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Nueva ley pasa a notarios tuición de resolver declaratorias de herederos

La Cámara de Diputados aprobó este jueves en su estación en detalle el proyecto de Ley del Notariado Plurinacional, instrumento legal que permitirá a los notarios de fe pública atender y resolver requerimientos de declaratoria de herederos.

La ministra de Justicia, Cecilia Ayllón, dio a conocer que este proyecto de ley permitirá disminuir los tiempos para la resolución de procesos voluntarios, en este caso, posibilitará que los pedidos de declaratoria de herederos sean resueltos en 15 minutos y no en aproximadamente cuatro meses como sucede actualmente.

Esta es una de las fortalezas del proyecto de ley que, además, transferirá a los notarios la atribución de disolver matrimonios, siempre y cuando no sean casos controversiales, como ser, por ejemplo, cuando existen hijos o hijas de por medio.

«Las declaratorias de herederos van a pasar a tuición de los notarios, lo que va a ayudar también a que la función jurisdiccional quede alivianada y los jueces se ocupen de lo que verdaderamente deben hacer, conocer procesos donde haya conflicto y posteriormente impartir justicia», explicó la ministra.

De acuerdo a la ministra, el hecho de trasladar las atribuciones de los juzgados de familia a los notarios permitirá alivianar la carga procesal existente en la justicia en, al menos, un 75 por ciento.

«Los jueces instructores van a tener apenas un 25 por ciento de trabajo y el 75 por ciento va a pasar a la función notarial, esto nos va a permitir desjudicializar los procedimiento voluntarios, favoreciendo en todo caso al acceso a la justicia», informó.

La declaratoria de herederos actualmente requiere los servicios de un abogado, quien mediante memoriales pide a un juez de instrucción proceder con tal acción a favor de determinadas personas, para ello se requiere la compra de valores para que los documentos ingresen al Tribunal Departamental de Justicia y de ahí pasen a los juzgados de instrucción para que siga su trámite legal.

El proyecto de Ley del Notariado Plurinacional consta de 115 artículos, seis disposiciones transitorias, dos disposiciones finales, una disposición adicional y una disposición abrogatoria. La Cámara de Diputados lo derivó al Senado para su tratamiento.