanto, otro grupo de personas se encontraba en el proceso de conseguir su documento hasta el 9 de noviembre de 2017.

Sin embargo, ese día el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) del Estado boliviano emitió una sentencia donde da muerte civil y social a los y las compañeras transexuales y transgénero, porque además de quitarles la posibilidad de ejercer su derecho a formar una familia (discurso tristemente utilizado por los grupos antiderechos y fundamentalistas, que no fue el fin en sí mismo de la Ley 807 de Identidad de Género) también se les quita los otros derechos fundamentales como son los derechos económicos, sociales, políticos, civiles y laborales.

No entendemos cómo el TCP, siendo la máxima instancia constitucional respecto de la normativa jurídica legal en nuestro país, ha vulnerado la Constitución Política del Estado (CPE), las normas vigentes sobre los derechos fundamentales, además de pasar por alto todos los tratados ratificados y convenciones suscritas por el Estado boliviano.

Por lo tanto, con base en la sentencia, la población trans en Bolivia ya no podrá gozar de los principios del vivir bien ni de los valores de inclusión, dignidad, libertad, igualdad de oportunidades, equidad social y de género, como cualquier boliviana o boliviano, aclarando que desde el 9 de noviembre de este año ya no son considerados ciudadanos y ciudadanas de este país.

Con la Ley 807 que reconoce el ejercicio de la identidad de género se garantizaba una sociedad justa, descolonizada, sin discriminación y se consolidaba las identidades plurinacionales de un Estado Plurinacional y democrático como el que se vive en el territorio nacional.

Sin embargo, en mérito a la sentencia del TCP y a causa de estos magistrados y magistradas, el Estado boliviano incumple estos fines.

Con esta sentencia se ha negado toda capacidad jurídica para que las personas transexuales y transgénero puedan ejercer sus derechos y obligaciones como cualquier boliviano, perjudicando su proyección de vida, la de sus familias y de la sociedad boliviana en su conjunto. Entendiendo que el parágrafo II de la sentencia no está garantizando a la colectividad trans todos sus derechos fundamentales, enmarcados en la Constitución Política.

Más todavía considerando que los instrumentos internacionales ratificados por el Estado boliviano reconocen, de manera específica, el derecho a la personalidad jurídica, entre ellos: la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 6); el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 16); y la Convención Americana de Derechos Humanos (artículos 3, 11 y 18), que habiendo sido ratificados, se constituyen en leyes de cumplimiento obligatorio por el país.

Cabe recordar que estos instrumentos internacionales aseguran que las personas transexuales y transgénero pueden ejercer el derecho a la personalidad jurídica y todos los demás derechos humanos contemplados en los mismos.

Por todo ello, la Ley 807 de Identidad de Género es absolutamente Constitucional y acudiremos a las instancias internacionales que corresponden para denunciar la sentencia incongruente e inconsistente con los derechos humanos, así como iniciaremos los respectivos procesos legales a quienes interpusieron la acción de inconstitucionalidad abstracta y a los que la resolvieron, con base en el marco jurídico vigente.

  •  Alberto Moscoso es representante de Coalibol LGBT

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