El TCP contra las AIOC
El TCP se está con-virtiendo en el princi-pal escollo para el avance del proceso autonómico en el país
Hay que advertirlo. El electo Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) se está convirtiendo, por lentitud, por omisión, en el principal obstáculo para el avance del proceso autonómico en el país. Y es que el control de constitucionalidad de estatutos y cargas orgánicas, siendo necesario, dejó de ser un filtro para devenir en un saturado embudo. O peor: en una muralla. El asunto es crítico y va más allá de las disputas internas en el TCP o de las buenas/malas intenciones de sus magistrados.
Veamos los datos. Hasta el mes pasado el Tribunal había recibido, para el “test de constitucionalidad”, siete estatutos departamentales (con las paradójicas excepciones de Santa Cruz y Beni), un estatuto regional (provincia Gran Chaco), 108 cartas orgánicas (de diferentes municipios del país) y ocho estatutos de autonomías indígena originario campesinas (AIOC). Demasiada carga, amén de sustantiva, para un cuerpo colegiado que no termina de reconstituirse.
¿Y el test? Hasta el presente solo se emitieron las declaraciones de constitucionalidad plena de una autonomía IOC (Totora Marka) y de un estatuto departamental (Pando). Y hay declaraciones parciales, para subsanar, de una carta orgánica (Cocapata) y otro estatuto AIOC (Charagua). Lo demás es promesa, dilación y silencio. Cierto que se trata de un asunto nuevo y complejo (autonomías en plural) y el TCP ha obrado con seriedad en sus primeras declaraciones, sentando importante jurisprudencia constitucional.
Pero algo está mal con los plazos. Pampa Aullagas, Uru Chipaya y Mojocoya, por ejemplo, entregaron sus estatutos al TCP en noviembre de 2012 y ¡19 meses! después siguen sin respuesta. El problema es que a diferencia de las autonomías departamentales y municipales, que no necesitan de estatutos/cartas orgánicas para existir, las autonomías indígena originario campesinas, sin estatutos, se paralizan. Y aún resta el referendo aprobatorio. Con serios riesgos para el proceso mientras más se acercan las elecciones municipales de 2015.
De modo que podría darse la gran paradoja de que el Tribunal Constitucional Plurinacional (subrayo lo de Plurinacional), hoy presidido por un magistrado indígena (a quien aprecio y respeto), sea responsable de frenar cuando no malograr el avance de las autonomías IOC. Claro que hay atenuantes institucionales (magistrados que se niegan a firmar), de contexto y etcétera. Pero lo que se evalúa es el resultado: las AIOC están hoy retenidas en el TCP.
En rigor la declaración de constitucionalidad debiera bastar para el ejercicio de los derechos a la libre determinación y al autogobierno. Ya la conversión del municipio en autonomía indígena originario campesina es resultado de un referendo. Luego son conformados órganos deliberativos para la elaboración participativa de estatutos cuya aprobación requiere dos tercios de votos… Y encima la norma prevé un referendo “de salida” para aprobar un estatuto ya aprobado y constitucionalizado.
Hay algunas voces, incluso en el propio TCP, que argumentan a favor de conformar autogobiernos indígena originario campesinos, esencia de la plurinacionalidad del Estado, sin la necesidad de pasar por el requisito/rito del referendo-estatuto-referendo. Sería suficiente con asumir los cuatro artículos constitucionales que reconocen el autogobierno. ¿A qué tanta barrera, formalismo, para su afirmación estatal? ¿Cuán complicada debiera ser, “en el marco de la unidad del Estado”, la libre determinación? Preguntas.
¿Qué sigue para las autonomías indígena originario campesinas? Por ahora esperar que el TCP haga su trabajo. Claro que tal espera, a estas alturas, viene acompañada de presión y acción directa. Después tocará el desafío del referendo aprobatorio de estatutos. Y será el turno del Tribunal Supremo Electoral. Ojalá que este otro filtro institucional no se convierta en nuevo embudo del proceso estatuyente ni, está visto, en renovada muralla.
Es comunicador.