El Vicepresidente del Estado calificó la decisión de concederle asilo al senador Pinto en Brasil como “desatinada”. No obstante, este fallo sirvió para cuestionar la pertinencia de eliminar o sustituir el desacato por otra figura jurídica en el Código Penal. Necesario y pertinente debate.
Extraído del derecho romano, el desacato condena las injurias contra una autoridad estatal. Esto significa que difamar a un funcionario público es mucho más grave que injuriar a una persona particular, lo cual fractura el principio básico de igualdad ante la ley. Además, esta figura ha sido tradicionalmente empleada para proteger a los gobiernos de posibles críticas de la ciudadanía, especialmente de los medios de comunicación. De allí que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos haya calificado a las leyes de desacato como atentatorias a la libertad de expresión e incompatibles con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, convenio suscrito por el país.
Estos y otros motivos han promovido su eliminación de la normativa internacional; y en los regímenes democráticos, hace ya varios años que ha empezado a desaparecer como delito independiente de las violaciones contra el honor hacia cualquier persona. Cabe esperar que en Bolivia se proceda de igual manera.