Para Candia, fallo afecta a la Alcaldía
Proceso. La Resolución 07/2013 evitaría la reparación de los daños económicos, dice

La exalcaldesa Gaby Candia tildó de ilegal la resolución del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declara ejecutoriada una sentencia a ocho años de prisión. Además, cree que ésta causa la caducidad en la reparación de los daños a la comuna.
“El Tribunal Departamental de La Paz no puede ratificar una sentencia, como se ha informado. Dicha Corte ha declarado ejecutoriado un fallo de caso de corte en contra de las leyes”, aclaró la exautoridad en una nota pública.
Candia se refirió a la Resolución 07/2013 del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, del 16 de abril de 2013, por la cual se declara ejecutoriada la sentencia del 3 de febrero de 2004 de la misma Corte, en la que se dispone para Candia una condena de ocho años por malversación y uso indebido de influencias.
“La única instancia que puede legalmente ejecutoriar esta sentencia es el Tribunal Supremo de Justicia, una vez resuelta la apelación a la sentencia del año 2004”, sentenció la exalcaldesa.
historial. Según los antecedentes del caso, en 1997 la gestión de Candia aprobó la Resolución 443, que autorizó el pago de $us 1,6 millones para la expropiación de un terreno en el cerro Santa Bárbara, propiedad que nunca pasó a la comuna. La Alcaldía de La Paz pagó el dinero a un propietario que no figuraba como tal en Derechos Reales.
El proceso ya lleva 15 años y la sentencia de 2004 de la Corte de La Paz no fue cumplida por apelaciones y recursos planteados ante la justicia boliviana e internacional, por lo que la resolución de abril de este año genera un nuevo escenario legal.
“Con esta ilegal resolución del Tribunal Departamental de La Paz se refrenda, adicionalmente a la flagrante violación de derechos humanos contra mi persona y la caducidad de la acción civil para la reparación de daños económicos”, acotó en el documento.
Al pretender ejecutoriar la sentencia del año 2004, la acción civil para el resarcimiento del daño económico debió haberse iniciado hasta el año 2006 como plazo máximo permitido por ley, explicó la exburgomaestre.
Según Candia, debido a que el Gobierno Municipal de La Paz no inició dicha acción en 2006, la misma se encuentra caducada por efecto de la Resolución 07/2013. “Por lo que la comuna paceña, como parte civil en este caso, se convierte en el primer responsable de la caducidad de la acción civil para recuperación del daño económico”, afirmó.