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Por ley, Santa Cruz aprueba su currícula regional y un consejo educativo con representantes de la Iglesia

La norma establece el derecho a elección de educación de los padres de familia. Foto: ABI.

Por medio de una ley, el gobierno departamental de Santa Cruz ordenó la creación y aplicación de una “currícula regionalizada” para la educación de los niños y adolescentes, a través de la conformación del Consejo Educativo Departamental, en el que se incluirá a representantes de la Iglesia Católica y la Iglesia Evangélica.

La Ley Departamental 297 figura como promulgada el 18 de mayo de 2023; fue publicada en la página de la Gaceta Oficial del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz el 7 de julio. La denominaron Ley Departamental de Desarrollo Humano y Políticas Sociales para Niños y Adolescentes sobre Educación y Currícula Regionalizada en Santa Cruz.

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“La currícula regionalizada Departamental consiste en el conjunto organizado de planes y programas, objetivos, contenidos, criterios metodológicos y de evaluación en materia educativa para el Departamento de Santa Cruz. (…) Deberá incorporar mínimamente en su contenido el patrimonio cultural tangible e intangible del Departamento; su identidad, historia, valores culturales, religiosos, sociales y económicos, así como las actuales características naturales y culturales cosmopolitas y de crisol de la bolivianidad que tiene el pueblo cruceño” (sic), señalan los parágrafos I y II del artículo 7 de la norma.

SANTA CRUZ

Además, establece que deberá incluir contenidos para personas con discapacidad y adultos mayores para una “efectiva inclusión en los procesos de aprendizaje”. La Gobernación asegura, con la ley, promover una participación de los actores educativos en esta currícula educativa regional.

“El Consejo Educativo Departamental de Santa Cruz-CEDSCZ, es la instancia consultiva, de análisis, elaboración y desarrollo de la propuesta de la currícula educativa regionalizada para el Departamento de Santa Cruz”, detalla el artículo 9.

¿Quiénes conformarán este consejo? La norma instruye que el Gobernador de Santa Cruz lo preside y son parte también funcionarios del gobierno departamental; representantes de cada uno de los cinco pueblos indígenas de Santa Cruz; de las asociaciones de colegios privados, de las federaciones de maestros urbanos y rurales; y de la Junta Departamental de Padres de Familia. Además, se contempla la participación de religiosos.

El artículo 10 de la norma indica que un representante de la Iglesia Católica; así como de la Iglesia Evangélica del departamento serán parte de este consejo.

“De acuerdo a las necesidades y los temas a tratar, se podrá invitar a otras personas e instituciones a que participen de las reuniones del Consejo Educativo Departamental, con derecho a voz, pero sin voto”, dicta el parágrafo IV de dicho artículo.

La ley establece también que los padres de familia tienen derecho a «elegir la educación para sus hijos». “El Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz fomentará e informará sobre la currícula educativa a las madres, padres del departamento a través de los canales e instancias para tal efecto”, indica el parágrafo II del artículo 13.