Icono del sitio La Razón

Conozca los 17 espacios prohibidos para fumar

Áreas protegidas, empresas privadas con actividad industrial, parques, discotecas y 100 metros a la redonda de los colegios son parte de los 17 espacios donde está prohibido fumar, según la Ley del Tabaco, que fue sancionada por el Legislativo.

“Como país hemos dado un gran paso en la lucha contra el tabaquismo, porque ahora estará prohibido fumar no solo en los hospitales, sino en ambientes cerrados como comercios, cines, teatros, bibliotecas, supermercados, museos y otros”, afirmó Pamela Cortez, presidenta de la Alianza Bolivia Libre Sin Tabaco, que junto a otras instituciones perfilaron el documento hace dos años.

La Ley de Prevención y Control al Consumo de los Productos de Tabaco, nombre específico de la norma, fue sancionada por el Legislativo y remitida el jueves al Ejecutivo para su promulgación. Se tiene previsto que en un periodo de 180 días el Ministerio de Salud elabore la reglamentación.

Entre sus principales características está la definición de 17 espacios (ver infografía) donde estará prohibido fumar, cuando el presidente Evo Morales ponga la norma en vigencia. Cortez destacó que se incluyó la restricción a 100 metros de áreas protegidas y cuerpos de agua (ríos, lagos, lagunas y otros), un aporte del Ministerio de Medio Ambiente, “porque otro de los efectos del tabaquismo es el daño ambiental”.

SANCIONES

En el caso de incumplimiento, la norma establece infracciones leves, graves y gravísimas, y tres tipos de sanciones: decomisos, amonestaciones y multas pecuniarias, cuyo monto será fijado dentro del reglamento.

De acuerdo con la infracción cometida y en el marco de sus competencias, el Ministerio de Salud, las gobernaciones y las alcaldías serán las instancias responsables del cumplimiento de la ley y la ejecución de sanciones. Con los recursos que se obtengan de infractores se implementará programas de prevención y tratamiento a quienes dependen del tabaco.

“Aquí entrará el Sistema Único de Salud (SUS) y los recursos provendrán de las sanciones”, agregó Cortez. La norma obliga además a señalizar estos 17 sitios como “Ambiente 100% libre del humo de tabaco”.

Se impide habilitar espacios para fumar en todos éstos. Pero además se fijan cuatro prohibiciones generales: la distribución y venta de cigarrillos por unidad, la venta de éstos a menores de 18 años, la exhibición de productos en sitios que faciliten al usuario tomarlos directamente o al alcance de niños, y venta por máquinas expendedoras. La publicidad, promoción y patrocinio por cualquier medio de difusión y en puntos de venta callejera también están prohibidos.

El Decreto Supremo 29376, del 12 de diciembre de 2007, establece que los cigarrillos y todo producto de tabaco deben colocar en el 50% de su envase advertencias sanitarias, aprobadas por el Gobierno, sobre el daño que causan a la salud.

La norma sancionada sube el porcentaje a 60%. El consumo de tabaco es uno de los principales factores de riesgo de varias enfermedades crónicas, como el cáncer, enfermedades pulmonares y cardiovasculares, según la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Según datos del Consejo Nacional de Lucha Contra el Tráfico Ilícito de Drogas, citados por Alianza Bolivia Libre Sin Tabaco, el 25% de la población adulta en Bolivia consume tabaco. La presidenta de la Cámara de Senadores, Adriana Salvatierra, recordó que la Organización Panamericana de la Salud (OPS) participó en la elaboración de la ley, además del sector productivo, puesto que no es el interés generar la asfixia de una industria”. (05/10/2019)