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Ministerio de Trabajo dispone ocho horas de trabajo continuo en julio, entre las 05.00 y 18.00

El Ministerio de Trabajo dispuso a través de la Resolución Ministerial N° 255/20 que la jornada laboral para el sector público y privado en todo el territorio del Estado, a partir del miércoles 1 de julio y hasta el 31 de julio, deberá desarrollarse en horario continuo, durante ocho horas, entre las 05.00 y 18.00.

“El horario de ingreso y salida para el sector público debe ser escalonado, dividido en grupos con intervalos de media hora de diferencia, realizándose el ingreso a partir de las 07.30”, establece el documento.

Los trabajadores de la Policía, Fuerzas Armadas, Salud, Seguridad Social y otros de empresas públicas y privadas que, por la naturaleza de sus actividades, no se adecuen al desarrollo de actividades en estos horarios, están exentos del cumplimiento.

Jornadas laborales excepcionales

El Ministerio de Trabajo determinará jornadas laborales excepcionales en cada uno de los municipios, a través de resoluciones emitidas por los Comités de Operaciones de Emergencia Departamentales (COED), que deberán darlo a conocer al Ministerio, de manera formal.

El Decreto Supremo N° 4276 amplió el plazo de la cuarentena nacional condicionada y dinámica hasta el 31 de julio de 2020.

(30/06/2020)