Acontecimiento y CPE
El acontecimiento emerge desde el pasado hasta el presente y lo pluraliza, por tanto, lo cuestiona.
El acontecimiento no es lo que ha sucedido, sino lo que ocurre en lo que ha sucedido. No es algo que se haya dado en el pasado, sino es algo que se proyecta desde el pasado hasta el presente y se abre al devenir.
Cuando decimos que algo ha acontecido, no lo decimos solamente para dar cuenta del pasado, sino para dar cuenta del presente, que es condición de la referencia al pasado y a lo que ha acontecido. Sólo algo ha acontecido si se lo mira desde el presente. El pasado tiene obviamente como condición al presente. Pero el acontecimiento en sí no solo da cuenta del presente (o se encuentra en el presente), sino que lo amplia, lo multiplica, y en consecuencia lo cuestiona (cuestiona su unidad), por ello el acontecimiento emerge desde el pasado hasta el presente y lo pluraliza.
El acontecimiento no puede ser dicho de una sola vez y de manera definitiva; si bien puede ser retratado por el lenguaje, cercado por la lengua y conjurado por la escritura, el acontecimiento no es el lenguaje en sí, pues rehúye al mismo, rehúye a ser escrito. El acontecimiento es lo que estaría ausente del lenguaje que lo intenta registrar, pero que lo invoca como ausente, como aquello que falta. Sin embargo, el acontecimiento nos manda señales y nos espera, detrás del lenguaje.
Si el lenguaje no puede finalmente registrar ni hacer posible el acontecimiento, ¿cómo puede invocarlo, cómo nos manda señales, cómo nos espera? Una posibilidad es a partir de la incompletitud del registro, de la incompletitud del lenguaje.
Analizar un proceso de construcción cualquier permite dar cuenta de los acontecimientos lanzados. Tómese como ejemplo el proceso constituyente boliviano (2006-2009), el exterior constitutivo de la Constitución vigente, el afuera que permite comprender de una manera más extensa cada uno de los artículos de la Constitución. Acontecimiento y Constitución es una de las formas, de las estrategias, en las que se puede leer la CPE. Dar cuenta del carácter vibracional de cada disposición de la Constitución por el acontecimiento que lo sostiene.
Los acontecimientos se encuentran al ras de cada disposición, permitiendo ampliar el presente de la disposición hacia un abanico de textos que den cuenta de la voluntad constituyente, y las condiciones de interpretación del mismo.
Conforme a lo dispuesto en el parágrafo II del Art. 196 de la CPE, la voluntad constituyente es un criterio de interpretación preferente a momento de aplicar la Constitución. Los constituyentes bolivianos, a momento de concebir esta CPE, quisieron que cada artículo del texto constitucional pueda ser leído y en consecuencia, desplegado conforme a esta sedimentación que significó el proceso constituyente.