Nueva ley edil de expendio de bebidas alcohólicas regulará recepciones folklóricas y espectáculos para adultos
“Esta Ley incorpora una categoría de autorización para los galpones o espacios grandes donde se realizan las recepciones sociales. Antes se alquilaban estos espacios amplios frente a un vacío de la Ley, por ello lo incumplían. No tenían ningún asidero para su funcionamiento. Ahora existe esta autorización para aquellas recepciones que tengan que ver con las fiestas folklóricas”, explicó el concejal Fabián Siñani.
El Concejo Municipal de La Paz aprobó la nueva Ley Municipal de Control y Expendio de Bebidas Alcohólicas Nº263 que reemplaza a la Ley 049. El nuevo cuerpo legal regula los galpones donde se realizan recepciones sociales y también los locales que ofrecen espectáculos para adultos.
“Esta Ley incorpora una categoría de autorización para los galpones o espacios grandes donde se realizan las recepciones sociales. Antes se alquilaban estos espacios amplios frente a un vacío de la Ley, por ello lo incumplían. No tenían ningún asidero para su funcionamiento. Ahora existe esta autorización para aquellas recepciones que tengan que ver con las fiestas folklóricas”, explicó el concejal Fabián Siñani, según cita una nota de prensa del Gobierno Municipal.
El cuerpo legal, define seis categorías para que accedan aquellos espacios donde se expenden o consumen bebidas alcohólicas: a) cuya actividad principal es el expendio y consumo (discotecas, karaokes, bares, pubs, choperías); b) aquellos donde terceros desarrollan eventos sociales (salones de fiestas); c) espacios culturales privados (centros culturales, café concert´s); d) donde se desarrollan espectáculos para adultos; e) donde la actividad principal es la venta de bebidas cerradas (licorerías, supermercados especializados y distribuidores); f) donde secundariamente se los venden (tiendas de barrio, almacenes, supermercados, otros).
Un segundo aspecto nuevo de esta norma, es la regulación de los locales que ofrecen espectáculos para adultos. Estos centros no estaban regulados y obtenían su licencia bajo otras categorías equivocadas —según Siñani—. Ahora, están incluidos en la nueva norma y deberán cumplir diferentes requisitos para su funcionamiento.
“En esta nueva Ley se señalan todas las obligaciones que deben cumplir este tipo de locales, ya no sólo a espacios, baños o condiciones para atender a los usuarios, sino tiene que tener la seguridad mínima para las personas que trabajan, en muchos casos damas. Está expresamente prohibido cualquier tipo de otra actividad que no sean los espectáculos para adultos, no pueden ejercer trabajo sexual en este tipo de locales”, añadió.
En julio del 2012, entró en vigencia la Ley Nacional de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, que concede competencias a los gobiernos municipales para su ejecución, razón por la cual el Gobierno Municipal aprobó la Ley Autonómica Nº 049, la misma que es remplazada por esta nueva norma.
Asimismo, Siñani dijo que se han optimizado los plazos y procedimientos para la obtención y renovación de este tipo de negocios. “Los plazos oscilaban entre 70 hasta 100 día, y durante ese tiempo ese local se encontrar sin licencia, y eso es irregular, dado que no debiera estar en trámite tanto tiempo”.
El documento también detalla todas las condiciones técnicas, de infraestructura y de seguridad que los locales deben cumplir para poder expender bebidas alcohólicas. (07/12/2017)