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Trabajadores deben aprobar sanciones contra el racismo

Dick advirtió que los más de 800 reglamentos adecuados presentados a la Dirección de Lucha Contra el Racismo son sólo «proyectos de reglamento», que aún no cuentan con la legalidad que otorga el Ministerio de Trabajo y, por tanto, no pueden aplicarse en caso de que ocurriera la comisión de algún delito tipificado en la Ley 045.

El plazo para la entrega de estos reglamentos feneció el 4 de abril. Según Mario Machicado, director de Lucha Contra el Racismo, 864 instituciones presentaron los documentos. Dick recordó que éstos no tienen el aval del Ministerio de Trabajo porque, desde el año pasado, este despacho dejó en suspenso la aprobación de todo reglamento, en tanto el país no cuente con una nueva Ley General del Trabajo.

El especialista aclaró además que cualquier modificación a los reglamentos, en este caso en lo que hace a las sanciones referidas a actitudes racistas o discriminatorias, debe ser aprobada, inicialmente, por los trabajadores.

«La Ley General de Trabajo establece procedimientos, los trabajadores dan su acuerdo a través de un acta que se envía al Ministerio de Trabajo para la aprobación del reglamento», explicó el laboralista. En ese marco opinó que el Ministerio de Culturas debería ordenar que se presenten documentos que posteriormente serán incorporados a los reglamentos.