Icono del sitio La Razón

Proyecto edil fija el procedimiento para aplicar multas a conductores

El Gobierno Municipal de La Paz concluyó el proyecto de Reglamento de Sanciones de la Ley Municipal de Transporte y Tránsito Urbano, que establece el procedimiento que seguirá la Guardia Municipal de Transporte (GMT) para imponer multas a conductores y choferes.

Este proyecto es uno de los siete que se necesitan para echar a andar la ley municipal, pionera en el país, que serán puestos a consideración de las organizaciones sociales, profesionales y vecinales del municipio de La Paz.

“El Reglamento de Sanciones regula los actos de conductores, operadores de transporte y usuarios que entorpecen el sistema de transporte”, dijo el alcalde de La Paz, Luis Revilla.

La propuesta, que en septiembre será sometida a consideración de la III Cumbre Social del Transporte junto con los proyectos de reglamento de Rutas y Recorridos y Tarifas,  tiene cinco capítulos,  88 artículos y cuatro disposiciones finales.

 En el Capítulo I se establece la diferencia entre las infracciones de tránsito y las de transporte.

Las primeras son de tuición sólo de la Policía Boliviana, a través del Organismo Operativo de Tránsito, y las segundas, son potestad del Gobierno Municipal, que regulará a los conductores y a los operadores del servicio público y privado (transporte escolar, de personal, etc.)  del transporte.

El artículo 8 establece que son infracciones de sanción exclusiva del Gobierno Municipal: incumplir rutas y recorridos, frecuencias de paso y horarios y efectuar cobros que excedan las tarifas establecidas, no tener tarjeta de operación y credencial de afiliación, y negarse a llevar pasajeros.

También declara infracciones de transporte el permitir el consumo de bebidas alcohólicas dentro de un vehículo, utilizar como paradas espacios no autorizados, brindar trato inadecuado a los usuarios, recoger o dejar pasajeros fuera de los puntos de parada, no respetar la capacidad del vehículo, no exhibir las tarifas, mantener en circulación un vehículo de servicio público, de pasajeros o carga, que no cumpla los requisitos, no mantener el vehículo en condiciones de higiene y limpieza, y el estacionamiento y las paradas momentáneas.  

La ley edil establece tres tipos de sanciones por infracciones de transporte: pecuniaria, administrativa y de servicio comunitario. “Las infracciones tienen que ser identificadas por la GMT, para ello se ha previsto el uso de un memorándum de infracción, que está en análisis porque hay tecnologías más eficientes”, señaló el Alcalde.

El memorándum será aprobado por la Autoridad Municipal de Transporte y Tránsito (AMTT) y la persona multada tendrá 48 horas para pagar en el sistema bancario.

 “Lo que busca la Alcaldía es recaudar más con las infracciones y nosotros no vamos a permitir que nos quieran usurpar funciones”, advirtió el comandante departamental de Tránsito, coronel Carlos Gutiérrez.

Federación rechaza los proyectos de reglamento

El secretario ejecutivo de la Federación Departamental de Transportes de La Paz, René Vargas, rechazó los proyectos de reglamentos que propone la Alcaldía paceña para implementar la Ley Municipal de Transporte y Tránsito Urbano, porque considera que ninguno fue consensuado  con su sector.  

“Si realmente el alcalde Luis Revilla tiene disposición de negociar con nosotros, debería haber convocado a nuestro sector para elaborar los reglamentos, pero sólo se trabajó con las juntas de vecinos. Por eso rechazamos todas las propuestas”, añadió.

Para Vargas, la única forma de que los choferes acepten las propuestas es que los reglamentos se elaboren “desde fojas cero” y sólo entre la Alcaldía y los choferes.

“Ya nos engañaron con la ley de transporte, si no consensúan nos resistiremos”, advirtió.  

Sin embargo, Revilla explicó que los documentos son propuestas que pueden ser modificadas, ya que serán puestas a consideración de la III Cumbre Social del Transporte, que se prevé se realizará en septiembre. “Estamos abiertos al diálogo con todos los sectores, queremos llegar a consensos”, afirmó.

Añadió que la concertación no se puede entablar sin una propuesta base. “No tiene sentido que nos sentemos a redactar artículo por artículo”.

Los operadores podrán ser suspendidos

La Autoridad Municipal de Transporte y Tránsito (AMTT) podrá imponer sanciones administrativas, no pecuniarias, a los operadores y choferes del servicio de transporte público y privado, dice el proyecto de Reglamento de Sanciones de la Ley Municipal de Transporte y Tránsito Urbano al que accedió La Razón.

El artículo 47 del proyecto establece cuatro tipos de sanciones: amonestación, suspensión temporal del operador, reversión de la ruta y la suspensión definitiva del operador en todas sus rutas, que es la más dura.

El proceso sancionatorio comienza con la presentación, a la AMTT, de una denuncia escrita de pasajeros, vecinos, el Control Social o por iniciativa de la propia Autoridad, en base a informes de la Guardia Municipal de Transporte.

Para que una denuncia sea considerada como tal, se requiere la firma del denunciante, su número de carnet de identidad y datos de contacto. También se ha previsto la presentación de denuncias a través de formularios de internet.

La suspensión, que se aplicará cuando se determine la comisión de faltas graves o gravísimas, por primera vez, no excederá los dos días de inhabilitación de uso de la ruta.

En caso de reincidencia, se determinará la suspensión por cinco días y la tercera vez se considerará la reversión de la ruta.

Según el artículo 103 de la ley edil de transporte, son infracciones gravísimas modificar rutas y recorridos, alterar frecuencias y horarios, entre otros. Son consideradas infracciones graves no respetar tarifas y no mantener en óptimas condiciones los vehículos.  El proyecto de reglamento dice que la suspensión temporal será de un día para sanciones leves, mayor a dos días para sanciones graves y mayor a tres días  para sanciones gravísimas, entre  éstas están el negarse a llevar pasajeros o no respetar los derechos de los usuarios.