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Estacionamientos en vía pública, con los días contados en La Paz

El Reglamento Municipal de Paradas Momentáneas, Estacionamientos y Restricciones de Tránsito de La Paz, que se aplicará desde marzo, restringe el estacionamiento de vehículos en las arterias que se hallan dentro del área de restricción vehicular.

La norma busca regular el uso de las vías y combatir el abuso de vecinos, empresas y entidades públicas y privadas que se apropian de calles y avenidas para estacionar sus vehículos.

“Éste es uno de los reglamentos específicos que busca organizar el uso de la vía pública. El documento hace una clasificación de los tipos de estacionamientos y define parámetros generales sobre paradas momentáneas, estacionamientos y restricciones de tránsito”, informó Jimena Arauz, funcionaria de la Dirección Jurídica de la Alcaldía paceña.

La norma, de 35 artículos y tres disposiciones transitorias, comenzará a aplicarse desde el próximo mes, una vez que se consolide la Autoridad Municipal de Transporte y Tránsito (AMTT).   

El artículo 22, parágrafo I referido a la restricción de estacionamientos señala: “Se restringe el estacionamiento de vehículos motorizados en las vías que conforman el límite del área de restricción vehicular, en los horarios determinados por la AMTT”.

La restricción vehicular por número es una medida que rige desde 2011, a través de la Ordenanza Municipal 057, con el fin de regular el uso de la red vial en el centro de La Paz para evitar  el colapso vehicular en horas pico.

Restringido. Las vías donde se restringirán los estacionamientos en vía pública son la avenida 20 de Octubre, calles Fernando Guachalla, Capitán Ravelo, Avenida del Ejército, calle Díaz Romero, avenida Argentina, avenida Brasil, calle Cuba, plaza Benito Juárez, calles Guatemala, Gerónimo  de  Soria, avenidas  Tejada  Sorzano, Sucre, Armentia, Perú, Manco Kapac, plaza Eduardo Urquieta, avenida Apumalla.

También están incluidas la calle José María Asín, avenida Baptista, calle Lino Monasterios, avenida Entre Ríos, calle Nueva York, parque Niño Jesús, avenida Obispo Balderrama, calles Carrasco, Killman, Antonio Gallardo, Buenos Aires, 4 de Mayo, Rigoberto  Paredes, Boquerón, plaza Israel y la calle Otero de la Vega.

“Lo que se busca es organizar la circulación vehicular y el uso de las vías. En algunos casos hay problemas con instituciones o comercios que hacen un abuso de los estacionamientos y los anuncios de “reservado”, explicó la autoridad municipal.  

El parágrafo II del artículo 22 indica: “Constituye una restricción el reservar o apartar lugares de estacionamiento en la vía pública, así como poner objetos que obstaculicen el estacionamiento de vehículos motorizados”.

Hasta la fecha, la restricción de paradas estaba a cargo de la Alcaldía, que debía guiar a los conductores sobre las restricciones con el uso de señales de tránsito. Las sanciones y su cumplimiento estaba a cargo del Organismo Operativo de Tránsito. Con la implementación del reglamento, su cumplimiento queda en manos del Gobierno Municipal, explicó la funcionaria.

Según la Ley Municipal de Transporte y Tránsito Urbano, está prohibido estacionar vehículos sobre aceras, áreas verdes o espacios públicos destinados a los peatones. También se prohíbe el estacionamiento en vías primarias de la urbe, espacios destinados a personas con discapacidad, en vías que tengan prohibición y restricción, puentes, viaductos y túneles, entre  otros.

El estacionamiento incorrecto  en vías urbanas, parar momentáneamente en sitios que requieren un permiso excepcional y detenerse para cargar o descargar en las calzadas —sitios que pueden constituirse en un peligro— son consideradas por la ley municipal  como infracción grave, la cual será sancionada por el Gobierno Municipal según establece el Reglamento de Sanciones que será socializado próximamente.

PROBLEMA. El artículo 127 del Reglamento del Código de Tránsito prohíbe estacionar en lugares vedados, paradas del transporte público o delante de talleres mecánicos; pero en La Paz éstas y otras restricciones se ignoran, y particulares, funcionarios y hasta diplomáticos parquean donde quieren, según publicó este diario el 2 de septiembre de 2012.

En un recorrido por 18 puntos de la ciudad, La Razón observó que los conductores parquean sus coches donde quieren, a cualquier hora y por el tiempo que lo necesiten. El numeral 9 del artículo 389 del citado reglamento impone una multa de Bs 50 por no observar las señales de tránsito. El numeral 4 del artículo 382 sanciona con Bs 20 el estacionar incorrectamente en vías urbanas.

Respecto a los permisos excepcionales para paradas momentáneas y estacionamientos en vía pública, los parágrafos I y II del artículo 23 del Reglamento Municipal de Paradas Momentáneas, Estacionamientos y Restricciones de Tránsito de La Paz establecen que las personas naturales o jurídicas, instituciones públicas o privadas deben tramitar autorizaciones, que tendrán una vigencia determinada de acuerdo con las necesidades de los solicitantes.

Permisos. Según el alcalde de La Paz, Luis Revilla, con la normativa se pondrá en regla el desorden sobre los estacionamientos y frenarán los abusos que cometen comercios y otras instituciones.

El parágrafo IV del mismo artículo, señala que para habilitar estacionamientos en vías primarias, la autorización con carácter excepcional tendrá un máximo de 20 minutos.

Para el caso de las construcciones, y si es que la obra no cuenta con un espacio interior para carga o descarga de materiales, se emitirán permisos excepcionales.

 “Lamentablemente, hemos tenido casos de vehículos que se quedan por más de 24 horas en la vía. En casos extremos, como medida precautoria se verá la utilización del remolque para hacer prevalecer a norma”, sostuvo Araúz.

La funcionaria remarcó que cualquier institución pública o privada, debe tramitar los permisos excepcionales.  

“Se tiene que entender que la vía pública es de dominio público y el ordenamiento está a cargo del Gobierno Municipal de La Paz, pues la Ley Marco de Autonomía le da competencia exclusiva en este tema”, agregó.

Según esa norma, las alcaldías pueden brindar permisos excepcionales para la circulación vehicular, estacionamientos o paradas momentáneas. También puede emitir permisos excepcionales  de cierre y uso de vía pública para la ejecución de obras civiles.

Los parqueos privados deberán emitir facturas

Dueños de estacionamientos  deben reportar la existencia de coches sospechosos

Todos los estacionamientos privados de vehículos deben emitir facturas por la prestación de su servicio. Ésa es una de las ocho obligaciones de los propietarios o administradores de estacionamientos en el municipio de La Paz, según el artículo 12 del Reglamento Municipal de Paradas Momentáneas, Estacionamientos y Restricciones de Tránsito.

También deben poner a disposición de los usuarios, servicios higiénicos en condiciones de limpieza y seguridad; proporcionar vigilancia para la guarda y custodia de los vehículos y la seguridad de sus clientes, y llevar el registro del personal que trabaja en el estacionamiento.

Asimismo, se debe informar al usuario, mediante la colocación de anuncios, en un lugar visible al ingreso del estacionamiento, las tarifas que se cobrarán y los horarios para la prestación del servicio, además de tener a la vista la Licencia de Funcionamiento emitida por el gobierno local.
Todos los usuarios —dice ese reglamento— deben recibir boletos que consignen la hora de ingreso del vehículo y la placa de circulación.

Control. Los dueños o administradores de paqueos privados también están obligados a dar aviso a la Autoridad Municipal de Transporte y Tránsito (AMTT) y a la Policía Boliviana, cuando se introduzcan vehículos sin placas, con evidentes signos de accidentes de tránsito o cuando el conductor intente sacar un vehículo en evidente estado de ebriedad.

El reglamento clasifica los estacionamientos en dos clases: particular y público. Define como estacionamiento mixto, al espacio que es destinado a la guarda de vehículos  de uso público y particular; en los casos en los que se cobre una tarifa debe contar con Licencia de Funcionamiento.

En los ingresos y salidas de los parqueos se deberán colocar carteles indicadores, así como señalización luminosa visible para los peatones para evitar accidentes.

Requisitos que exigirá la alcaldía

Todo estacionamiento en área privada deberá cumplir con requisitos estructurales y arquitectónicos que fijará el gobierno local para la seguridad, higiene y comodidad del usuario. Asimismo, se dispone que estos sitios cuenten con espacios exclusivos para personas con discapacidad, previsión que será controlada por la Alcaldía.

Protestas sociales, sólo con un permiso edil

La norma busca que se coordine el cierre de vías y la circulación vehicular

El gobierno local de La Paz entregará permisos excepcionales de cierre y uso de vía pública para la realización de manifestaciones de protesta social u otros, dispone el inciso e) del artículo 27 del Reglamento Municipal de Paradas Momentáneas, Estacionamientos y Restricciones de Tránsito que entrará en vigor en marzo.

La norma no tiene el objeto de permitir o no la realización de una protesta pública, y sólo busca coordinar el cierre de vías para evitar el caos vehicular.
En 2011, la Alcaldía hizo el cálculo del Factor de Cierre de Vías sobre la base de un estudio de conflictividad, y estableció que de los 365 días del año, en promedio, 109 días las calles de La Paz están cerradas por conflictos sociales.

Regulación. Según el reglamento, las solicitudes de marchas y protestas deberán contener una nota expresa de compromiso de los organizadores de excluir a sectores vulnerables en dicha actividad —niños, discapacitados, ancianos— que puedan ser dañados por el desarrollo de la misma.
También deberán presentar la información de las vías que serán cerradas y su uso (marcha, cabildo, plantón, etc).

El trámite máximo de estos permisos excepcionales durará una semana y el mínimo de 24 horas. “La tramitación de este tipo de solicitudes deberá ser realizada  en el día otorgando en todos los casos el permiso excepcional, no pudiendo ser rechazada la petición. La solicitud de permiso excepcional tendrá como único objetivo la planificación y ordenamiento de la circulación vehicular a efectos de garantizar el derecho a la libre circulación de la población”, indica la norma.

En 2006, La Paz soportó 524 marchas y 189 bloqueos; en 2007, 1.458 marchas y 259 bloqueos. En 2008, 960 movilizaciones y 279 bloqueos. En 2009, 1.339 marchas y 438 bloqueos y en 2010 se registraron 1.221 manifestaciones callejeras y 291 bloqueos. Los datos fueron recabados de la Policía, del Instituto Nacional de Estadística (INE) y la Fundación UNIR.