Alcaldía indica que normas viales pueden ser cambiadas
El Alto. Reglamentos entrarán en vigencia en noviembre
El Alcalde de El Alto promulgó, el jueves, cuatro reglamentos de la Ley Municipal de Transporte. Pero los documentos aún no entraron en vigencia, lo harán en noviembre. Las autoridades ediles anuncian que éstos podrán ser modificados.
“Los reglamentos fueron promulgados, pero ahora se debe trabajar con los choferes y se podrán modificar de acuerdo con las observaciones”, explicó el director de Asesoría, Abraham Aliaga.
Los cuatro documentos fueron aprobados por el Alcalde el jueves 17, día en que la Federación de Juntas Vecinales (Fejuve) convocó a un ampliado para analizar si continuaba o no con las medidas de protesta. El martes protagonizó un paro de 24 horas con un pliego de diez puntos. El principal fue exigir mayor control al autotransporte. Ese día el burgomaestre señaló: “Desde la primera semana de noviembre pondremos en vigencia estas normas, es un tema urgente”.
Ayer se supo que las normativas no ingresaron en ejecución de manera inmediata porque aún faltaba consensuarlas con los transportistas. El secretario ejecutivo de la Federación Andina de Choferes 1° de Mayo, Silverio Paca, anunció que se reunirá con las autoridades municipales para revisar los cuatro textos.
La Razón tuvo acceso a los cuatro reglamentos de la Ley Municipal de Transporte. El primero es: Reglamento a la Guardia Municipal de Transporte; el segundo, Reglamento de Infracciones y Sanciones al Transporte y Tránsito Urbano; el tercero, Reglamento de Uso de Vías de Transporte Urbano; y el cuarto, Reglamento del Comité Multidisciplinario de Transporte y Movilidad Urbana.
La norma de Guardias Viales les otorga la facultad de “emitir las boletas de infracción de acuerdo con el reglamento específico, que sean de competencia municipal”. Este punto era una de las observaciones que el Organismo Operativo de Tránsito hacía a esta nueva unidad. Los uniformados policiales consideran que la imposición de multas al autotransporte es de su exclusiva competencia.
También hay disposiciones para controlar al servicio de transporte en la normativa de Infracciones y Sanciones. En este documento se lee que los motorizados de transporte están prohibidos de estacionarse en medio de la calzada para cargar o descargar pasajeros, entre otros aspectos.
La norma de Uso de Vías prohíbe las paradas momentáneas o estacionamientos en seis arterias de la Ceja: Distribuidor de la Ceja; avenida Héroes del Kilómetro 7; avenida 6 de Marzo, hasta desvío o cruce a Viacha; avenida Tiwanaku; avenida Jorge Carrasco, y avenida Franco Valle, entre otras restricciones viales.
A éstos se añadió el reglamento del Comité Multidisciplinario, mediante el que se instruye la conformación de un ente con la participación de las organizaciones sociales y de las autoridades municipales, que servirá para definir los lineamientos y políticas en materia de transporte. Estas normativas están sujetas a la aprobación de los transportistas para entrar en vigencia la primera semana de noviembre.
Los reglamentos
Guardias viales
Los guardias municipales deberán trabajar en tres grupos durante una jornada laboral. En ese lapso controlarán a los conductores que se encuentren en rutas no permitidas, a quienes estacionen en lugares prohibidos. Deberán regirse a los reglamentos de la Ley Municipal de Transporte.
Uso de vías
Queda prohibida la parada momentánea sobre aceras, áreas verdes o sobre espacios públicos destinados a peatones, recreación o conservación; en espacios destinados exclusivamente a personas con discapacidad; en carriles para transporte masivo, y en las puertas de hospitales. Se restringe el uso de vías a actividades diferentes al tránsito vehicular en puntos específicos como avenidas y plazas principales.
Sanciones
Existen dos tipos de sanciones administrativas y pecuniarias. En la primera, los infractores recibirán memorandos de amonestación, realizarán trabajo comunitario, serán sujetos de decomisos o suspensión temporal de recorridos de uno a 15 días o serán pasibles a la anulación definitiva del permiso municipal.
Multidisciplinario
La principal labor del Comité Multidisciplinario será la de vigilar el cumplimiento de la Ley Municipal de Transporte. Además, de proponer la creación, suspensión o modificación de las unidades administrativas. Sus miembros no recibirán ninguna remuneración
Faltas gravísimas tienen una sanción de Bs 360
Los operadores del servicio de transporte público y los sindicatos pagarán una multa de Bs 360 por cada falta gravísima cometida, según el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley Municipal de Transporte de El Alto.
En este tipo de infracciones se hallan: agredir verbal o físicamente a miembros de la guardia municipal, incumplir las rutas y modificarlas, cambiar discos, efectuar cobros excesivos y no contar con el permiso municipal.
Por faltas leves cancelarán Bs 160, en esta categoría se tienen: no controlar la higiene personal o del vehículo o no exhibir las tarifas aprobadas. Por faltas graves pagarán Bs 200, entre ellas se tienen: tratar mal al usuario y otras sanciones.