Rasgos de una consulta indígena
No se trata de convencer desde arriba a los indígenas sobre algo que el Estado ya tiene bien decidido
En los talleres y charlas con los expertos de Naciones Unidas que nos visitaron hace dos semanas y los documentos de trabajo preparados para ese evento, describiendo algunos casos recientes en otras partes de América Latina, resaltan aspectos como los siguientes:
1. Es clave que una consulta sea previa, libre, informada, de buena fe y realizada a través de las instituciones y organizaciones de los propios pueblos indígenas. Mucho cabría decir sobre cada uno de esos conceptos. En mi anterior entrega (LR 15-04-2012), ya enfaticé los efectos que han ocurrido en varias partes por haberse pasado por alto lo de ser “previa”. ¡Cuánto podríamos añadir sobre los otros tres! No se trata de convencer desde arriba a los indígenas sobre algo que el Estado ya tiene bien decidido y posiblemente financiado. Ambos lados tienen mucho que enseñar pero también que aprender.
2. El fin de estas consultas es llegar a concertar consensos, y éstos son los que deben ser de carácter obligatorio; no sólo la opinión o en “veto” de una de las partes. Mientras éstos no se logren, el Estado debe suspender acciones que vayan contra los indígenas.
3. Lograr tales acuerdos y consensos, de una manera realmente digerida, lleva inevitablemente su tiempo, tomando en cuenta usos y costumbres para informar, deliberar, negociar, etc. Este tipo de procesos es muy distinto de esas otras “consultas” a que ya nos tienen acostumbrados los gobiernos, como los referéndums, en que sólo cabe responder SÍ/NO o abstenerse. La meta no es que gane el SÍ o el NO, aunque sea por sólo un voto, lo que a su vez puede provocar polarizaciones y fragmentaciones de las propias instituciones indígenas.
4. Concertar acuerdos más cualitativos implica permanentes concesiones y reflexiones en una y otra dirección. Son más importantes los cómo, cuándo, en qué casos sí y en qué casos no… Queda claro por qué el alto comisionado de NNUU en Bolivia, Denis Racicot, ya ha expresado reiteradamente la necesidad de no imponer plazos cortos y perentorios.
5. Por lo mismo, más allá de decisiones muy concretas, por ejemplo, sobre una carretera o una represa, los procesos de consulta son algo en permanente construcción. No son simples trámites administrativos y burocráticos. Es un intercambio de saberes para beneficio de ambas partes.
6. La institucionalidad, tanto del Estado como de los pueblos indígenas y sus organizaciones, tiene que jugar un rol clave en ello, más allá de caudillismos, populismos, prebendalismo o simples recuentos de votos. Y otros varios etc., en que ya no puedo entrar por falta de espacio.
El Gobierno, las organizaciones indígenas y la sociedad en general deberían ver hasta qué punto esos criterios encajan con lo que ha venido ocurriendo. Por ejemplo en la Ley 222 y su Protocolo, recientemente aprobado, no sé con cuánta participación indígena contaron. O en las diversas marchas y antimarchas de los últimos meses. Para poner algunos ejemplos entre tantos: ¿Se ha ceñido a este espíritu el tema de la “intangibilidad” o no del TIPNIS? ¿O esos tan frecuentes negocios mercantiles y prebendalismos de las consultas, en que se compra y vende el SÍ o el NO: “Te apoyo si me das tanto”?