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Trabajadores sin carnet de vacunación anti COVID no podrán ser retirados

El Ministerio de Trabajo informó este martes, mediante un comunicado, que la aplicación de los decretos supremos 4640 y 4641, que pone en vigencia el Carnet de Vacunación contra el COVID-19, no significa una disminución de los derechos laborales de los trabajadores, ni tampoco un motivo para que el empleador los despida.

“La aplicación de las disposiciones contenidas en los decretos supremos señalados, no significa la disminución de los derechos laborales de las y los trabajadores dependientes, mucho menos podrán ser aplicados como causal de desvinculación”, reseña un comunicado institucional emitido este martes por esa cartera de Estado.

El documento, publicado en las redes sociales de ese Ministerio, señala que los decretos anteriormente mencionados, recuerda que ambos decretos entraron en vigencia el 1 de enero de 2022.

Asimismo, el Comunicado también afirma que quienes, por motivos personales y otras causas e incluso por desinformación, no se hubieran vacunado, deben cumplir con la presentación de la prueba PCR, con una vigencia de hasta 48 horas.

Una normativa vigente permite que los trabajadores dispongan de dos horas para que puedan asistir a inmunizarse contra el COVID-19.