Accidente aéreo, ¿y los responsables?
De haber habido un carro de bomberos, el desenlace en Riberalta hubiese sido más afortunado
En la Constitución de 2009 las competencias entre los niveles de gobierno se distribuyeron de una manera muy desatinada. Según el Art. 298, parágrafo I, el control del espacio y tránsito aéreo en todo el territorio nacional, así como la construcción, mantenimiento y administración de aeropuertos internacionales y de tráfico interdepartamental, es una competencia privativa del nivel central del Estado.
Sin necesidad de citar las competencias departamentales y municipales, con la redacción “tráfico interdepartamental” el legislador nos comunica que el nivel central es el titular de todos los aspectos relacionados al transporte aéreo en el país. Sucede que la mayoría de los aeropuertos en Bolivia tienen al menos una ruta que conecta a dos departamentos.
Una distribución competencial descentralizada y ecuánime hubiese otorgado los aeropuertos con rutas internacionales al nivel central del Estado; los aeropuertos exclusivamente destinados a rutas interdepartamentales, al nivel departamental y, para los municipios, los aeropuertos con rutas intermunicipales dentro del mismo departamento.
El poder y la concentración de una competencia sólo significan satisfacción y beneficios para el que los ostenta. El poder es una responsabilidad, una promesa de servicio a sus semejantes. Si el nivel central tuvo la previsión de centralizar la competencia antes descrita, también tuvo que haber previsto proveer fácticamente
el servicio.
La tragedia aérea que resultó en el deceso de ocho pasajeros durante el aterrizaje de la aeronave de la aerolínea Aerocon en Riberalta evidenció el precario estado y administración de los servicios aéreos y aeroportuarios en el territorio nacional. Las reacciones no se dejaron esperar, siendo las de los funcionarios públicos las más precipitadas. Éstos declararon acerca de la sospecha de un avión en mal estado, de un piloto irresponsable, también se hicieron promesas de acciones penales contra la aerolínea. Todo lo anterior antes de que se presentase un peritaje oficial por parte de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC).
Hasta que llegue el peritaje de las dos cajas negras desde Brasil solamente se puede especular sobre los motivos del lamentable aterrizaje. Certidumbre sólo hay sobre lo siguiente: que después de que el avión se estrellase sobre la pista del aeropuerto, todos los ocupantes seguían con vida y, que la administración del Aeropuerto (AASANA) no contaba con el personal ni los equipos necesarios. De haber habido un carro de bomberos, el desenlace de la tragedia en Riberalta hubiese sido, con gran probabilidad, más afortunado.
La discusión no debería solamente revolver entorno a la aún supuesta responsabilidad del piloto. Los grupos de interés deberían tornar su atención sobre lo que hay certidumbre, la responsabilidad de AASANA y del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda sobre lo ocurrido. AASANA es, mediante Decreto Ley 12965 de 1975, una administración pública descentralizada bajo tuición del Ministerio de Obras Públicas, según el DS 29894 de 2009.
En países limítrofes a Bolivia, considerando lo anterior, las renuncias de las autoridades responsables no se hubiesen dejado esperar.