Morales promulga ley que deroga los artículos 137 y 205 del Código Penal
También fueron abrogados los decretos 3091 y 3092 que establecían la regulación y fiscalización y control al Sistema Nacional de Salud y la libre afiliación, respectivamente. Ambas normas eran rechazadas por los médicos.
El presidente Evo Morales promulgó la ley que terminó por derogar los artículos 137 sobre homicidio culposo en accidentes de tránsito y 205 de mala práctica del Código del Sistema Penal. También fueron abrogados los decretos supremos 3091 y 3092 sobre regulación del sector de salud que cuestioban los médicos.
El 10 de enero de este año –a través de la Ley 1025– se concretó la derogación del artículo 205 rechazado por el Colegio Médico de Bolivia, que durante 47 días mantuvo una huelga general con suspensión de la atención en consulta externa y cirugías en el servico público y de la seguridad social.
Varios sectores apoyaron la movilización, que ahora continúa desde diferentes frentes con la consigna de anulación de toda la normal penal. El artículo 205 legislaba sobre la mala práctica profesional y los galenos consideraban que se penalizaba la práctica médica.
También exigían la anulación de decretos que regulaban al sector salud, incluido el privado en lo relativo a aspectos como el costo de sus servicios. El 10 de enero el gabinete ministerial aprobó, mediante el Decreto Supremo 3453, la abrogación de los decretos supremos 3091 y 3092.
El primero creaba la Autoridad de Fiscalización y Control del Sistema Nacional de Salud que se encargaba de regular la fiscalización y control al Sistema Nacional de Salud. Y el segundo autorizaba la libre afiliación, la desafiliación y reafiliación gradual en el Seguro Social Obligatorio a Corto Plazo.
El artículo único del decreto de abrogación señala la anulación de un tercer decreto supremo, el 3385, norma complementaria y de modificación al 3091.
El decreto 3453 establece que el presidente Evo Morales “conmovido por el sufrimiento y el dolor del cual son víctimas miles de bolivianos que se ven restringidos al acceso a la salud por una por una medida extrema e irresponsable asumida por el sector salud hace más de 40 días, hecho que afectó fundamentalmente a la vida y a la salud de los pobres, ha decidido abrogar los decretos supremos referidos precedentemente”.
La disposición transitoria señala que los activos, pasivos, patrimonio, presupuesto y procesos de contratación en curso y documentación de la Autoridad de Fiscalización y Control de la Seguridad Social a Corto Plazo y los Subsectores Público y Privado de Salud serán asumidos por el Ministerio de Salud o la entidad que sea designada por este Ministerio.
El sector del transporte también demandó la anulación del artículo 137 sobre homicidio culposo en accidente de tránsito, sin embargo algunos organizaciones del sector persisten con medidas de presión con la demanda de anulación de toda la norma. (15/01/2018)