Sancionan Ley Integral; hay dudas por la alternativa de conciliación
Conducto. La norma será entregada hoy al Ejecutivo para su posterior promulgación
La Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia fue sancionada ayer. La norma incorpora al feminicidio como delito y prevé sanciones hasta de 30 años de cárcel, pero hay dudas en su aplicación para el área rural por la conciliación.
“En plenaria, la Cámara de Diputados sancionó la Ley Integral, luego de revisar las cinco modificaciones que realizó el Senado, que fueron más por cuestiones de redacción. Mañana, a primera hora, será remitida al Ejecutivo para que el Presidente la promulgue”, informó el presidente a. i. de la Cámara de Diputados, Lucio Marca.
Entre los principales aspectos de la norma están la inclusión de políticas públicas, de prevención contra la violencia y la persecución penal a agresores, que además implica la modificación de artículos al Código Penal.
El feminicidio, que es el asesinato a una mujer por su condición de género, es el punto más importante de la ley porque será incorporado en el Código Penal como delito, con una pena privativa de hasta 30 años de cárcel y sin derecho a indulto para el agresor, indicó Betty Tejada, presidenta de la Cámara de Diputados.
La norma define 17 formas de violencia física, psicológica, sexual y económica, para las cuales se establecen sanciones desde trabajos comunitarios, detenciones de fines de semana, inhabilitación de profesión, multas de hasta el 50% del salario del agresor y de 1 a 30 años de cárcel, según el delito.
También se establece la asignación de ítems para fiscales y tribunales explícitamente para casos de violencia y la creación de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia hacia la Mujer, cuya función será auxiliar, investigar, identificar y aprehender a los presuntos agresores. Asimismo, el funcionamiento de servicios de atención integral, servicios integrados de justicia plurinacional y en cada municipio, además de casas de acogida y refugios temporales.
Procedimiento. En el caso de la solución de conflictos por violencia intrafamiliar, el artículo 46 se refiere a la conciliación. Tejada indicó que será la mujer o la víctima quien decida si se da o no este procedimiento. “Si la mujer o víctima siente que su derecho es conculcado, no tiene por qué hacerlo. Se convierte en la única persona que puede tener la iniciativa”, aclaró. La norma admitirá la conciliación por una vez, de lo contrario el proceso seguirá un curso expedito.
Este aspecto originó dudas sobre su aplicación en el área rural, donde hay diferentes costumbres de conciliación, cuando existen peleas en un entorno familiar.
La viceministra de Justicia Indígena Originaria Campesina, Isabel Ortega, explicó que si la pareja pelea por primera vez, los padrinos intervienen para que ambos concilien; si la situación se repite, el agresor figura en un libro de actas, lo que es considerado un hecho vergonzoso en la comunidad.
“En una tercera ocasión, los comunarios derivan el caso a la justicia ordinaria. Son las costumbres, pero una ley se debe obedecer, así que vamos a ver la forma de socializar con las organizaciones indígenas”, dijo Ortega.
Por su parte, Norma Piérola, diputada de Convergencia Nacional, sostuvo que la ley excluyó a la justicia comunitaria y olvidó que la conciliación es un requisito para proceder a una acción penal, según la Ley 025 del Órgano Judicial. “En la justicia comunitaria se concilia sin entrar a la justicia ordinaria. La ley integral excluyó la capacidad que tienen los pueblos indígenas a título de endurar la norma, no hay acción penal sin conciliación”, expresó.
Contenido de la nueva norma
Artículos
La Ley Integral contiene 100 artículos divididos en cinco títulos. En el documento se establecen ocho disposiciones transitorias y dos disposiciones abrogatorias y derogatorias.
Fecha
La norma sería promulgada por el presidente Evo Morales el 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer.
El Código Penal incluirá el feminicidio como delito
El artículo 84 de la Ley Integral determina la incorporación en el Código Penal la figura de feminicidio con una pena privativa de 30 años sin derecho a indulto del agresor. “Se sancionará con la pena de presidio de treinta (30) años sin derecho a indulto, a quien mate a una mujer, en cualquiera de las siguientes circunstancias…”, señala la ley para la modificación del artículo 252 del Código Penal.
Se definen 9 circunstancias; entre ellas que el autor sea o haya sido conviviente de la víctima, por la negación de la mujer en tener una relación con el agresor, cuando la víctima está en estado de gestación y otros.
Casos. Este castigo fue planteado en los últimos años por organizaciones que defienden los derechos de la mujer, sobre todo por el Centro de Información y Desarrollo de la Mujer (Cidem) e impulsado con mayor trascendencia tras el asesinato de la periodista Hanalí Huaycho, quien murió a manos de su esposo con 15 puñaladas asestadas.
Los datos del Cidem indican que entre 2009 y 2012 se registraron 354 casos de feminicidio en todo el país, de todos ellos ninguno tiene sentencia. En lo que va de 2013, el Cidem tiene alrededor de 30 feminicidios reportados y entre ellos figura el caso de la periodista de PAT.
Ley integral en favor de las mujeres
Presupuesto
La primera disposición transitoria establece que a partir de 2013 se asignarán recursos del Tesoro General de la Nación a las entidades del nivel central para el propósito.
Medios
En el artículo 23 se prohíbe a los medios de comunicación difundir contenidos discriminatorios vinculados a la violencia contra las mujeres y sus derechos.
Refugios
Los artículos 24 y 25 establecen la creación de servicios de atención integral, casas de acogida y refugios temporales de forma gratuita para las víctimas de violencia.
Rehabilitación
Los agresores deberán someterse a una terapia de rehabilitación, por orden judicial. La terapia no sustituirá la sanción impuesta, según el artículo 31.
Fuerza Especial
La norma determina la creación de una Fuerza Especial de Lucha contra la Violencia y la asignación de jueces y fiscales especializados en temas contra la violencia a mujeres.
Reclusión
Los secuestros serán sancionados con 1 o 3 años de cárcel, la violación con 15 a 20 años, lesiones graves y leves con 6 y 3, gravísimas con 5 a 12 años de cárcel.