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Impuestos a bancos

En los últimos seis años, la industria de intermediación financiera boliviana reportó utilidades por aproximadamente mil millones de dólares y alcanzó un nivel patrimonial de 1.200 millones en la misma moneda; les fue bien, a pesar de las turbulencias financieras externas que desde 2008 son una amenaza por el riesgo de contagio al sistema financiero nacional.

Dado este excelente desempeño financiero de bancos, fondos financieros privados, mutuales y cooperativas de ahorro y crédito, las autoridades fiscales decidieron establecer una alícuota complementaria al impuesto a las utilidades del 12,5% a  entidades cuya rentabilidad sea mayor al 13%. La primera lectura que se dio a la medida es que se busca obtener mayores ingresos fiscales para dedicarlos al gasto. Por otro lado, se afecta a la patrimonialización de los intermediarios financieros, desincentivando nuevos aportes de capital. Razonamiento válido pero incompleto.

La decisión del Gobierno de fijar una alícuota adicional podría constituirse en una interesante herramienta de control y supervisión que promueva un crecimiento de calidad de la industria financiera boliviana que, administrada con eficiencia, puede significar un pilar de resistencia ante un posible tsunami financiero, del cual ninguna economía e industria de intermediación financiera está libre. Hay dos posibilidades.

La primera: Si la entidad financiera tiene una rentabilidad mayor al 13% es porque asume más riesgos y obtiene mayores rendimientos, entonces se aplica el 25% más el 12,5% a las utilidades declaradas, y el Gobierno, en lugar de destinar esos nuevos recursos al gasto corriente, puede crear un fondo para contingencias financieras. El mensaje  es: si un agente financiero quiere asumir mayores riesgos en procura de mayor rentabilidad, debe aportar en caso de que suceda la desgracia financiera.

La segunda: Si la entidad financiera tiene una rentabilidad menor al 13% es porque asume menos riesgos y sus rendimientos son menores, o si los asume está previendo y reconociendo una posible pérdida o, finalmente, está incrementando el capital por el incremento de utilidades. En ese caso se aplica únicamente el 25% y el Gobierno no tiene recursos adicionales, pero ha logrado que los agentes económicos midan con mayor cautela la expansión crediticia basada en mayores riesgos. El mensaje es: si un agente financiero asume mayores riesgos, deberá internalizar los mismos reteniendo mayores utilidades y capitalizando o reconociendo la posible pérdida, lo que es un mecanismo privado en caso de que suceda la misma desgracia financiera.

Así, pues, esta medida impositiva, gestionada con habilidad, puede constituirse en una herramienta eficiente de supervisión indirecta y de administración de crecimiento del sector financiero, que por su naturaleza es tomador de riesgos y fuente de posibles y dolorosas pérdidas.