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La Asfi no tiene nada que esconder

En la práctica internacional y la legislación comparada, los órganos de supervisión de los sistemas financieros tienen una característica especial, financian sus actividades con la imposición de una carga o contribución aplicada directamente a las entidades financieras, imposición que se funda en la peculiaridad de negocio de las entidades financieras y la potestad del Estado de velar por la cosa pública. El ahorro, en un sentido global, constituye un bien público que es administrado por las entidades financieras. El velar que estos recursos estén gestionados sanamente es una tarea delegada a las instituciones de supervisión por la Constitución y disposiciones legales específicas. Esta actividad tiene un costo que lo asumen todas las entidades financieras supervisadas, en beneficio de cuidar los ahorros de la población, de velar por un sistema financiero sólido y sano, y por la estabilidad financiera.

En cuanto a la preocupación sobre los recursos que financian la actividad supervisora de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi), el detalle de los ingresos obtenidos mediante acuotaciones de las entidades financieras con licencia de funcionamiento (incluyendo el Banco Central de Bolivia, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Servicios Financieros) y los gastos ejecutados en la operativa de sus actividades se exponen en los estados financieros que son publicados desde hace varios años atrás, por tanto, son de carácter público. Esta información es difundida con mayor detalle en las memorias institucionales anuales de la Asfi, incluyendo el dictamen y las notas a los estados financieros emitidos por el auditor externo autorizado.

La Memoria Institucional, que contiene información no solo sobre el origen y aplicación de los recursos financieros, sino de las actividades desarrolladas y una explicación de los logros alcanzados en la gestión, es puesta en conocimiento de todas las autoridades del Estado Plurinacional de Bolivia, del sistema financiero y está disponible en la página web www.asfi.gob.bo para la población en general. Por otra parte, al igual que toda entidad del Estado, la Asfi se rige por la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamental, los principios y sistemas de control que establecen dicha ley, así como la aprobación presupuestaria del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

De la misma manera, en la Memoria Institucional se puede encontrar también el detalle de multas y sanciones pecuniarias aplicadas a las entidades financieras durante una determinada gestión, estos recursos son transferidos en su integridad al Tesoro General de la Nación, es decir, no son parte de los ingresos de la Asfi.

En este sentido, para evitar caer en afirmaciones subjetivas y confundir a la población, la Asfi recomienda mayor responsabilidad y consultar la información publicada en su página web, sobre este tema u otros que sean de interés, relacionados con el funcionamiento de esta institución.

NdE. El texto anterior fue escrito por la Directora de la Asfi como réplica a la columna sindical publicada en La Razón el domingo 23 de febrero con el título “¿Qué esconde Asfi?”, artículo que fue redactado por uno de nuestros periodistas.

Es directora ejecutiva de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi).