Icono del sitio La Razón

CIDH destaca eliminación del desacato y recuerda que otros países derogaron leyes que criminalizan difamación de funcionarios públicos

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebró la decisión del Tribunal Constitucional de Bolivia de excluir de la normativa jurídica el delito de desacato, porque se constituye –refiere- en un importante avance en materia de garantizar la libertad de expresión. Además recordó que en distintos Estados se han derogado las leyes que criminalizan la difamación de funcionarios públicos.

La sentencia constitucional “constituye un avance ejemplar en materia de libertad de expresión y resalta la importancia de adecuar las legislaciones nacionales a los estándares internacionales en la materia”, destaca un comunicado de prensa de la Relatoría.

El Tribunal Constitucional Plurinacional declaró inconstitucional el artículo 162 del Código Penal, que establecía pena de prisión agravada para quien incurriera en calumnia, injuria o difamación en perjuicio de un funcionario público (desacato). Entre los argumentos para la decisión destacan la incompatibilidad con acuerdos internacionales y su efecto desproporcionado con el derecho a la libertad de expresión.

“La sentencia mencionada constituye un avance ejemplar en materia de libertad de expresión y resalta la importancia de adecuar las legislaciones nacionales a los estándares internacionales en la materia. La Relatoría Especial considera que la misma representa un avance trascendental en la protección y el fortalecimiento de la libertad de expresión en la región”, sostiene el organismo, parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Al menos 21 figuras políticas de oposición y ciudadanos que hicieron denuncias contra autoridades de Gobierno tienen juicios por desacato. El senador opositor Róger Pinto, asilado en la Embajada de Brasil desde junio; su colega Carmen Eva Gonzales; el líder de Unidad Nacional (UN), Samuel Doria Medina; el alcalde de La Paz, Luis Revilla, el gobernador suspendido de Tarija, Mario Cossío, asilado en Paraguay; y el gobernador de Santa Cruz, Rubén Costas, entre otros, tienen denuncias por este delito, ahora eliminado de la economía jurídica nacional.

“Relatoría Especial considera que la misma representa un avance trascendental en la protección y el fortalecimiento de la libertad de expresión en la región. En la mayoría de los Estados de las Américas no existe en la actualidad el delito de desacato”, establece parte del documento.

Autoridades bolivianas, entre ellas el vicepresidente Álvaro García, sostuvo que  recurrirán a otras figuras legales para defenderse de las falsas acusaciones de los opositores hasta tanto un nuevo Código Penal establezca la tipificación y sanciones para quienes “mientan o injurien a una persona o a una autoridad”.

La Relatoría recordó que en “distintos Estados se han derogado las leyes que criminalizan la difamación de funcionarios públicos”. Puso como ejemplo lo ocurrido en siete países, entre ellos Brasil, Uruguay y Argentina.

En abril de 2009, el Tribunal Supremo Federal de Brasil declaró incompatible con la Constitución Federal la Ley de Prensa, la cual imponía severas penas de cárcel y pecuniarias por los delitos de difamación e injurias cometidos por periodistas, mientras que en junio de 2009, el Poder Legislativo de Uruguay del Código Penal las sanciones por la divulgación de información u opiniones sobre funcionarios estatales y asuntos de interés público, salvo cuando la persona presuntamente afectada lograse demostrar la existencia de «real malicia».

En noviembre de 2009, añade, la legislatura de Argentina sancionó una reforma del Código Penal para remover la pena de prisión para los delitos de injuria y calumnia, y despenalizar los discursos sobre asuntos de interés público.