‘Golpe de Estado I’, El caso más ‘político’ por 2019
Imagen: roberto guzmán
El gobernador Luis Fernando Camacho está acusado de ser parte activa en el derrocamiento de Evo Morales.
Imagen: roberto guzmán
‘Político’ porque aquí se investiga la participación de la gente en el derrocamiento de Evo Morales.
RAZA POLITÍCA
De los nueve procesos judiciales que se llevan adelante en la vía ordinaria por la crisis política de octubre-noviembre de 2019, el caso Golpe de Estado I es el más ‘político’ de todos, en el sentido en que es el enjuiciamiento a quienes directa o indirectamente impulsaron el derrocamiento del entonces presidente Evo Morales. En este marco, no es casual que el delito en que se habría incurrido sea “terrorismo”, entendido éste en una de sus definiciones legales menos usuales: “Subvertir el orden constitucional o deponer al gobierno elegido constitucionalmente”. (Artículo 133 del Código Penal. Claro que “terrorismo” también es delitos “contra la seguridad común o la salud pública”, o “apoderarse de una aeronave en vuelo o buque mediante violencia”, o la entrega o detonación de “un artefacto explosivo”, entre otras acepciones). Cierto, al principio, Camacho y otros estaban acusados de sedición, conspiración y terrorismo, pero, como se sabe, en agosto de este año el Tribunal Constitucional Plurinacional dispuso, como dicen los abogados, la expulsión del ordenamiento jurídico boliviano de la figura de sedición, lo que también arrastró a la de conspiración.
LEGITIMIDAD. Otra es la discusión, sin duda, de la mayor o menor legitimidad del proceso derrocador del gobierno elegido constitucionalmente. Por algo será que en el último párrafo del mismo artículo 133 del Código Penal, se señale que “las conductas que tengan por finalidad la reivindicación o ejercicio de derechos humanos, derechos sociales o cualquier otro derecho constitucional, no serán sancionadas como delito de Terrorismo”.
Pero, he aquí la peculiaridad del actual caso Golpe de Estado I: la súbita reanimación o impulso que tuvo con la aprehensión del gobernador del departamento de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho. Ingresada la denuncia por la exdiputada Lidia Patty a fines de noviembre de 2020, todo avanzaba en este caso, menos lo básico, la declaración del principal sindicado, Luis Fernando Camacho. Según el registro periodístico, hubo dos audiencias de declaración del Gobernador que fueron suspendidas, en septiembre de 2021 y en julio de 2022. Era tal la impaciencia de la denunciante, Lidia Patty, que a mediados de noviembre de este año, presentó una “acción de cumplimiento” para que un juez obligue a los fiscales que ven el caso a que de una vez convoquen al Gobernador rebelde a declarar sobre su participación en los hechos examinados.
Como se vio en la semana que termina, la “citación” a Camacho no pudo resolverse de una manera más radical: la policía ir, aprehenderlo y literalmente llevarlo del brazo ante el fiscal. Pero, como apuntaron por separado el viernes el ministro de Justicia, Iván Lima, y el abogado constitucionalista Franklin Gutiérrez, a los fiscales que llevan adelante el caso ya no les quedaba otra que aplicar el artículo 226 del Código Penal, “Aprehensión por la Fiscalía”, que dispone que “el fiscal podrá ordenar la aprehensión del imputado”, cuando vea que éste “pueda ocultarse, fugarse o ausentarse del lugar u obstaculizar la averiguación de la verdad”.
En este contexto, ciertamente no le fue gratuito a Camacho que tras una marcha, el 9 de diciembre, abiertamente desafiara a los fiscales, que hablaban de la posibilidad de citarlo a La Paz para que declare: “¡Si a mí me quieren meter preso que vengan a mi pueblo y me alcen de mi pueblo! Porque yo no voy a ir a entregarme al masismo como ellos quieren”.
Golpe de Estado I también es el caso del mayor potencial acusador, pues, como señala una guía memoria del caso a la cual accedió este medio, y que fruto de la misma es el cuadro adjunto, en esta causa pueden entrar como sindicados todos aquellos que hayan participado en “reuniones y acciones, entre el 20 de octubre y el 12 de noviembre de 2019, con la finalidad de generar desestabilización social y política para deponer autoridades”.
No por nada, la exdiputada Patty ya en julio pasado pidió la ampliación de la denuncia en el caso Golpe de Estado I contra los expresidentes Carlos Mesa (2003-2005) y Jorge Quiroga (2001-2002); el gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho; el exdefensor del Pueblo Waldo Albarracín; el exviceministro de Coordinación Gubernamental del gobierno de Áñez Israel Alanoca, y el excandidato a la Presidencia Samuel Doria Medina.
Los delitos con que Patty ampliaría la denuncia son: “seducción de tropas, instigación pública a delinquir, relacionado con levantamiento armado”, según describió entonces su abogado patrocinante Jorge Víctor Nina.
AUTORES. Se plantea con esto la idea de los “autores intelectuales” del derrocamiento. “Sin la cooperación de estas personas hubiera sido imposible la ejecución y el resultado del delito. Estamos esperando que el Ministerio Público pueda proceder conforme a derecho, acoger esta ampliación de denuncia e iniciar con las investigaciones”, aseveró entonces Nina.
Hay que recordar que en Golpe de Estado I, entre junio y julio de este año ya fueron citados a declarar en calidad de testigos Carlos Mesa y Carlos Alarcón de Comunidad Ciudadana, el exasesor de Mesa, Ricardo Paz; el expresidente Jorge Quiroga, y el líder de Unidad Nacional, Samuel Doria Medina; el primer ministro de la Presidencia de Jeanine Áñez, Jerjes Justiniano Atalá. La mayoría de los mencionados desconoció la legalidad y legitimidad del caso y se acogieron al silencio.
A la fecha, el Ministerio Público lleva adelante ocho investigaciones fiscales relacionadas con delitos cometidos durante la crisis de 2019. Como se sabe, el caso Golpe de Estado II (con Jeanine Áñez como principal acusada), ya llegó a la sentencia en primera instancia, estando en este momento en la fase de apelación.
Los nueve procesos penales ordinarios que impulsa la Fiscalía son: 1) la muerte de un ciudadano en el barrio El Pedregal de la zona Sur de la ciudad de La Paz; 2) la masacre en la zona alteña de Senkata; 3) la masacre en el puente Huayllani, en Sacaba; 4) la aplicación de tortura a los detenidos por el régimen transitorio de Jeanine Áñez; 5) la designación contra la norma que hizo la expresidenta Áñez de una estudiante universitaria como gerente ejecutiva de la Empresa Boliviana de Alimentos (EBA); 6) la introducción y distribución irregular de munición antidisturbios proveniente de Argentina; 7) el “préstamo” irregular de munición antidisturbios de la Policía ecuatoriana el 15 de noviembre de 2019; y, 8) el caso Golpe de Estado I, con la acusación por terrorismo, en el sentido de derrocamiento de un gobierno constitucionalmente establecido.
Los casos de mayor expectativa social sin duda son los de las masacres de Sacaba y Senkata, de las que quedaron 20 personas asesinadas. El reciente viernes (30 de diciembre), el ministro Lima reveló que en ambas causas “ya ha concluido la etapa preparatoria”, o sea, ya están listas para pasar a juicio: “Uno de los temas que nos está quedando pendiente es el inicio del juicio penal por las masacres de Sacaba y Senkata; las víctimas y el Ministerio de Justicia estamos solicitando (a la Fiscalía) que a la brevedad se inicien esos juicios penales; debe ocurrir esto porque ya ha concluido la etapa preparatoria”, destacó Lima.
Camacho no está incluido en los casos de Sacaba y Senkata; sin embargo, los familiares de las víctimas anunciaron que pedirán que se lo incluya bajo la figura de “autor mediato”, aquella persona que teniendo el poder o influencia suficiente para evitar una vulneración a los derechos humanos, no hace nada. Los ocho casos que aún quedan cobrarán importancia a fines de enero de 2023, cuando visiten el país dos miembros del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) para evaluar el avance de sus recomendaciones.
(*)Iván Bustillos es periodista de La Razón.