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Hechos y no palabras

Particularmente en América Latina el feminicidio es un crimen con tasas muy altas. En Bolivia el año pasado se registraron 128 feminicidios y 109 casos de tentativa. En lo que va del año se conocen 89 casos, cifras tras las cuales quedan hijas, hijos, madres, padres, familias enteras con una herida muy difícil de curar, y que lo único que a muchos les permite seguir adelante es la esperanza de lograr justicia.

La tasa resolutiva (casos concluidos) en procesos de feminicidio en Bolivia es de 40% de las causas ingresadas desde la promulgación de la Ley 348 (Fiscalía General, 2019), cifra superior al promedio de los casos de violencia; sin embargo, la gravedad de estos casos, su fuerte impacto social y lo tortuoso que es un proceso penal para las familias, hace que la existencia de un 60% de casos sin sentencia siga enviando un mensaje de impunidad a la sociedad.

En estos años hubo algunos estudios sobre la respuesta del sistema judicial en casos de feminicidio, identificando los obstáculos y cuellos de botella en el acceso a la justicia; entre ellos están el de la Alianza por la Solidaridad (2015), la auditoría efectuada por la Comisión de Constitución de Diputados (2017) y, el más reciente, el de la Clínica Internacional de Derechos Humanos de la Universidad de Harvard a pedido de Mujeres Creando (2018); se conocen además los informes sobre la debida diligencia de la Alianza Libres sin Violencia (2015-2017) y el Informe de la Defensoría del Pueblo (2019). Todos coinciden que entre los factores que inciden en la impunidad están la falta de especialización del personal que conoce estos casos, deficiencias en la investigación por falta de pericias y medios, demora en la búsqueda de mujeres desaparecidas, rotación de personal en las instituciones, transferencia de costos a las familias, tardía emisión de  requerimientos fiscales, dilación de los procesos, sesgos de género en quienes imparten justicia, corrupción, antecedentes de denuncias sin que se haya protegido eficientemente a la víctima, actuaciones previstas en varios protocolos aprobados que no se cumplen y que en muchos casos que no se conocen. Tales estudios concluyen con sendas recomendaciones al Estado.

El 15 de julio, ante la frecuencia de casos en el primer semestre del año y los reclamos de familiares de las víctimas, el Gobierno lanzó el denominado “Decálogo para combatir la violencia”, que menciona una serie de pactos con diferentes actores públicos y privados; el tercero indica: “Pacto para eliminar la impunidad, con la Policía, la Fiscalía, el Órgano Judicial, para acelerar el acceso a la justicia” sobre cuyo alcance en un primer momento no se conocía mucho y dejó sabor a poco.

Un par de semanas después se conformó una comisión integrada por los ministerios de Justicia y de Gobierno, el Servicio Plurinacional de la Mujer y de la Despatriarcalización, la Policía, el Tribunal Supremo de Justicia, el Consejo de la Magistratura y la Fiscalía General. Suscribieron un acuerdo para ejecutar el Pacto 3, estableciendo como meta llegar hasta fin de año con 80% de los casos de feminicidio y violación a niñas, niños, adolescentes y mujeres concluidos, lo que es un desa-fío que de lograrse marcaría un avance muy importante no solo en relación a los casos específicos que podrán encontrar la justicia que claman las víctimas y familias, sino porque sería un precedente sobre cómo integrar la perspectiva de género en la investigación y procesamiento de casos y la viabilidad de agilizar los procesos bajo criterios de priorización de causas, el mejoramiento de la coordinación entre los actores involucrados, la adopción de medidas preventivas y correctivas para superar los problemas identificados e impulsar la determinación de responsabilidades.

El tiempo de vida de esta comisión inicialmente es de seis meses, espero sea suficiente, de allí en más cada institución deberá implementar las medidas recomendadas y el Servicio Plurinacional de la Mujer  deberá monitorear la situación y la ejecución de las medidas, las que habrá que esperar que además de contemplar ajustes normativos, procesales, de especialización y otros vayan acompañadas de los recursos suficientes para su ejecución, lo que hasta hoy ha sido una de las limitantes que impidió desarrollar las capacidades institucionales para responder eficiente y oportunamente a las víctimas, naturalmente no la única.

También será importante que el Consejo de la Magistratura, que es el llamado por ley a realizar auditorías a los procesos judiciales, interiorice la perspectiva de género, tanto para la priorización como en los criterios de análisis de los casos sometidos a este procedimiento; si esta función se cumpliría no se multiplicarían las voces que piden a otros actores realizar estas auditorías.

Paralelamente, la Asamblea Legislativa Plurinacional el 17 conformó la Comisión Especial Mixta de Investigación sobre la retardación en la atención y resolución en casos de feminicidios en Bolivia. A primera impresión, podría parecer una duplicidad de esfuerzos, habrá que esperar que no lo sea y más por el contrario sea un refuerzo para que desde su rol fiscalizador contribuya a mover las pesadas estructuras institucionales del sistema de justicia.