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Aprobar los planos de vivienda demora 10 días

La aprobación de planos es el primer requisito antes de iniciar una construcción. La Alcaldía informa que el proceso debe durar 10 días y pide al propietario que realice el seguimiento del proceso y evite contratar a terceros como «tramitadores».

Si desea construir unas habitaciones en su terreno, hacer una edificación de pisos, ampliaciones o remodelaciones, se debe solicitar una autorización a la comuna antes de iniciar los trabajos. El primero de los procesos, la aprobación de planos, se tramita en cada una de las subalcaldías macrodistritales.

El proceso en todos los macrodistritos es el mismo. La Razón visitó la Subalcaldía Centro, donde solicitan el Formulario de Administración Territorial (FAT). El documento permite verificar el cumplimiento de todos los requisitos para un proyecto de construcción, además de los datos del propietario.

En la página internet de la comuna se detalla que el propietario debe presentar su carnet de identidad; el Certificado de Registro Catastral; dos juegos de planos arquitectónicos en formato digital (CD – autocad protegido en caja, rotulado), un láyer de polígonos cerrados con el cálculo de superficies; el folio real o Tarjeta de Propiedad de Derechos Reales de todos los involucrados, y el testimonio de propiedad.

La responsable del área informó que deben traer todos los requisitos en originales y copias. Se verificará la autenticidad de las copias y se devolverán —de inmediato— los originales.

Los requisitos serán revisados por un funcionario de la Subalcaldía. El horario de atención en el macrodistrito Centro es de 8.30 a 12.00, de lunes a viernes, para todo tipo de trámites y consultas.

Si no existen observaciones, el trámite ingresará a la Alcaldía con un «Visto Bueno». El Sistema de Trámites Municipales (Sitram) asignará un número y un código secreto para que sólo el propietario o interesado pueda hacer el seguimiento, vía internet, de su proceso. Asimismo, se fijará una fecha de inspección.

El trámite es asignado a uno de los profesionales que trabaja en la Subalcaldía que certificará la veracidad, en el inmueble, de los datos presentados. En la inspección se tomará en cuenta el ancho de la vía, las dimensiones del terreno y que no se esté en proceso de construcción. En varias oportunidades, los técnicos observaron que antes de aprobarse los planos ya se construía el inmueble.

Si todo está correcto, la Alcaldía emite la liquidación, se aprueba (con un sello) los planos y el trámite se envía a ventanilla de atención. El interesado deberá recoger una proforma de pago que varía según el proceso. Una vez realizado el pago en las instituciones bancarias autorizadas, el propietario podrá recoger los planos. El trámite dura 10 días.

Recomendaciones. Los planos de construcción deben ser firmados por un arquitecto colegiado. Y el propietario debe hacer el seguimiento del trámite de forma personal y evitar contratar a intermediarios para seguir el proceso.
Finalmente, una vez aprobados los planos de construcción, recién el propietario puede iniciar los trabajos.

Registro catastral

El documento determina la ubicación geográfica, características físicas y la valoración económica de un bien inmueble según instrumentos establecidos y vigentes. Está inscrito a nombre de un propietario e identificado por un código catastral. Este paso es previo a la aprobación de los planos.

Además, la Alcaldía recomienda no contratar a tramitadores para que le ayuden a seguir adelante con el proceso. Sólo es necesario el trabajo de un profesional arquitecto.