Las 11 claves de la ley para mascotas de La Paz
Los animales de compañía pueden transportarse en el servicio público de pasajeros si cuentan con las medidas de seguridad necesarias.
Este martes, el Gobierno Municipal de La Paz promulgó la Ley Municipal Autonómica para Animales de Compañía que fija entre otros aspectos la prohibición de pasear un perro o un gato sin identificación. Además, los dueños de una mascota peligrosa deben certificar sus antecedentes y pedir permiso a la Policía.
Las 11 claves de la ley edil
1. Los dueños tienen la obligación de proporcionar a la mascota “agua fresca y alimento en calidad y cantidad adecuada” además de dotarles de “un espacio apropiado que les permita desarrollarse y protegerse de las condiciones climáticas adversas”.
2. Los animales deben ser inscritos en el Registro Municipal en sus tres categorías: Registro Municipal de Animales de Compañía y Animales de Servicio o Asistencia y el Registro Municipal de Perros Peligrosos para la Seguridad Ciudadana.
3. Es obligación el cuidar de la salud de las mascotas de manera integral y evitar someterlos a cualquier tipo de dolor o sufrimiento. Deben hacerlo vacunar una vez al año contra la rabia y otros patógenos, así como desparasitarlos periódicamente.
4. Deben adoptarse las medidas necesarias para evitar que al circular se conviertan en una amenaza para las personas y/u otros animales.
5. Quien circule por la vía pública con un Animal de Compañía debe pasear a su animal con correa y placa de identificación, además de un bozal si es necesario. Además, deben portar insumos para recoger sus heces.
6. Los animales de compañía pueden transportarse en el servicio público de pasajeros si cuentan con las medidas de seguridad necesarias.
7. Para registrar a un animal de compañía, el dueño debe garantizar un collar oficial con el número de registro, el nombre del perro, el lugar donde vive y datos del propietario.
8. Para registrar un animal peligroso, el propietario requiere una autorización de la Policía y un certificado de antecedentes penales
9. Se prohíbe la comercialización o adopción de animales de compañía que no cuenten con registro. En tanto, todo animal que se encuentre en veterinarias o tiendas con fines de venta, deben estar esterilizados
10. Queda prohibida la instalación, administración y/o mantenimiento de criaderos de animales de compañía en el territorio del Municipio de La Paz. La venta solo está permitida en lugares autorizados como veterinarias o tiendas de animales de compañía.
11. Desde ahora está prohibida la entrada de perros y/o gatos en los locales destinados a la fabricación, preparación, almacenaje, expendio o venta, transporte y manipulación de alimentos