Promesa pendiente
Al menos se debería incluir la circunscripción especial de Chuquisaca
Una de las principales innovaciones en la conformación de la Asamblea Legislativa es la creación de circunscripciones especiales, que permiten la representación de pueblos indígena originario campesinos que constituyen minoría poblacional en los departamentos. Este mandato constitucional ha encontrado límites en la legislación y constituye una promesa pendiente.
La CPE determina la existencia de circunscripciones especiales y define los criterios para su delimitación. Empero, no establece su número ni la forma de elección o designación de los representantes indígena originario campesinos. Dichas disposiciones fueron derivadas a la ley, que definió la creación de sólo siete circunscripciones especiales y determinó que las postulaciones pueden hacerse a través de las organizaciones políticas o mediante sus propias organizaciones.
Las circunscripciones especiales responden a una demanda y aspiración de las naciones y pueblos indígena originario campesinos. Y su número definitivo quedó pendiente de resolución. En abril de 2009, cuando se aprobó la Ley de Régimen Electoral Transitorio, el gobernante MAS señaló que provisionalmente serían siete circunscripciones. Se acordó entonces que ese número podía ampliarse más adelante cuando se cuente con mayoría en las dos cámaras (en ese entonces el Senado estaba controlado por la oposición).
En julio de 2010, cuando se aprobó la Ley de Régimen Electoral (y el MAS disponía de dos tercios en ambas cámaras), las circunscripciones especiales se mantuvieron en siete, con el argumento de que el número sería reconsiderado cuando se cuente con los nuevos datos del censo. En ese entonces las organizaciones y diputados indígenas electos planteaban que las circunscripciones especiales debían ser al menos 14. Otras voces pedían 34, una por cada pueblo indígena minoritario.
Finalmente llegaron los datos del Censo 2012 y está en curso la redistribución de escaños entre los departamentos, lo que incluye la redefinición del número de circunscripciones indígena originario campesinas. El hecho es que en la propuesta técnica del Tribunal Supremo Electoral (TSE), que al parecer será aprobada sin modificaciones en la Asamblea Legislativa Plurinacional, se mantienen solamente las siete circunscripciones especiales ya establecidas. No hay pues avance en esta promesa pendiente.
Es de esperar que en la discusión prevista en la Asamblea a propósito de la reasignación de escaños, que incluye cambios en las circunscripciones uninominales y plurinominales, se considere también la cuestión de las circunscripciones especiales. Seguramente no para atender la demanda de incremento a 14 o más realizada por las organizaciones indígenas, pero al menos para incluir la circunscripción indígena originario campesina de Chuquisaca, a fin de dar estricto cumplimiento a la Constitución.