El Gobierno advierte con multas a colegios que incrementen las pensiones escolares
La norma indica que deberán pagar el 10% de sus ingresos brutos. El viceministro Silva anunció que velarán por el cumplimiento de la resolución de Educación
El viceministro Jorge Silva habla con los medios de comunicación. Foto: RRSS
Las unidades educativas particulares que incrementen las pensiones escolares serán pasibles a una multa del 10% de sus ingresos brutos, advirtió este sábado el viceministro de Defensa de los Derechos del Usuario y Consumidor, Jorge Silva.
La autoridad recordó que el Ministerio de Educación emitió esta semana la Resolución Ministerial 001/2024; que prohíbe el incremento en las pensiones escolares.
“La resolución señala las sanciones por incumplimiento a cualquier unidad educativa. La misma oscila en el 10% de los ingresos brutos que tiene cada colegio. Es decir, si una unidad privada tiene como ingreso bruto Bs 1 millón, la sanción tendrá que ser de Bs 100.000; aplicando esta fórmula que establece la resolución ministerial en el marco del proceso sancionatorio que tenemos en el país”, explicó Silva a los medios de comunicación.
Asimismo, adelantó que esta semana se reunirán con la Asociación de Padres de Familia de Colegios Particulares para coordinar las acciones que realizarán para el cumplimiento de la normativa.
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Pensiones escolares
“A través de una resolución, el Ministerio de Educación señaló que las pensiones escolares para la gestión 2024 no tienen ningún incremento; es decir, se mantienen vigentes de acuerdo con los pagos realizados en 2023. Se congelan las pensiones escolares”, acotó.
La Resolución Ministerial 0001/2024 fue presentada el martes por el Ministerio de Educación, y determina que “no deberá existir incremento en las pensiones escolares” de unidades educativas particulares en la gestión 2024.
Durante la presentación de la normativa, el ministro Édgar Pary dijo que “para nosotros (Ministerio de Educación) está ratificado como estaba en la gestión pasada; por ahora no vamos a anunciar nada respecto al incremento en los establecimientos particulares”.
El documento indica que los establecimientos educativos privados están prohibidos de realizar cualquier cobro adicional a las diez pensiones anuales. Especifica que no se puede cobrar por reservas de plazas, matrículas o derechos de inscripción.