A dos metros de distancia, solo dos familiares pueden acceder a un muerto con COVID-19 en Bolivia
El Ministerio de Salud aprobó el protocolo de manejo y disposición de los cadáveres. Prohíbe el contacto físico de los dolientes con el cuerpo y los velorios y dispone que los difuntos “pueden ser enterrados o preferentemente cremados”.
El 30 de marzo el Ministerio de Salud de Bolivia llenó un vació y aprobó el protocolo para el manejo y disposición de los cadáveres con COVID-19. La norma no recomienda autopsias, prohíbe el contacto físico de los dolientes con el difunto, restringe a dos familiares directos el acceso a la sala donde estén sus restos, quienes deben permanecer a dos metros de distancia.
En esa fecha aprobó mediante la Resolución Ministerial Nº 0175 el ‘Procedimiento para el manejo y disposición de cadáveres de casos de COVID-19’.
La aplicación de estas directrices nacionales –dice la norma– y recomendaciones será en todo el ámbito nacional, establecimientos de salud públicos y privados, de convenio, de la seguridad social.
Es de cumplimiento obligatorio por la Policía Boliviana, Fuerzas Armadas, Ministerio Publico y Poder Judicial, Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), gobernaciones, alcaldías, cementerios, servicios funerarios y otras instancias que tiene que ver con el manejo y disposición de cadáveres.
El objetivo del protocolo es disminuir el riesgo de transmisión de esta enfermedad, aunque no existen datos o estudios científicos que precisen el tiempo de supervivencia del virus en los cadáveres, por lo que estos son “potencialmente un medio de transporte y/o foco de transmisión”.
A continuación, los 23 pasos que fija el procedimiento.
- El cadáver debe ser embalado y transferido / trasladado lo antes posible después del fallecimiento, antes de 24 horas.
- La preparación y embalaje del cuerpo se debe realizar en la sala o habitación donde ocurrió la defunción.
- Se debe mantener íntegro y limitar al máximo la manipulación del cadáver.
- Para alistar del cuerpo no se debe retirar ninguna prenda.
- Retirar dispositivos médicos no invasivos que deben ser desinfectados con solución de hipoclorito de sodio que contenga 5000 ppm de cloro activo (dilución de 1 por 10 preparada recientemente).
- No retirar catéteres, sondas o tubos que puedan contener los fluidos.
- No realizar preparación del difunto (limpieza de cuerpo, ordenamiento del cabello, recorte de uñas, y afeitado).
- Restringir el acceso para ver el cadáver, a solo a 2 familiares directos, que deberán utilizar el equipo de protección personal o EPP (bata, barbijo común y guantes)
- Los dolientes deben mantener una distancia con el cadáver no menor a dos metros lineales.
- Bajo ninguna circunstancia podrán tener contacto físico con el cuerpo, ni con las superficies u otros enseres del entorno o cualquier otro material, por el riesgo de contaminación.
- El personal hospitalario debe envolver el cadáver con la sábana que cubre la cama donde fue atendido.
- Rociarlo con una solución de hipoclorito de sodio (lavandina) al 10%.
- Introducirlo en la bolsa sanitaria mortuoria de cierre hermético, específica para cadáveres, de al menos 150 micras de espesor, impermeable, resistente a la presión de gases y de preferencia biodegradable.
- La bolsa, una vez cerrada con el cadáver en su interior, debe ser pulverizada con desinfectante de uso hospitalario o con la solución de hipoclorito de sodio.
- En caso de no contar con la bolsa mortuoria, se deben utilizar sábanas, preferentemente impermeables, que deben ser rociadas con solución de hipoclorito de sodio al 10%.
- La sala o habitación del paciente, debe ser limpiada y desinfectar con solución de hipoclorito de sodio que contenga 5.000 partes por millón cloro activo (dilución de 1 por 10 preparada recientemente).
- Después de la preparación y embalaje del cadáver, se debe comunicar al personal o persona encargada de la funeraria de la causa de la muerte para que se apliquen las medidas de protección.
- El cuerpo puede ser trasladado a la morgue del establecimiento donde será depositado de forma transitoria, por un lapso no mayor a 12 horas.
- Los difuntos por COVID-19 “pueden ser enterrados o preferentemente cremados”.
- No se debe realizar velatorios.
- La bolsa con el cuerpo debe ser entregado al servicio funerario para su depósito en ataúd o contenedor de cremación, seguido del traslado al sitio de destino final (horno crematorio y/o cementerio).
- El ataúd que ya no se podrá abrir una vez cerrado.
- Las cenizas pueden ser manipuladas, ya que no representan ningún riesgo.