Activistas levantan huelga de hambre y piden al Presidente vetar artículo sobre causales del aborto
La huelga de hambre fue instalada hace diez días en contra del artículo que amplía las causales del aborto en el proyecto de ley del Código de Sistema Penal, que ya fue sancionado en el Legislativo y ahora está a la espera de su promulgación.

Tras diez días en huelga de hambre, un grupo de representantes de la Plataforma por la Vida y la Familia levantaron este viernes la extrema medida, que instalaron en el atrio de la Iglesia La Merced, en contra del artículo 157 del nuevo Código del Sistema Penal que amplía las causales para despenalizar el aborto.
“Hoy día levantamos la huelga porque hemos cumplido con la misión encomendada por el pueblo boliviano (…) Nuestro compromiso con la ciudadanía ha sido presentar la demanda de veto presidencial en contra del artículo 157 referido al aborto y sus causales, como verán la carta está con el sello de recepción y hemos cumplido con el pueblo boliviano”, explicó Guillermo Cortez, delegado de esta Plataforma.
El veto presidencial es un recurso que permite al Presidente observar el o los artículos de una determinada norma, lo que implica que lo devuelva a la Asamblea Legislativa para su ajuste o modificación.
“Esperamos que el presidente en ejercicio Álvaro García Linera pueda leer la demanda de veto presidencial presentada y considere los argumentos que contiene, de tal manera que no llegue a promulgar la Ley, sino que la devuelva a la Cámara de origen para que sea revisada”, sostuvo.
El 6 de diciembre cinco personas instalaron un piquete de huelga de hambre en el atrio de la Iglesia La Merced, a pocos pasos del centro del poder político, la plaza Murillo. La extrema medida, que también se instaló en Santa Cruz, exigía anular la ampliación de las causales de la interrupción del embarazo.
El artículo 157 penaliza el aborto en caso de que sea sin consentimiento de la mujer, pero abre causales que determinan que no constituirá un delito cuando la interrupción sea solicitada por la mujer —hasta las ocho semanas de gestación— siempre que la solicitante tenga a su cargo personas de la tercera edad, con discapacidad u otros menores consanguíneos; que sea estudiante; que se lo practique para prevenir un riesgo presente o futuro para su vida; que se detecten malformaciones fetales; que sea consecuencia de reproducción asistida no consentida; y que el embarazo sea consecuencia de violación o incesto y si la embarazada es niña o adolescente.
El artículo está incorporado en el proyecto de ley del Código de Sistema Penal, que el jueves fue sancionado en la Asamblea Legislativa Plurinacional, con el voto de la mayoría oficialista. Ahora está en manos del Ejecutivo su promulgación para su vigencia.
Cortez advirtió que de promulgarse esa norma traerá “graves consecuencias legales” a nivel internacional, debido a que se estarían incumpliendo tratados internacionales en los que Bolivia se comprometió a ser garante de la vida.
El activista también agradeció el apoyo de los legisladores Horacio Pope, Bernad Gutiérrez, Erick Morón y María Paz, quienes se comprometieron a presentar el recurso abstracto de inconstitucionalidad de este artículo. (15/12/2017)