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Reglamento limita tenencia de canes peligrosos a dos por persona

El reglamento de la Ley de Regulación de Tenencia de Perros Peligrosos para la Seguridad Ciudadana (553) es redactado por Pofoma, que fijó como requisito para la autorización que cada persona tenga un máximo de dos canes y que éstos sean esterilizados.

Hace un año que la Policía Forestal y de Preservación del Medio Ambiente (Pofoma) trabaja en el reglamento de la Ley 553, que se promulgó el 1 de agosto de 2014. El artículo 8 de esta norma faculta a la Policía para emitir las autorizaciones de la tenencia de los perros considerados peligrosos, específicamente de 11 razas (ver recuadro).

Además, el artículo 9 establece como requisitos ser mayor de edad y no tener antecedentes judiciales ni penales. Pero éstos son insuficientes para Pofoma por los casos de agresión que se suscitaron en los últimos meses y el hallazgo en ferias de perros de razas peligrosas para peleas. Por ello se exigirá otros cuatro más dentro del reglamento de la Ley 553, señaló el director departamental de Pofoma La Paz, Walter Andrade.

El primer requisito adicional para obtener la autorización es que el can sea esterilizado, con la finalidad de evitar la reproducción y la sobrepoblación. “Si tengo un dogo argentino hembra y si quiero tener otro, que sea macho, ahí estableceremos que estén esterilizados. Además, esto ayudará a que el animal disminuya su agresividad”, detalló. 

Andrade recordó que en tres años hubo siete personas atacadas por perros de raza pitbull y rottweiler, tres de ellas fallecieron, por lo que consideró necesario reducir la cantidad de estos animales.

Lo segundo es que ninguna persona tendrá más de dos autorizaciones para la tenencia de estos canes. Ello para evitar la crianza de animales de pelea.

El tercer requisito es que el animal esté registrado en un sistema biométrico de control con huella nasal, el cual será implementado por la Policía Boliviana.

“El registro consiste en escanear la nariz del animal, cuya huella es única, no hay dos iguales, para que los datos estén en un sistema que ayudará a tener un mayor control”, indicó.

No obstante, esto aún es analizado debido a que implica tecnología y recursos económicos que no puede cubrir la Policía.

Pofoma intentó plasmar la marca nasal de los perros en el sistema de huella dactilar, pero la plataforma no respondió. 

Andrade anticipó que, una vez registrado el can, el propietario no podrá reemplazar esa autorización en caso de que fallezca. Cuando el reglamento esté vigente, la Policía hará operativos y decomisará a todo animal sin registro.

En un año y tres meses, Pofoma comisó en operativos unos 60 canes de razas dogo argentino, pitbull, rottweiler y bull terrier.

La Ley 553 exige antecedentes penales para el permiso y en el reglamento se incluyen certificados de antecedentes de la Dirección de Prevención e Investigación de Robo de Vehículos (Diprove), la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV) y otros.

Pofoma prevé concluir la redacción a fin de año, como máximo, para su posterior aprobación. (24/04/2019)