Los casos de Isla Portillos y Ruta 1856
El análisis de los casos de Isla Portillos y Ruta 1856 requieren del conocimiento de los límites geográficos
El 14 y el 20 de abril del presente año se abrieron las audiencias orales finales con respecto a los casos de Isla Portillos y la construcción de la Ruta 1856, presentados a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en 2010 y 2011, respectivamente. Estas audiencias corresponden a la fase previa a la emisión de una sentencia por parte de los jueces del Tribunal de La Haya.
Con respecto al caso de Isla Portillos, Costa Rica evidenció cómo, sorpresivamente, Nicaragua ocupó militarmente su territorio con el supuesto de un dragado del río San Juan, y cómo estas acciones conllevaron daños ambientales como la afectación de zonas del Humedal Caribe Noreste, el cual se encuentra registrado en la lista de humedales de importancia internacional de la Convención de Ramsar. Se expuso que Nicaragua no tenía razón para ejecutar tales acciones y que el reclamo posterior del país del territorio invadido no le otorga ningún derecho, ya que esta justificación fue presentada después de la acción. A propósito de esta justificación tardía, Costa Rica mostró cómo mapas, documentos y elementos consuetudinarios prueban claramente que el territorio es costarricense, por lo que la invasión del mismo es una violación a la soberanía costarricense y a lo estipulado por el derecho internacional.
En 2013, Costa Rica demostró los incumplimientos por parte de Nicaragua de las medidas provisionales que ordenó la CIJ en marzo de 2011. Se presentaron pruebas de que Nicaragua mantuvo ciudadanos en el sector norte de Isla Portillos, instaló un campamento militar y construyó dos caños en la zona, por lo que la Corte dictó nuevas medidas provisionales en noviembre del mismo año. Estas ordenaban el retiro de Nicaragua de la zona y la autorización al Gobierno costarricense para tomar las acciones que considerase necesarias para evitar daños ambientales.
Por otra parte, en el caso de la Ruta 1856, Nicaragua alega daños ambientales significativos causados por la construcción debido a la cantidad de sedimentos que esta causaría, argumento para el cual Costa Rica considera que no hay evidencia. Asimismo, Costa Rica afirma que la construcción de la ruta fue una medida de carácter defensivo por las acciones tomadas por parte de Nicaragua en Isla Portillos, motivo por el cual Costa Rica lo considera un caso fabricado para encubrir los hechos ilícitos realizados por Nicaragua en la zona, y las amenazas establecidas sobre de reclamar los derechos de navegación sobre el río Colorado y, posteriormente, los extendió a la provincia de Guanacaste, ambas zonas parte del territorio costarricense. Además, se expuso cómo la construcción de una ruta facilitaría la comunicación en la zona para Costa Rica, ya que también se expuso la restricción sistemática de los derechos de navegación en el río San Juan a los costarricenses.
En las audiencias del primer caso, se dio un interrogatorio por parte de abogados costarricenses a los especialistas de Nicaragua, en el cual se puso en evidencia que no existen pruebas históricas para alegar que el caño que Nicaragua menciona como límite original existió hasta 2010, año en el que fue excavado artificialmente con el fin de modificar la frontera definida en 1897, por lo cual el argumento geográfico de Nicaragua demuestra tener evidencia significativa en contra.
En suma, el análisis de los casos de Isla Portillos y Ruta 1856, presentados ante la Corte Internacional de Justicia con sede en La Haya por parte de Costa Rica y Nicaragua requieren del conocimiento de los límites geográficos establecidos históricamente, la consideración del impacto ambiental que las acciones realizadas puedan causar y la exposición de una amplia gama de pruebas históricas a la Corte. Las audiencias orales finales concluyeron el 1 de mayo, por lo que los jueces se encuentran en un periodo para analizar la evidencia que se les otorgó y, en un periodo considerable, dictar una sentencia sobre el caso.
Es encargada de Negocios a.i. de la Embajada de Costa Rica en Bolivia.