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Detención ilegal e injusta

Semanas atrás, en la cárcel de El Abra de Cochabamba, durante una fiesta en honor a la Virgen de Urkupiña, sucedió una balacera entre presos que terminó con la vida de cuatro de ellos, causando un escándalo y la detención preventiva del entonces director Departamental de Régimen Penitenciario, un joven abogado de apellido Mejía. Al respecto corresponde decir que el trabajo en las cárceles es del más alto riesgo, mucho más cuando se trata de personas civiles que cumplen funciones en la administración penitenciaria.

A diario es preciso lidiar con presos condenados que nada tienen que perder y que son capaces de las peores vilezas y acusaciones, seguros de que nada ni nadie podrá empeorar su situación. Por eso, siempre es necesario escuchar con serenidad y prudencia las acusaciones que vierten los reclusos, sobre todo cuando están dirigidas contra el personal civil de las prisiones.

A raíz del mencionado escándalo, se comprobó la utilización de armas de fuego, ajustes de cuentas entre los presos y el consumo de bebidas alcohólicas y drogas, lo que desató la violencia al interior del penal. Según la ley, la seguridad interna y externa de las cárceles está a cargo de la Policía Nacional, cuya misión, entre otras, es controlar el ingreso y requisa de las personas que entran y salen de los penales. Entonces, culpar al otrora director penitenciario por el ingreso de armas, alcohol y droga al penal de El Abra es un desatino total. Por otra parte, durante las investigaciones, algunos presos condenados a la pena máxima señalaron que “vieron” al Director Departamental junto a un preso extorsionador que cobraba un “seguro de vida”, acusación que posteriormente sirvió de base para enjuiciar a Mejía por los delitos de concusión e incumplimiento de deberes.

Durante la audiencia de medidas cautelares, el juez del proceso creyó en la versión de los presos y no en la de Mejía, quien negó terminantemente las acusaciones en su contra.

Por otra parte, el acusado demostró las dos condiciones que hacen improcedente la detención preventiva: que era imposible que obstaculice el proceso por estar en la cárcel quienes lo acusaban, y que tenía domicilio conocido y familia constituida. Sin embargo, el juez lo envió tras las rejas por no tener un trabajo conocido, sin tomar en cuenta que horas antes había sido destituido de su cargo y posteriormente detenido para ser presentado en la audiencia de medidas cautelares. Entonces, en esas pocas horas de detención, ¿cómo exigirle tener otro trabajo? Realmente el argumento del juez fue perverso y abusivo de principio a fin. Con una decisión tan ilegal, injusta y abusiva, dicho juez no solamente ultrajó el honor de dicho profesional y de su familia, sino también el de la Justicia.

Por el principio de presunción de inocencia, la detención preventiva es una medida excepcional, que solo se aplica en casos extremos de riesgo de fuga y de obstaculización del proceso; condiciones que no se daban en este caso. De todas maneras el juez aplicó esta medida con total irracionalidad, ilegalidad y abuso de poder. Además, cometió otro abuso incalificable. Con total temeridad ordenó la detención del acusado en el penal de San Sebastián, sin prever que en dicha cárcel la exautoridad podía ser ejecutado o mínimamente ultrajado por la mafia del penal.

¿Qué perseguía el juez? ¿La muerte del exdirector, un ascenso personal, protagonismo, cuidar su cargo? Solo la súplica con llanto de la abogada, del imputado y de su esposa lograron un cambio de prisión, resultando el exdirector el único detenido por el escándalo de El Abra. Lo menos que se puede decir de esta extraña historia es que la decisión de dicho juez no es más que un fiel reflejo de la penosa crisis que está viviendo la administración de justicia en nuestro país.