Sociedad

Monday 6 May 2024 | Actualizado a 06:14 AM

Reglamento antirracismo rige; viene la Ley de Medios

El gabinete de ministros aprobó un decreto supremo para reglamentar la Ley 045 contra el Racismo y toda forma de Discriminación. Se descarta el cierre de empresas

Por La Razón

/ 6 de enero de 2011 / 05:00

Los medios de comunicación que infrinjan la Ley Antirracismo serán pasibles a multas que van desde los 10 a 300 días, hasta la inhabilitación temporal de funcionamiento por 360 días, según el reglamento de la norma 045 aprobado ayer mediante decreto supremo.

Las ministras de Cultura, Zulma Yugar, y de Justicia, Nilda Copa, informaron la determinación del gabinete de ministros que aprobó un proyecto elaborado en tres meses, el que reglamenta la Ley Contra el Racismo y toda forma de Discriminación, promulgada el 8 de octubre.

«Se ha discutido ampliamente con organizaciones sociales, instituciones y personas individuales que aportaron al reglamento. Había susceptibilidad de que se iba a cerrar los medios, pero revisen, lean y apliquen. Hay sanción, pero no cierre de medios», declaró la ministra Copa. Por su parte, la ministra Yugar resaltó de que la norma «no es para los medios ni en su contra, es para todos los bolivianos, todos debemos asumir conductas de respeto».

El reglamento contiene 25 artículos divididos en cinco capítulos, que disponen y definen medidas de prevención a nivel educativo, obligaciones de los servidores públicos y entidades públicas, faltas y sanciones en la función pública; obligaciones de los medios de comunicación y faltas y sanciones.

El 22 de diciembre, La Razón publicó el documento borrador del reglamento, cuyo contenido, en su parte esencial, fue ratificado ayer por el gabinete ministerial. «Reglamento fija multas, pero no cierre de medios», señaló este medio en su tapa.

Proceso. En el artículo 16 de la Ley 045 se establece que el medio de comunicación «que autorizare y publicare ideas racistas y discriminatorias será pasible de sanciones sujetas a reglamentación». La norma rescata los principios de la interculturalidad, igualdad de derechos, equidad, protección a todos contra delitos de racismo y discriminación.

En el artículo 16 del reglamento, referido a las faltas y sanciones de los medios, se establece como conductas racistas y discriminadoras, toda vez que los medios realicen expresiones deliberadas y sistemáticas de forma verbal o escrita, «para dañar la dignidad de determinada persona o grupo; cuando se difunda propaganda con mensajes racistas o discriminatorios, y cuando se haga apología de los delitos de racismo o discriminación».

En el caso de las sanciones a los medios, Yugar explicó que inicialmente serán pecuniarias, para quienes falten al artículo 16 del decreto reglamentario a la Ley 045. En una primera instancia, la sanción será de 10 a 150 días de multa. En la segunda infracción, la multa será de 150 a 300 días. En tercer grado, la sanción para los medios será de «inhabilitación temporal de funcionamiento de 150 a 360 días calendario».

La ministra Copa aclaró ayer que no se trata de cierre de medios ni de la suspensión de las licencias, pero la norma dispone la inhabilitación temporal, lo que ha sido criticado por los representantes de organizaciones como la Asociación Nacional de la Prensa (ANP) y la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP), cuyos representantes no participaron de la reglamentación de la norma.

Según el documento, en el artículo 21 (conductas que no generan responsabilidad directa para los medios de comunicación), los medios de comunicación no serán penalizados por difundir expresiones de terceras personas que incluyan comentarios racistas, cuando cumplan su función de informar un episodio de carácter racista, y cuando corresponda a programa independiente en espacios alquilados en radio o televisión.

El reglamento también establece que los medios de comunicación deben promover acciones de prevención y educación contra el racismo por un período mínimo de 20 minutos al mes para las estaciones de televisión, de 40 minutos para las radios, una página al mes para los periódicos y revistas, y un «espacio» al mes en periódicos digitales y sitios de internet.

En cuanto a las entidades públicas y privadas, el artículo 22 dispone que, como resultado del proceso interno o administrativo se determine que existen indicios de responsabilidad penal, el hecho deberá ser puesto en conocimiento del Ministerio Público para ser tratado en el ámbito penal. Sin perjuicio de aplicar la Ley 045.

Artículo 17 sobre las sanciones

1. Sanciones de primer grado.- Serán sancionados con diez (10) a ciento cincuenta (150) días multa, los medios de comunicación que hayan incurrido en las conductas de los numerales 1, 2 ó 3 del artículo 16 del Decreto Supremo, por primera vez.
2. Sanciones de segundo grado. Serán sancionados con ciento cincuenta y uno (151) a trescientos (300) días multa, los medios de comunicación que hayan incurrido en las conductas de los numerales 1, 2 ó 3 del Artículo 16 del presente Decreto Supremo, por segunda vez.
3. Sanciones de tercer grado.- Serán sancionados con inhabilitación temporal de funcionamiento de ciento cincuenta (150) a trescientos sesenta (360) días calendario, los medios que hayan incurrido en las conductas de los numerales 1, 2 ó 3 del Artículo 16 del Decreto Supremo, por tercera vez.

Gobierno anuncia Ley de Medios

La ministra de Justicia, Nilda Copa, anunció que este año se aprobará una Ley de Medios, en la que se ampliarán las sanciones a empresas y periodistas. Al ser consultada sobre la situación de los trabajadores de la prensa en cuanto a las sanciones que implican las infracciones a la Ley Antirracismo, la autoridad declaró que en el reglamento hay sanciones específicas para el caso de los medios, pero en cuanto a los profesionales se tiene programada otra norma.
«Para este año se tiene prevista la construcción de una Ley de Medios de Comunicación. Ahí se ampliará otro tipo de sanciones. De igual manera, con una construcción colectiva», declaró. En el reglamento de la Ley 045 no se hace una referencia directa a los periodistas, en cuanto a sanciones o faltas, por lo que, en su momento, el viceministro de Descolonización, Félix Cárdenas, manifestó que los periodistas serán incluidos en una ley específica, que se refiera a sus actividades profesionales.

Opiniones

Ramiro Echazú
‘Es un atentado a la libertad de prensa’

«Es un nuevo atentado a la libertad de prensa y expresión porque penaliza la actividad periodística en Bolivia. Si bien no se establece el cierre definitivo de medios de comunicación, va a ir en perjuicio de los medios y, particularmente, de trabajadores que corren el riesgo de engrosar las filas de desocupados». (Ejecutivo de los trabajadores de la prensa).

Johnny Zeballos
‘Realizaremos un análisis del Reglamento’

«En la Asociación realizaremos un análisis del Reglamento,  pero en principio defendemos el principio de la libertad de expresión y consideramos que la Ley Contra el Racismo no deja de violar la libertad de expresión. Vamos a hacer una evaluación sobre la reglamentación. Entendemos que un reglamento no modifica una ley». (Director Ejecutivo de la ANP)

Boris Quisberth
‘Se rescató las propuestas planteadas’

«Nos parece importante y positivo que se tenga un reglamento de la Ley Contra el Racismo y vemos que las propuestas planteadas por sectores de la prensa y otros fueron rescatadas. Vemos que no se violan los derechos laborales ni de los trabajadores de la prensa». (Ejecutivo de los Trabajadores de la Prensa de La Paz)

Pedro Glasinovic
‘La ley ratifica  su carácter punitivo’

«El reglamento ratifica el carácter punitivo de la Ley Contra el Racismo y utilizaron una ley noble para controlar los medios de comunicación y atentan gravemente contra  la libertad de expresión y la propia Constitución Política». (Presidente de la Asociación de Periodistas de La Paz)

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Democracia en riesgo

Por La Razón

/ 5 de mayo de 2024 / 00:34

La reciente decisión de una sala constitucional en torno al “congreso del MAS-IPSP” convocado por dirigentes de la facción arcista constituye una tosca injerencia en las competencias del TSE. Y cruza un límite que pone en riesgo no solo la institucionalidad electoral, sino la propia democracia. Es fundamental ponerle freno antes de que conduzca a una deriva autoritaria.

 Una de las condiciones fundamentales de un Estado de Derecho es la autonomía e independencia de los órganos del poder público, además de su separación. Cuando uno o más órganos se subordinan a otro o surge una especie de suprapoder, esa estructura y organización funcional del Estado se resquebraja. Asimismo, cuando el sistema de gobierno empieza a depender de decisiones arbitrarias e inconstitucionales, la democracia está en riesgo. Estamos transitando ese muy peligroso umbral en el país.

En nuestro proceso de construcción y reforma estatal, no es nuevo que el Legislativo dependa de los mandatos del Ejecutivo. Tampoco es raro que la administración de justicia esté subordinada al poder político y a poderes fácticos. Lo crítico es que surja un suprapoder que imponga sucesivos fallos por fuera del marco constitucional y pisoteando la institucionalidad democrática. Desde el año pasado hay un suprapoder en Bolivia que, en consorcio con actores políticos, opera desde el TCP y algunas salas constitucionales.

A punta de sentencias, declaraciones y autos constitucionales, y algunas acciones de defensa, un arriesgado suprapoder está llevando a límites insostenibles el funcionamiento de los órganos del poder público y del sistema de gobierno. Así, bloquearon las elecciones judiciales, suspendieron las funciones de fiscalización de la ALP, se autoprorrogaron, beneficiaron a terratenientes y ahora están emitiendo “instrucciones” sobre las organizaciones políticas y los procesos electorales. Es inaceptable.

Es muy complicado y sensible para el TSE gestionar las disputas internas en los partidos, en especial en este momento la batalla entre facciones en el MAS-IPSP. Debe hacerlo en estricto cumplimiento de la Ley de Organizaciones Políticas y de los estatutos partidarios. ¿Qué ocurre cuando una sala constitucional, desde su filiación política, impone acciones que violan la normativa y vulneran las atribuciones del organismo electoral? Eso es lo que acaban de hacer, sin sonrojarse, los vocales Campero y Angles.

En un pronunciamiento difundido este viernes, las autoridades del Órgano Electoral Plurinacional exigen con timidez el respeto a la independencia de poderes para garantizar la democracia en el país. No es una exigencia menor. En realidad, se está advirtiendo que, si magistrados y jueces continúan perforando el sistema y la institucionalidad electoral, la democracia boliviana está en riesgo. Es fundamental que la disputa política no termine derrumbando el orden constitucional y el régimen democrático.

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Elección en suspenso

Las reacciones luego de conocido el fallo revelaron, cómo no, una nueva fuente de incertidumbre

Por La Razón

/ 2 de mayo de 2024 / 06:16

Como se decía días atrás en este mismo espacio, hace mucho que actores políticos y operadores judiciales están empeñados en frenar sin fecha las elecciones judiciales. El más reciente fallo constitucional ordena no solo paralizar el proceso, sino devolverlo al inicio y comenzar con una nueva ley de convocatoria; el argumento es la defensa de derechos, pero la intención tal vez no.

El 18 de abril, Yeny Duri, dirigente indígena y abogada, candidata eliminada en el proceso de preselección, presentó una acción popular en la que denunció que las aspirantes indígenas de Pando no recibían un trato equitativo en comparación con las de otros departamentos, señalando la falta de oportunidades equitativas en el proceso de preselección. La Sala Constitucional Primera de Cobija emitió el lunes una medida cautelar que suspendió el proceso de preselección en curso y luego, el martes, dictaminó que el proceso de preselección debía dejarse sin efecto completamente, argumentando que la convocatoria inicial no había considerado adecuadamente la inclusión de mujeres e indígenas, e instruyó elaborar una nueva.

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La reacciones luego de conocido el fallo revelaron, cómo no, una nueva fuente de incertidumbre, pues si bien hay voces, como la del expresidente Eduardo Rodríguez, quien argumentó que la Sala Constitucional de Cobija era incompetente para emitir tal fallo y que sus razonamientos eran improcedentes, sugiriendo que la Asamblea Legislativa debería continuar con el proceso de preselección, la Comisión Mixta de Constitución decidió entrar en cuarto intermedio hasta hoy, a la espera de la notificación oficial del fallo.

El Presidente de la Comisión, Miguel Rejas, del MAS, afirmó que la intervención de la Sala es una «aberración» y criticó duramente a los vocales que concedieron la tutela a la candidata Duri; dijo también que el fallo fue resultado de manipulaciones por parte de vocales y jueces, sugiriendo que algunos de ellos habían sido influenciados por quienes presentaron amparos.

A su vez, la senadora Andrea Barrientos indicó que el fallo de la Sala es «ilegal e inaplicable» y que ninguna sala constitucional tiene la competencia para declarar la inaplicabilidad de una ley, especialmente de la Ley 1549, que ha pasado por control constitucional y cuenta con amplio respaldo legislativo. El diputado por Creemos Leonardo Ayala argumentó que la decisión vulnera los derechos de los más de 400 postulantes habilitados para el proceso de preselección. El Presidente Nato de la Asamblea, como es habitual, no apareció.

La interminable sucesión de recursos judiciales y constitucionales, sumada a la incapacidad de las y los legisladores para acordar un plan de acción capaz de superar los obstáculos que unos y otros ponen en el camino, muestra todo, menos voluntad política, para cumplir con el mandato constitucional de realizar la elección de autoridades del Judicial. Mientras tanto, el sistema judicial boliviano se hunde irremediablemente.

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¿EJ en septiembre?

Por La Razón

/ 28 de abril de 2024 / 00:18

Renovadas acciones de amparo y medidas cautelares están paralizando nuevamente y dejan en incertidumbre las Elecciones Judiciales (EJ). Según lo establecido en la ley transitoria, este 5 de mayo debe concluir la fase de preselección de postulantes en la Asamblea Legislativa Plurinacional. Y el TSE anunció que la votación popular sería en septiembre. Hay duda sobre tales plazos.

Desde hace un año, el proceso electoral para renovar el Órgano Judicial y el Tribunal Constitucional está a la deriva. Según el mandato constitucional, las elecciones debieron realizarse en 2023. Pero políticos y operadores del sistema, en especial del TCP, se encargaron de frenar, congelar y a la postre postergar la elección. Como no se eligieron nuevas autoridades, los actuales magistrados (cuyo mandato ya se cumplió) decidieron autoprorrogarse. Fue como un guion escrito desde el principio para boicotear el proceso.

Como efecto de un bloqueo de caminos realizado en enero, finalmente la bancada oficialista en la Cámara de Diputados viabilizó las truncadas elecciones. Se aprobó entonces una ley de consenso que trazó la ruta, sus fases y los plazos tanto para la preselección a cargo de la ALP como para la votación bajo responsabilidad del TSE. Así, se publicó la convocatoria, se recibieron más de 700 postulaciones, se verificaron requisitos y se resolvieron las inhabilitaciones. Hasta ahí todo conforme a lo previsto.

En medio de la evaluación de méritos, incluida una prueba de conocimientos, varios postulantes inhabilitados por incumplir requisitos activaron demandas en la justicia para la reconsideración de sus casos. Todas esas acciones prosperaron dejando en suspenso el proceso de preselección de postulantes. Y el plazo corre. Luego de calificar los méritos, la Comisión Mixta de la Asamblea debe aprobar su informe, que será la base para la elección, por dos tercios, en sesión plenaria. Queda solo una semana.

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Es evidente que algunos actores políticos y operadores judiciales están empeñados en frenar sin fecha, nuevamente, las elecciones judiciales. Sería desastroso para la institucionalidad en el país en un contexto de alta desconfianza y de crisis. Por ello es sensato que la Comisión Mixta retome el proceso desde mañana. Tampoco sería una buena señal que se amplíen los plazos, ya que ello implica postergar la votación popular (quizás hasta octubre, lo que se superpone con las elecciones primarias).

Todos sabemos que las elecciones judiciales no solucionan la crisis del sistema de administración de justicia, pero al menos implican cumplir la Constitución y evitar que los autoprorrogados continúen degradando aún más el Estado de Derecho con sus decisiones a la carta. Por ello es fundamental que la ALP culmine pronto su trabajo de preselección con voluntad política y madurez democrática. Luego será el turno de la ciudadanía en las urnas. Y seguirá en agenda la cada vez más urgente reforma estructural del sistema.

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Un asunto oscuro

Según la presidenta ejecutiva de YLB, la acusación fue fruto de una investigación técnica realizada a lo largo de dos años

Por La Razón

/ 25 de abril de 2024 / 06:59

La todavía incipiente industria del litio en Bolivia no puede salir de las sombras. Al violento arresto del exministro de Minería y exresponsable de la planta en la región de Lípez en Potosí, Luis Alberto Echazú, se ha sumado, ayer, la muerte del exgerente ejecutivo de Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB). El tema se ha politizado y, ahora, judicializado, pero del negocio no hay más que promesas.

Los contornos del caso, la actuación presuntamente arbitraria e irregular de la Fiscalía el lunes, según denuncia del abogado de Echazú, así como las declaraciones de jerarcas y portavoces del ala evista del MAS, hacen pensar en intereses políticos ligados a la sorda pelea por el poder en el partido gobernante antes que en aquellos ligados al efectivo despegue de la industria del litio en el país. El intercambio de acusaciones, con y sin fundamento, en nada ayuda a reactivar el proyecto.

Lea también: Ley ‘antihombres’

El tono y el contenido de una “carta abierta” firmada por el exgerente de YLB, Juan Carlos Montenegro, otro de los imputados, antes de morir (incluyendo una última línea en la que pide perdón a sus seres queridos por el “dolor” que les causará “esta mi decisión”), hace pensar en que detrás de la acusación hecha el jueves de la semana pasada por la actual gerente del proyecto y el procurador del Estado, además de la sorprendentemente rápida actuación del Ministerio Público, hay mucho más que la búsqueda de justicia o de castigo a la corrupción.

Según la presidenta ejecutiva de YLB, la acusación fue fruto de una investigación técnica realizada a lo largo de dos años, asunto del cual ni ella ni su antecesor habían dicho nada anteriormente. Al ser conducido a celdas policiales, el exministro, ahora en detención domiciliaria, afirmó que “el Gobierno quiere ocultar tres años y medio” de parálisis en el que debería ser el proyecto más importante del Estado Plurinacional en los últimos años.

Coincidiendo con la denuncia de YLB contra exfuncionarios de la institución, el mismo día, el Presidente del Estado acusó a “potencias mundiales” y un “país vecino” de pretender controlar los recursos naturales del país, especialmente el litio, bloqueando las exportaciones y excluyendo a Bolivia en procesos estratégicos de comunicación. A la luz de lo sucedido en los últimos años, es evidente que el principal obstáculo está en el Estado y no fuera de las fronteras.

Mientras Chile se abre a las inversiones de riesgo compartido y se propone recuperar el sitial de primer exportador de litio en el mundo en los próximos dos años, y el presidente de Argentina busca entregar las reservas de su país a las transnacionales del sector, Bolivia todavía no ha mostrado cuál es su estrategia de industrialización y comercialización del preciado mineral, al extremo que ni siquiera ha transparentado los acuerdos (no contratos) que tiene con empresas chinas y rusas. Así, es imposible tener optimismo en el futuro del litio.

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Ley ‘antihombres’

Los datos son innegables y terribles: la violencia contra las mujeres, lejos de disminuir, persiste e incluso aumenta.

Por La Razón

/ 21 de abril de 2024 / 00:27

La penosa declaración del presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, en sentido de que la Ley 348 es una ley “antihombres” (sic), puso en agenda la cuestión irresuelta de la violencia contra las mujeres. Rodríguez recibió fuertes críticas, pero también adhesiones. Lo preocupante es que fomenta a grupos antiderechos y pone en riesgo una norma que protege a las mujeres.

 La ley integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia (Ley 348) fue promulgada por el presidente Morales en marzo de 2013. Su objeto es establecer mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección y reparación a las mujeres en situación de violencia, así como la persecución y sanción a los agresores. Se trata de una ley avanzada, resultado de muchos años de lucha de las mujeres por sus derechos en una sociedad patriarcal y machista como la boliviana.

En 11 años de vigencia, la Ley 348 permitió el registro de centenas de miles de denuncias de violencia contra mujeres en el país. Según datos del Observatorio de Género de la Coordinadora de la Mujer, el año pasado hubo casi 52.000 denuncias. Los casos de violencia familiar o doméstica, que son la mayoría, se incrementaron en 193% entre 2013 y 2023. Cada día, en promedio, hay 142 denuncias de violencia contra mujeres, 30 agresiones sexuales, 104 embarazos de niñas y adolescentes. En 2023 se registraron 81 feminicidios.

Los datos son innegables y terribles: la violencia contra las mujeres, lejos de disminuir, persiste e incluso aumenta. Por ello son deplorables afirmaciones tan ligeras como que la Ley 348 es una “ley antihombres” o, peor, que “la violencia no tiene género”. Si bien existen acusaciones falsas contra hombres, e incluso detenciones arbitrarias presumiendo culpabilidad, ello no atenúa ni menos niega la abrumadora evidencia de que las mujeres son las victimas sistemáticas de actos de violencia en todas sus formas.

En su capítulo de derechos fundamentales, la Constitución señala con claridad que “todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual y psicológica”. Y establece que el Estado tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género.

Con ese mandato constitucional, la Ley 348 define mecanismos para proteger a las mujeres. Y traza la ruta para la denuncia, persecución y sanción penal de los agresores.

Es evidente que se requiere una reforma normativa y hay valiosas propuestas para el efecto. Pero sobre todo fallan los operadores del sistema judicial. Claro que debe evitarse que haya hombres inocentes en prisión, pero sobre todo que los feminicidas y violentos estén libres. Las polémicas palabras del presidente del Senado tendrían que servir para debatir el tema, mejorar la ley, garantizar en serio para las mujeres una vida libre de violencia y frenar las muy peligrosas campañas antiderechos.

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