Medios y racismo
La constante vigilancia de los propios medios es la que debiera evitar los excesos
Ante la protesta de periodistas y medios de comunicación por los artículos 16 y 23 de la Ley Antirracismo, la ONU llamó a concertar el reglamento, algo muy difícil de conseguir cuando uno de los sectores, el que protestaba, se rehusó a discutir su posicionamiento.
En efecto, las asociaciones Nacional de Periodistas de Bolivia y de Periodistas de La Paz, y la Asociación Nacional de la Prensa declinaron participar en la nueva etapa de este proceso. Las primeras argumentaron que habían sido marginadas de la redacción de la ley y la segunda, que no podía ser parte de la reglamentación de una ley que, supuestamente, atenta contra la libertad de expresión.
Para los más maliciosos, los referidos artículos, desarrollados en la reglamentación, constituyen una seria amenaza a la libertad de expresión: el riesgo de que sean aplicados con discrecionalidad podría derivar en sanciones injustas como la suspensión de medios de comunicación por hasta 360 días.
Una vez más, tal cual lo hizo en su momento, La Razón celebra la vigencia de una ley antidiscriminación necesaria para el país, pero recoge el temor de sectores que insisten en que existe la posibilidad de un manejo arbitrario de determinados casos. Sin duda, sería una gran pena que los artículos 16 y 23 acaben desvirtuando todo lo positivo que tiene la Ley 045, que recoge el espíritu de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, el Plan de Acción de Durban y los designios del cabal artículo 14 de la Constitución Política del Estado.
Afortunadamente, el Reglamento establece claramente en su artículo 21 que no habrá obligación por terceros, con lo cual se libera de culpa a los informadores por opiniones ajenas. Y se estipula que no generará responsabilidad directa al medio la publicación o difusión de contenidos «como parte de cobertura informativa o de las tareas propias de la comunicación, sin que constituyan defensa o elogio de acciones de racismo y discriminación».
Ciertamente hay riesgos y potenciales injusticias en una aplicación politizada de esta norma y su reglamento, los mismos que para cualquier otra norma que involucre sanciones, sean administrativas, civiles o penales; sin embargo, será la constante vigilancia de los propios medios de comunicación, para el caso que nos ocupa, la que debiera evitar estos excesos, a tiempo de eliminar los propios, que es lo que se busca en última instancia.