Identidad de género: en seis años, el 38% de instituciones no cambió sus normas
La información del Servicio de Registro Cívico (Serecí) indica que la cantidad de trámites procesados de cambio de identidad de género hasta abril de 2022 alcanzó a 512.
OBSERVACIÓN. La población critica falta de respuesta de algunas actividades.
Imagen: La Razón Archivo
A seis años de la promulgación de la Ley 870 de Identidad de Género, aún el cumplimiento pleno enfrenta dificultades en instituciones, pues de las 15 que deberían adaptarse al reconocimiento, el 38% aún no lo hizo.
“La información recolectada por la Defensoría del Pueblo estableció que solo el 57% de las entidades públicas y privadas señaladas en el parágrafo V del artículo 9 de la Ley 870 ha realizado la adecuación de su normativa interna y de su procedimiento interno con la finalidad de que se realice el cambio de los datos de la persona de oficio; que el 38% de las entidades consultadas mencionaron no haber realizado adecuación alguna, y que una entidad no brindó información al respecto”, establece el informe de la Defensoría del Pueblo, Ausencia de Garantías Estatales para el Ejercicio del Derecho a la Identidad de Género en Bolivia, presentado en abril de 2022.
NÓMINA
La ley incluye a las entidades Servicio General de Identificación Personal (Segip); Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi); Dirección General de Migración; Servicio de Impuestos Nacionales (SIN); Derechos Reales; Registro Judicial de Antecedentes Penales (Rejap); Sistema Nacional de Registro de Antecedentes Policiales; Dirección General de Régimen Penitenciario; Contraloría General de Estado; Ministerio de Educación; Ministerio de Defensa; Servicio Nacional del Sistema de Reparto (Senasir); Autoridad de Pensiones, Valores y Seguros (APS); Cajas de Salud Pública y otras que el Servicio de Registro Cívico (Serecí) o el solicitante consideren necesarias.
“Dentro de las ocho entidades que reportaron no haber modificado su normativa interna, cinco son instituciones del área de la salud (CNS, CBES, Caja Petrolera, SSU, Caja Cordes), por lo que en caso de recibir una resolución que corresponde a la Ley 807 de Identidad de Género, ante la ausencia de la normativa y procedimiento, ésta no será procesada de oficio”, dicta el informe defensorial.
La comunidad de transexuales y transgénero reporta problemas, sobre todo cuando se trata de hacer trámites en el área educativa.
“Es el caso del Seduca (Dirección Departamental de Educación), del Ministerio de Educación, porque muchas de las trans han cursado su bachillerato en humanidades con la anterior identidad y requieren hacer el cambio de nombre y dato de sexo en sus documentos, en el Seduca les están pidiendo nuevas certificaciones, nuevas libretas, es decir, cosas que no tienen nada que ver con la ley”, señaló a LA RAZÓN la activista en derechos humanos Laura Álvarez.
Denunció que en instituciones como las educativas se solicita la resolución administrativa del Servicio de Registro Cívico (Serecí), acompañada incluso de una carta notariada, para el aval.
“Si bien Bolivia cuenta con una norma que establece el trámite para el cambio de nombre, dato de sexo e imagen de las personas transexuales y transgénero, ésta no garantiza la vigencia plena del derecho a la identidad de género y existe trato discriminatorio y diferenciado del Estado hacia ellas, pues enfrentan barreras, dificultades, demoras y restricciones en razón de su identidad de género, que no permiten el goce de derechos fundamentales en igualdad de condiciones que el resto de la población”, informó a LA RAZÓN la Defensoría del Pueblo. Además, aún hay falencias en la capacitación de su personal de las entidades a cargo.
De acuerdo con el informe de la Defensoría, el 38% de las instituciones reportó que sí capacitó a su personal, pero el mismo número aceptó que todavía no lo hizo, el restante 24% no informó.
“Si bien han existido algunas entidades que sí han modificado sus procedimientos, es importante analizar lo que ocurre con el Ministerio de Defensa; si bien se cuenta con una resolución ministerial emitida en el marco de la Ley 807 de Identidad de Género, la misma sería inaplicable”, complementó la Defensoría del Pueblo.
Se alcanzó 512 cambios de documentos
Pese a las persistentes dificultades, de a poco la comunidad de personas transexuales y transgénero logra modificar sus documentos de identidad.
Según los datos de la Defensoría del Pueblo, entre 2016 y 2021 hubo 404 personas que concluyeron su trámite de cambio de nombre, sexo e imagen.
La información del Servicio de Registro Cívico (Serecí) indica que la cantidad de trámites procesados hasta abril de 2022 alcanzó a 512.
La Ley 870 y su reglamento establecen los lineamientos para que las instituciones generen los procedimientos sin inconvenientes; a partir de ello, cada una debe encargarse de adecuar su normativa.
“El Tribunal Supremo Electoral, la primera acción que ha adoptado ha sido emitir un reglamento que permita la aplicación de la disposición legal, que se ha aprobado en junio de 2016 y establece las condiciones, los requisitos para efectuar el trámite de cambio de sexo y reconocimiento de la identidad sexual autopercibida. A partir de ese momento, el trabajo ha sido dirigido a socializar en grupos comprendidos por la ley”, explicó el director nacional interino del Serecí, Javier Hinojosa, en contacto con LA RAZÓN.
El Serecí actuó con la adecuación de las aplicaciones informáticas, para propiciar el cambio de datos. “Se ha capacitado al personal que va a atender estos temas, sin esto es imposible avanzar”, aseveró.
Al margen de los avances, se admite que aún hay tareas pendientes, que deben ser subsanadas con complementos normativos, que faciliten el proceso.
PROBLEMÁTICA.
“Hay muchos vacíos de orden normativo que se enfrentan a diario y la problemática básica del reconocimiento de identidad sexual autopercibida”, complementó.
Hinojosa indicó que el Serecí se encuentra dispuesto a atender las observaciones que aún puedan existir en torno al trato y respuesta inmediata a los requerimientos de la población.
“Lo primero es verificar el origen del problema de por qué se estaría retrasando o negando en alguna medida; identificado eso se establece la responsabilidad de funcionarios o se trata de un vacío normativo o cuál es el obstáculo que se encuentra en el caso concreto, porque todos tienen particularidades”, dijo.